Inmobiliaria Tierra Verde SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto: a) Comercialización: La comercialización, importación, exportación y, en general, la compra y venta, por cuenta propia o ajena, con o sin comisión, promoción e intermediación en la venta de productos agropecuarios, agrícolas y en general productos del agro.- b) Asesorías: La prestación de asesorías en el ámbito de la consultoría, planificación, administración de empresas, estudio y capacitación en las diversas áreas de la contabilidad, gestión y operaciones, tanto en el área de ventas, marketing, publicidad, administración de empresas, finanzas, laboral y recurso humanos, atención al cliente, post venta y cualquier otra relacionada dichas áreas; la sociedad podrá también presenta servicios de análisis, auditorías y estudios en la áreas señaladas; confección y ejecución de proyectos, formulación de políticas, revisión, control de gestión, supervisión, análisis de eficiencia, competitividad y evaluación de proyectos de inversión y prestación de servicios de capacitación también en las áreas indicadas.- c) Inmobiliaria e Inversiones: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; inversión en proyectos inmobiliarios, la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades, fondos de inversión públicos o privados y cualquier tipo de asociaciones, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actual por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con un tercero cualesquiera que sea su naturaleza o giro.- d) Venta y Construcción de Viviendas: uno) La construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de viviendas, especialmente económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; dos) La explotación de dichas viviendas; tres) La adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención, y/o arriendo de vehículos de carga y transporte; cuatro) Las urbanizaciones, y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipalidades y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, además de particulares; cinco) La prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; seis) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles sean viviendas u oficinas, o su refacción o remodelación y/o ampliación o demolición; siete) En la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores y menores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras.- e) Para el cumplimiento del giro, la sociedad podrá constituir sociedades o incorporarse a ellas y participar en asociaciones o cuentas en participación, pudiendo ser agente o representante de todo tipo de sociedades, empresas o firmas nacionales o extranjeras.- f) En general, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para desarrollar los fines anteriormente indicados.
資本
總資本
$3.000.000
實繳資本
$300.000
待繳資本
$2.700.000
股份
1,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
INMOBILIARIA TIERRA GRANDE SpA Accionista | - | 100% | $3.000.000 |
管理人(2)
Guillermo Enrique Larraín Pizarro
摘要官方正文
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular don IVAN TORREALBA ACEVEDO, 33ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979 Of. 501, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2023, Repertorio Nº 8.302-2023, ante el titular, INMOBILIARIA TIERRA GRANDE SpA, debidamente representada, constituyó sociedad por acciones: Nombre: INMOBILIARIA TIERRA VERDE SpA nombre de fantasía TIERRA VERDE SpA.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Comercialización: La comercialización, importación, exportación y, en general, la compra y venta, por cuenta propia o ajena, con o sin comisión, promoción e intermediación en la venta de productos agropecuarios, agrícolas y en general productos del agro.- b) Asesorías: La prestación de asesorías en el ámbito de la consultoría, planificación, administración de empresas, estudio y capacitación en las diversas áreas de la contabilidad, gestión y operaciones, tanto en el área de ventas, marketing, publicidad, administración de empresas, finanzas, laboral y recurso humanos, atención al cliente, post venta y cualquier otra relacionada dichas áreas; la sociedad podrá también presenta servicios de análisis, auditorías y estudios en la áreas señaladas; confección y ejecución de proyectos, formulación de políticas, revisión, control de gestión, supervisión, análisis de eficiencia, competitividad y evaluación de proyectos de inversión y prestación de servicios de capacitación también en las áreas indicadas.- c) Inmobiliaria e Inversiones: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; inversión en proyectos inmobiliarios, la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades, fondos de inversión públicos o privados y cualquier tipo de asociaciones, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actual por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con un tercero cualesquiera que sea su naturaleza o giro.- d) Venta y Construcción de Viviendas: uno) La construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de viviendas, especialmente económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; dos) La explotación de dichas viviendas; tres) La adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención, y/o arriendo de vehículos de carga y transporte; cuatro) Las urbanizaciones, y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipalidades y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, además de particulares; cinco) La prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; seis) La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles sean viviendas u oficinas, o su refacción o remodelación y/o ampliación o demolición; siete) En la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores y menores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras.- e) Para el cumplimiento del giro, la sociedad podrá constituir sociedades o incorporarse a ellas y participar en asociaciones o cuentas en participación, pudiendo ser agente o representante de todo tipo de sociedades, empresas o firmas nacionales o extranjeras.- f) En general, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para desarrollar los fines anteriormente indicados.- Administración y Uso Razón Social: La administración y uso de la razón social corresponderá a uno o más Administradores, elegidos en forma indefinida o por un plazo determinado por los Accionistas, ya sea en junta por acuerdo adoptado con el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto o por medio de escritura pública suscrita por todos ellos, cargo para el cual no se requerirá ser accionista de la sociedad, así, estos administradores, quienes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad válidamente con las más amplias facultades, judiciales y extrajudiciales, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la totalidad de los accionistas actuando en conjunto y a la junta de accionistas. Actuando en la forma indicada, los administradores tendrán las facultades que se indican más adelante. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán establecer limitaciones a las facultades de los administradores en el acto del otorgamiento y también se podrán designar a uno o más apoderados con facultades específicas. En el evento de fallecimiento, renuncia, impedimento o incapacidad de algún administrador, la administración pasará a la o las personas que designen al efecto la totalidad de los accionistas por escritura pública o la junta de accionistas por acuerdo adoptado con el voto conforme de las mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto.- Facultades descritas en escritura extractada.- Domicilio: Será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otras comunas país o extranjero.- Duración: Indefinida.- Capital: $3.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, misma serie y sin valor nominal suscrito íntegramente, que se paga de la siguiente forma: a) Con la suma de $300.000.- pagados en el acto de constitución; b) El saldo de $2.700.000.-, se pagará dentro del plazo máximo de 2 año, contados desde la suscripción de la escritura de constitución.¬– Artículo Segundo Transitorio: Sin que forme parte de los estatutos, se designó como Administradores de la sociedad a don Guillermo Enrique Larraín Pizarro, y don Raúl Alejandro González Cruz, los que actuarán conjuntamente, facultades descritas en escritura extractada.¬– Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 6 de junio de 2023.
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