有限責任公司已解散

Inmobiliaria e Inversiones Seis Marías Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年11月4日被吸收合併於 INMOBILIARIA CENTRO 2000 S.A.

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-11-04查看 PDF(CVE 2565601)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Indefinida
管理方式: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don PATRICIO ALBERTO GUZMÁN LIRA, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad, y a don PATRICIO ANDRÉS ARNOLDS GUZMÁN, a doña MARÍA LORETO GÚZMAN MONTES, a don CARLOS ANDRÉS SANTIAGO CONCHA URETA, y a don ANDRÉS VERGARA VERGARA, quienes actuando en forma conjunta dos cualquiera de ellos, estarán premunidos con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad.

公司目的

La sociedad tendrá por objeto el rubro inmobiliaria de la forma más amplia posible, tanto en la construcción, como compra, venta, arrendamiento, loteo y urbanización de bienes inmobiliarios, la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.

資本

總資本

$10.000.000

股東(4)

姓名持股比例

PATRICIO ALBERTO JUAN GUZMÁN MIRA

Socio

10%

PATRICIO ANDRÉS ARNOLDS GUZMÁN

Socio

10%

MARÍA LORETO GÚZMAN MONTES

Socio

30%

ASESORÍAS E INVERSIONES PUCARÁ LIMITADA

Socio

50%

摘要官方正文

RODRIGO ANDRÉS FARÍAS PICÓN, abogado, Notario Público, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 1160, oficina 101, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Octubre de 2024, Repertorio N°12.859/2024, ante mí: /i/ don PATRICIO ALBERTO JUAN GUZMÁN MIRA; /ii/ don PATRICIO ANDRÉS ARNOLDS GUZMÁN, /iii/doña MARÍA LORETO GÚZMAN MONTES, /iv/ la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES PUCARÁ LIMITADA, debidamente representada por don ANDRÉS VERGARA VERGARA, y don CARLOS CONCHA URETA, todos domiciliados para estos efectos en calle Cruz del Sur número 133; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será INMOBILIARIA E INVERSIONES SEIS MARÍAS LIMITADA. Nombre de fantasía: INMOBILIARIA E INVERSIONES SEIS MARÍAS LTDA. II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto el rubro inmobiliaria de la forma más amplia posible, tanto en la construcción, como compra, venta, arrendamiento, loteo y urbanización de bienes inmobiliarios, la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen. III. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. IV. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. V. Capital. : El capital social es la suma única y total de $10.000.000, el cual es aportado por los socios, en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ don PATRICIO ALBERTO JUAN GUZMÁN MIRA con $1.000.000, equivalentes al 10% del capital y los derecho sociales; /ii/ don PATRICIO ANDRÉS ARNOLDS GUZMÁN, con $1.000.000, equivalentes al 10% del capital y los derecho sociales /iii/doña MARÍA LORETO GÚZMAN MONTES, con $3.000.000, equivalentes al 30% del capital y los derechos sociales, y /iv/ la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES PUCARÁ LIMITADA, con $5.000.000, equivalentes al 50% restante del capital y los derechos sociales. VI. Administración. La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don PATRICIO ALBERTO GUZMÁN LIRA , quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad, y a don PATRICIO ANDRÉS ARNOLDS GUZMÁN, a doña MARÍA LORETO GÚZMAN MONTES, a don CARLOS ANDRÉS SANTIAGO CONCHA URETA, y, a don ANDRÉS VERGARA VERGARA, quienes actuando en forma conjunta dos cualquiera de ellos, estarán premunidos con todas las facultades de administración y representación de la Sociedad. VII. Disolución. La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 18 de octubre de 2024.

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