Inversiones Altas Cumbres Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será: a) La inversión, compra, venta, permuta, adquisición, enajenación, arriendo, subarriendo, gestión, división, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces, y de cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos constituidos en ellos; b) La ejecución, gestión y explotación de toda clases de negocios o actividades de carácter inmobiliario, por cuenta propia o ajena; c) La inversión, adquisición, enajenación, cesión, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, derechos o créditos, corporales e incorporales; La adquisición de participación directa e indirecta en todo tipo de sociedades, sean estas de capital o personas; d) La explotación de la industria de la ingeniería, la arquitectura y la construcción de todas sus ramas, la adquisición y la comercialización en general de los materiales de construcción, también la importación y fabricación de toda clase de productos relacionados con la industria de la construcción; la construcción en todas sus formas, sea por cuenta propia o ajena; la prestación a terceros por cuenta propia o ajena de servicios de diseño, evaluación, instalación, ejecución, administración, manutención, reparación y supervisión de proyectos y obras en toda clase de especialidades de la ingeniería, así como la realización de todo tipo de estudios, consultorías y asesorías técnicas en dicho ámbito. La planificación, cálculo, ejecución, mantenimiento y reparación por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones y obras de ingeniería, sean destinadas a habitación, industria u otro objeto, incluyendo la ejecución de loteos y obras de urbanización, movimientos de tierras, obras civiles y montajes; e) La prestación de todo tipo de asesorías en materias de desarrollos inmobiliarios, la formación de loteos y urbanizaciones, en zonas urbanas o rurales; el desarrollo de negocios inmobiliarios, la asesoría profesional, el estudio, promoción y financiamiento de negocios y la realización de cualquier acto, estudio o contrato relacionado con los objetivos anteriores; la administración de todo tipo de inmuebles, especialmente para fines turísticos; la prestación de servicios de aseo, mantención, reparación y/o refacción de inmuebles, residenciales y/o comerciales; el corretaje de propiedades, en compraventa o arriendo, la prestación de servicios de tasaciones y asesorías inmobiliarias en general; f) La compra, venta, importación y exportación de todo tipo de vehículos motorizados y maquinarias, tales como automóviles, motocicletas, camiones y maquinarias, la compra de partes, piezas, repuestos de vehículos motorizados y maquinarias; la reparación y transformación de vehículos motorizados y maquinarias por cuenta propia o ajena; el arrendamiento de vehículos motorizados, con y sin conductor; g) La prestación de servicios de transportes, tanto de carga como de pasajeros; h) En general, todo tipo de negocios que se relacione directa e indirectamente con el giro social y que los socios acordaren.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
CLAUDIO LEONARDO GAROLERA ROJAS Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(4)
JOANNA ANDREA TORRES GUTIÉRREZ
CLAUDIO LEONARDO GAROLERA ROJAS
FERNANDA DEL PILAR ROSALES VARGAS
摘要官方正文
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 07/06/2023, repertorio 8493/2023, ante mi, comparece don JEAN PAUL REDON GONZÁLEZ, domiciliado para estos efectos en Natalia Larraín Vial número 4120, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; 2) don CLAUDIO LEONARDO GAROLERA ROJAS, domiciliado para estos efectos en Avenida Pedro Fontova número ocho mil quince, casa dieciséis, Condominio Valle Huechuraba. comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada a monto aportes respectivos. Razón social: INVERSIONES ALTAS CUMBRES LIMITADA”. Domicilio: Santiago; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión, compra, venta, permuta, adquisición, enajenación, arriendo, subarriendo, gestión, división, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces, y de cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos constituidos en ellos; b) La ejecución, gestión y explotación de toda clases de negocios o actividades de carácter inmobiliario, por cuenta propia o ajena; c) La inversión, adquisición, enajenación, cesión, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, derechos o créditos, corporales e incorporales; La adquisición de participación directa e indirecta en todo tipo de sociedades, sean estas de capital o personas; d) La explotación de la industria de la ingeniería, la arquitectura y la construcción de todas sus ramas, la adquisición y la comercialización en general de los materiales de construcción, también la importación y fabricación de toda clase de productos relacionados con la industria de la construcción; la construcción en todas sus formas, sea por cuenta propia o ajena; la prestación a terceros por cuenta propia o ajena de servicios de diseño, evaluación, instalación, ejecución, administración, manutención, reparación y supervisión de proyectos y obras en toda clase de especialidades de la ingeniería, así como la realización de todo tipo de estudios, consultorías y asesorías técnicas en dicho ámbito. La planificación, cálculo, ejecución, mantenimiento y reparación por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones y obras de ingeniería, sean destinadas a habitación, industria u otro objeto, incluyendo la ejecución de loteos y obras de urbanización, movimientos de tierras, obras civiles y montajes; e) La prestación de todo tipo de asesorías en materias de desarrollos inmobiliarios, la formación de loteos y urbanizaciones, en zonas urbanas o rurales; el desarrollo de negocios inmobiliarios, la asesoría profesional, el estudio, promoción y financiamiento de negocios y la realización de cualquier acto, estudio o contrato relacionado con los objetivos anteriores; la administración de todo tipo de inmuebles, especialmente para fines turísticos; la prestación de servicios de aseo, mantención, reparación y/o refacción de inmuebles, residenciales y/o comerciales; el corretaje de propiedades, en compraventa o arriendo, la prestación de servicios de tasaciones y asesorías inmobiliarias en general; f) La compra, venta, importación y exportación de todo tipo de vehículos motorizados y maquinarias, tales como automóviles, motocicletas, camiones y maquinarias, la compra de partes, piezas, repuestos de vehículos motorizados y maquinarias; la reparación y transformación de vehículos motorizados y maquinarias por cuenta propia o ajena; el arrendamiento de vehículos motorizados, con y sin conductor; g) La prestación de servicios de transportes, tanto de carga como de pasajeros; h) En general, todo tipo de negocios que se relacione directa e indirectamente con el giro social y que los socios acordaren. Capital: $1.000.000.- que socios aportan y enteran siguiente forma: a) Don JEAN PAUL REDON GONZÁLEZ $500.000.- correspondiente al 50 % del capital social paga dinero efectivo ingresa a caja social este acto; b) Don CLAUDIO LEONARDO GAROLERA ROJAS $500.000.- correspondiente al 50% del capital social paga al contado, dinero efectivo ingresa caja social este acto. Administración: Administración, representación y uso de razón social y nombre de fantasía corresponderá corresponderá a don JEAN PAUL REDON GONZÁLEZ o doña JOANNA ANDREA TORRES GUTIÉRREZ, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don CLAUDIO LEONARDO GAROLERA ROJAS o doña FERNANDA DEL PILAR ROSALES VARGAS, con amplias facultades contempladas en pacto social. Duración: Sociedad regirá esta fecha y durará 5 años contados desde fecha escritura, prorrogables según normas contempladas en pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada./RDM
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