Inversiones E Inmobiliaria Santa Liliana SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo inversiones en acciones, bonos, fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de créditos, derechos, cuotas, o participación en sociedades, por cuenta propia o de terceros; la adquisición, enajenación, arrendamiento, explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, y toda otra actividad, relacionada en la actualidad o en el futuro, con lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
資本
總資本
$120.000.000
實繳資本
$120.000.000
待繳資本
$0
股份
200
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | 50% | $100.000.000 |
CHRISTIAN HERMANN DOMINGO HECKER CARTES Accionista 5.xxx.xxx-6 | 5.xxx.xxx-6 | 50% | $20.000.000 |
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摘要官方正文
José Gerardo Bambach Echazarreta, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle San Martin número novecientos seis, certifica: Con fecha 18 de junio de 2019, repertorio Nº 1.374-19, ante mí, ante mi: doña LILIANA IRENE PADILLA BELMAR, chilena, casada y separada totalmente de bienes, bioquímica, CNI 6.985.399-4, domiciliada calle Victoria número mil doscientos cuatro, departamento treinta y cuatro, Barrio Universitario, comuna de Concepción, y CHRISTIAN HERMANN DOMINGO HECKER CARTES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, CNI 5.365.894-6, domiciliado en calle Héctor Zambrano número setecientos cuarenta, departamento trescientos veinticinco, Block cuatro, comuna de Rancagua, y de paso en esta, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con la cédula antes citadas, exponen, declaran y dejan constancia, que en este acto vienen en formar y constituir una Sociedad por Acciones, bajo razón social “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA LILIANA SpA”: Objeto. La Sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo inversiones en acciones, bonos, fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de créditos, derechos, cuotas, o participación en sociedades, por cuenta propia o de terceros; la adquisición, enajenación, arrendamiento, explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, y toda otra actividad, relacionada en la actualidad o en el futuro, con lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. La Administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponde a LILIANA IRENE PADILLA BELMAR, quien estará investida de todas las facultades previstas en el Articulo Décimo de estos Estatutos. Dicha administradora permanecerá en su cargo mientras los accionistas no dispongan otra cosa. El capital El capital de la Sociedad de ciento veinte millones de pesos, divididos en doscientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, es suscrito por los constituyentes de la siguiente forma: A) Con el aporte en propiedad del inmueble del que dueños en comunidad, consistente en el departamento treinta y cuatro correspondiente al LOTE CINCUENTA Y OCHO ubicado en el tercer piso del plano de planta, con una superficie útil de ciento siete coma noventa y dos metros cuadrados y una total de ciento veinticuatro coma noventa y dos metros cuadrados; del ESTACIONAMIENTO número OCHO, correspondiente al LOTE SETENTA Y SIETE del plano de planta del piso subterráneo, que tiene una superficie útil de catorce coma setenta metros cuadrados y una superficie total de veinticuatro coma ochenta metros cuadrados; y del ESTACIONAMIENTO número DOCE y de la BODEGA H, correspondiente al LOTE OCHENTA Y UNO, ubicado en el piso subterráneo del plano de planta, con una superficie total de treinta y seis coma cuarenta y nueve metros cuadrados, todos del denominado EDIFICIO VICTORIA SEGUNDO acogido al Decreto con Fuerza de Ley número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y a la ley seis mil setenta y uno, construido en el inmueble ubicado en calle Victoria número mil doscientos cuatro interior y Los Aguilera número doscientos cuarenta y cinco, comuna y ciudad de Concepción, Octava Región, resultante de la fusión de las propiedades ubicadas en Victoria número mil doscientos cuatro y Los Aguilera número doscientos cuarenta y cinco lotes uno y dos, con frente a la calle Victoria, tiene según sus títulos los siguientes deslindes: AL NORTE, en una parte en línea B-C de quince coma cincuenta metros con propiedad de don Jorge Ormeño Valenzuela, y, en otra parte, en línea D-E de veinticinco metros con calle Victoria; AL SUR, en línea diagonal A-F de cuarenta y ocho coma cuarenta metros con callejón Uribe; AL ORIENTE, en línea E-F de ochenta y uno coma noventa metros otros propietarios; y AL PONIENTE, en una parte en línea A-B de cincuenta y nueve coma setenta metros con propiedad de Daniel Venthur Figueroa y en otra parte, en línea C-D de cuarenta y nueve coma noventa y cinco metros con propiedad de don Jorge Ormeño Valenzuela.- Lo adquirieron a título de compraventa a Inmobiliaria las Palmas de Victoria limitada por escritura pública de fecha cuatro de septiembre de mil novecientos noventa y seis, en la Notaría pública de Concepción de don Francisco Molina Valdés. El título de dominio rola inscrito a fojas veintitrés mil setecientos dieciséis, número nueve mil cincuenta y tres, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año mil novecientos noventa y seis. Las partes de común acuerdo asignan los siguientes montos a los aporte: 1) Cien millones de pesos al departamento treinta y cuatro del tercer piso del plano de planta, 2) Diez millones de pesos al ESTACIONAMIENTO número OCHO, 3) Ocho millones de pesos al ESTACIONAMIENTO número DOCE y 4) Dos millones de pesos de la BODEGA H. En consecuencia, a la fecha de los presentes Estatutos queda íntegramente suscrito y pagado el capital de la Sociedad. Domicilio de la sociedad la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las agencias u oficinas que pueda constituir en otra ciudad del país o en el extranjero. Sociedad comienza regir con esta fecha y tendrá duración indefinida.-. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Concepción, 24 de Junio de 2019.
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CVE 1613043
