Inversiones Femafeju Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas y por acciones, civiles y comerciales, comunidades o asociaciones, toda clase de títulos o valores mercantiles y mobiliarios, derechos en otras sociedades, bonos, debentures, pagarés y demás efectos de comercio, títulos de deuda y valores mobiliarios, sea en Chile o en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; en especial bienes raíces rústicos y urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar, adquirir, enajenar, arrendar, invertir, reinvertir, y explotar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la representación de las mismas; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de derechos reales o personales sobre ellos, y en general celebrar toda clase de contratos, incluyendo la adquisición y el ejercicio de derechos en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad
資本
總資本
$4.000.000
實繳資本
$4.000.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
FELIPE ENRIQUE BASCUÑAN NOGUERA Socio | - | 34% | $1.375.000 |
Socio | - | 34% | $1.375.000 |
Socio | - | 16% | $625.000 |
Socio | - | 16% | $625.000 |
管理人(4)
摘要官方正文
HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 21 de Marzo de 2022, repertorio 2261-2022, ante mí, don FELIPE ENRIQUE BASCUÑAN NOGUERA, domiciliado en Avenida el Golf de Manquehue Nº 9225, departamento D 112, Comuna de Lo Barnechea; doña MARIA MAGDALENA LIRA CORREA, domiciliado en Avenida el Golf de Manquehue Nº 9225, departamento D 112, Comuna de Lo Barnechea; don FELIPE ANDRÉS BASCUÑÁN LIRA, domiciliado en Américo Vespucio Sur Nº 1117, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago y don JUAN IGNACIO BASCUÑÁN LIRA, domiciliado en Avenida el Golf de Manquehue Nº 9225, departamento D 112, Comuna de Lo Barnechea; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.- NOMBRE: El nombre de la sociedad será INVERSIONES FEMAFEJU LIMITADA y también bajo el nombre de fantasía FEMAFEJU LTDA. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero. DURACION: La duración de la Sociedad será de cuatro años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automáti ca por períodos iguales y sucesivos de cuatro años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el registro d e comercio respectivo, a lo menos ciento ochenta días antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. - OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas y por acciones, civiles y comerciales, comunidades o asociaciones, toda clase de títulos o valores mercantiles y mobiliarios, derechos en otras so ciedades, bonos, debentures, pagarés y demás efectos de comercio, títulos de deuda y valores mobiliarios, sea en Chile o en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; en especial bienes raíces rústicos y urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar, adquirir, enajenar, arrendar, invertir, reinvertir, y explotar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la representación de las mismas; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de derechos reales o personales sobre ellos, y en general celebrar toda clase de contratos, incluyendo la adquisición y el ejercicio de derechos en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. - CAPITAL: El capital de la Sociedad será la cantidad de Cuatro millones de pesos, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: a/ Don FELIPE ENRIQUE BASCUÑAN NOGUERA aporta la cantidad de un millón trecientos setenta y cinco mil pesos, lo que representa un treinta y cuatro por ciento del capital social, que entera con esta misma fecha al contado y en dinero efectivo; b/ doña MARIA MAGDALENA LIRA CORREA aporta la cantidad de un millón trecientos setenta y cinco mil pesos, lo que representa un treinta y cuatro por ciento del capital social, que entera con esta misma fecha al contado y en dinero efectivo; c/ don FELIPE ANDRÉS BASCUÑÁN LIRA, aporta la cantidad de seiscientos veinticinco mil pesos, lo que representa un dieciséis por ciento del capital social, que entera con esta misma fecha al contado y en dinero efectivo; d/ y don JUAN IGNACIO BASCUÑÁN LIRA, aporta la cantidad de seiscientos veinticinco mil pesos, lo que representa un dieciséis por ciento del capital social, que entera con esta misma fecha al contado y en dinero efectivo.- ADMINSITRACION: La administración, firma y uso de la razón social, su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios, actuando conjunta o individual e indistintamente, con la única limitación de anteponer la razón social a su firma, con las más amplias facultades de administración y disposición, salvo la contenida en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Marzo de 2022. HQM Not Pub.
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Inversiones Femafeju Limitada
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