有限責任公司

Inmobiliaria Ialip Limitada

CONSTITUCIÓN — 2019年1月9日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2019-01-09查看 PDF(CVE 1525350)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento de que se trate
管理方式: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes, indistintamente a Doña MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE y/o Don JORGE GÓMEZ ALEMPARTE y/o Don RODRIGO LONGUEIRA MONTES.

公司目的

A) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; la subdivisión, loteo y urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales y; en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; y B) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente.

資本

總資本

$6.982.110

實繳資本

$6.982.110

待繳資本

$0

股東(5)

姓名持股比例

JORGE RAÚL GÓMEZ ROGERS

Socio

3.xxx.xxx-2

20%

MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE

Socio

8.xxx.xxx-4

35%

MARÍA REBECA GÓMEZ ALEMPARTE

Socio

8.xxx.xxx-5

10%

JORGE GÓMEZ ALEMPARTE

Socio

8.xxx.xxx-8

10%

RODRIGO LONGUEIRA MONTES

Socio

8.xxx.xxx-k

25%

管理人(3)

MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE

8.xxx.xxx-4Administrador

JORGE GÓMEZ ALEMPARTE

8.xxx.xxx-8Administrador

RODRIGO LONGUEIRA MONTES

8.xxx.xxx-kAdministrador

摘要官方正文

ALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ, Abogado, Notario Público, Titular 6 Notaria Santiago, Compañía 1.085, piso 14, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 16 de Noviembre de 2018, ante mi, JORGE RAÚL GÓMEZ ROGERS, empleado, C.I. 3.401.881-2, Newman 528, Las Condes, Región Metropolitana; JORGE GÓMEZ ALEMPARTE, empleado, C.I. 8.229.789-8, Rio Gallardo 13.439, Lo Barnechea, Región Metropolitana; MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE, parvularia, C.I. 8.267.705-4, Huentelauquen 413, Las Condes, Región Metropolitana; MARÍA REBECA GÓMEZ ALEMPARTE, parvularia, C.I. 8.235.909-5, domiciliada en Condominio Las Hualtatas 4.555 casa 11, Lo Barnechea, Región Metropolitana y; RODRIGO LONGUEIRA MONTES, ingeniero mecánico, C.I. 8.942.853-K, Huentelauquen 413, Las Condes, Región Metropolitana, MODIFICARON Y DIVIDIERON “SOCIEDAD EDUCACIONAL PILAI LIMITADA”, RUT 96.551.050-8, inscrita a fojas 6.767 número 3.345 del Registro de Comercio de Santiago año 1989, ASÍ: SOCIOS acuerdan la división de “SOCIEDAD EDUCACIONAL PILAI LIMITADA”. La sociedad que a partir de “SOCIEDAD EDUCACIONAL PILAI LIMITADA” se crea, se denominará “INMOBILIARIA IALIP LIMITADA”, sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por los estatutos. El capital de “SOCIEDAD EDUCACIONAL PILAI LIMITADA”, asciende $8.782.197 que se reduce, por causa de la división acordada, a $1.800.087. La diferencia de $6.982.110, es el capital que se asignará a “INMOBILIARIA IALIP LIMITADA”. Consecuencia de la división acordada, se modifican estatutos sociales de “SOCIEDAD EDUCACIONAL PILAI LIMITADA”, en lo referente al capital social, el que queda de la siguiente manera: “CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad, completamente pagado, asciende a la suma de $1.800.087, distribuido entre los socios en la siguiente proporción: a) JORGE RAÚL GÓMEZ ROGERS, un 20% de los derechos y capital social; b) MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE, un 35% de los derechos y capital social; c) MARÍA REBECA GÓMEZ ALEMPARTE, un 10% de los derechos y capital social; d) JORGE GÓMEZ ALEMPARTE, un 10% de los derechos y capital social y; e) RODRIGO LONGUEIRA MONTES, un 25% de los derechos y capital social.”. ESTATUTOS “INMOBILIARIA IALIP LIMITADA LIMITADA”. Producto de la división de “SOCIEDAD EDUCACIONAL PILAI LIMITADA”, nace una nueva sociedad de responsabilidad limitada, la que tendrá los mismos socios antes individualizados, y se regirá por los siguientes Estatutos y por las disposiciones contenidas en la Ley 3.918 y sus modificaciones, teniendo además presente las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio: Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será el de “INMOBILIARIA IALIP LIMITADA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que podrá establecer sucursales o agencias dentro del territorio nacional o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; la subdivisión, loteo y urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales y; en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; y B) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente. Capital: El capital de la sociedad, completamente pagado, asciende a la suma de $6.982.110, distribuido entre los socios en la siguiente proporción: a) JORGE RAÚL GÓMEZ ROGERS, un 20% de los derechos y capital social; b) MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE, un 35% de los derechos y capital social; c) MARÍA REBECA GÓMEZ ALEMPARTE, un 10% de los derechos y capital social; d) JORGE GÓMEZ ALEMPARTE, un 10% de los derechos y capital social y; e) RODRIGO LONGUEIRA MONTES, un 25% de los derechos y capital social. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes, indistintamente a Doña MARGARITA MARÍA GÓMEZ ALEMPARTE y/o Don JORGE GÓMEZ ALEMPARTE y/o Don RODRIGO LONGUEIRA MONTES. Vigencia y duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento de que se trate. Limitación de responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.- Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago 7 de Enero de 2019.

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