有限責任公司

Inversiones Cogrupo Limitada

CONSTITUCIÓN — 2021年10月27日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2021-10-27查看 PDF(CVE 2031979)

公司資料

Ltda
期限: Hasta el 2030-12-31, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de 3 años
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a José Cajtak Bevilacqua y Alejandro Emilio Giacaman Ahues, quienes deberán actuar conjuntamente.

公司目的

La adquisición y tenencia de capitales y valores mobiliarios tales como acciones, bonos, debentures, participaciones sociales y cualesquiera otros títulos de crédito, y la conservación y administración de los mismos con miras a la percepción de sus frutos civiles.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

José Cajtak Bevilacqua

Socio

46%

Alejandro Emilio Giacaman Ahues

Socio

46%

Rodrigo Juan Giacaman Delporte

Socio

8%

管理人(2)

摘要官方正文

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil ciento noventa y seis, Comuna de Las Condes. Certifica por escritura pública de fecha 21 de Octubre de 2021, ante mí, don José Cajtak Bevilacqua, con domicilio en calle Las Dalias número tres mil quince, comuna de Macul, Santiago, Región Metropolitana; don Alejandro Emilio Giacaman Ahues, con domicilio en calle Camino La Fuente dos mil setecientos cuarenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y don Rodrigo Juan Giacaman Delporte, con domicilio en calle Carlos Antúnez número dos mil cuatrocientos veinticinco, departamento número quince, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Cogrupo Limitada. El objeto de la sociedad es la adquisición y tenencia de capitales y valores mobiliarios tales como acciones, bonos, debentures, participaciones sociales y cualesquiera otros títulos de crédito, y la conservación y administración de los mismos con miras a la percepción de sus frutos civiles. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, aportado y pagado por los socios en el acto y en dinero efectivo, como sigue: a) por don José Cajtak Bevilacqua, en la suma de cuatrocientos sesenta mil pesos; b) por don Alejandro Emilio Giacaman Ahues, en la suma de cuatrocientos sesenta mil pesos; y c) por don Rodrigo Juan Giacaman Delporte, en la suma de ochenta mil pesos. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don José Cajtak Bevilacqua y don Alejandro Emilio Giacaman Ahues, quienes deberán actuar conjuntamente. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los mismos socios o terceros. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de tres meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de octubre de 2021. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.

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  1. CONSTITUCIÓN

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