股份公司

Inmobiliaria e Inversiones Peragallo 6469 SpA

CONSTITUCIÓN — 2020年1月2日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2020-01-02查看 PDF(CVE 1706353)

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: cinco años, contados desde la presente escritura, renovables por períodos de cinco años, y así sucesivamente, salvo que cualquiera de los socios manifieste su intención de ponerle término con una anticipación de a lo menos noventa días a la llegada del plazo, mediante la suscripción de la escritura pública respectiva, anotada marginalmente a la inscripción social
管理方式: la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ MANUEL BRAÑES FARREN y doña JOSEFINA BRAÑES VIDAL quienes deberán actuar uno cualquiera de ellos conjuntamente con uno cualquiera de don GONZALO FRANCISCO CORTÉS DE LA CERDA y don MATIAS CORTES DE LA CERDA

公司目的

La Sociedad tiene por objeto: a) la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; b) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital; c) El desarrollo, ejecución y administración por cuenta propia o ajena, de toda clase de proyectos inmobiliarios, loteos, urbanizaciones, compra y venta de terrenos, y arrendamiento de los mismos, y la construcción, por cuenta propia o ajena, en terrenos de su propiedad o de terceros, de toda clase de edificios, oficinas y viviendas, incluso de viviendas económicas destinadas a ser acogidas al Decreto con Fuerza de Ley número dos del año mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones, o de otras leyes de promoción de la vivienda, obras civiles y pavimentos, túneles, represas y puertos quedando facultada dentro de su giro, para ejecutar y celebrar todos los actos, contratos y negocios, encaminados directa o indirectamente al desarrollo de los mismos, en general, podrá realizar toda clase de obras de ingeniería y construcción; d) La representación de personas naturales y/o jurídicas nacionales o extranjeras, sea en Chile o en el extranjero; e) La inversión, participación y administración de toda clase de sociedades y en general de cualquier entidad con fines de lucro, sea en Chile o en el extranjero; f) la intervención como inversionista en todas las actividades precedentemente señaladas; g) y en general la realización de cualquier acto o negocio que los socios acuerden. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital

資本

總資本

$1.000.000

股份

100

股東(2)

姓名持股比例

INMOBILIARIA E INVERSIONES NEWTON SpA

Accionista

-

INVERSIONES DEL NORTE LIMITADA

Accionista

-

管理人(4)

GONZALO FRANCISCO CORTÉS DE LA CERDA

Administrador

摘要官方正文

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 12-12-2019, ante titular, don MATIAS CORTES DE LA CERDA y don GONZALO CORTES DE LA CERDA, ambos en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES NEWTON SpA; y don JOSÉ MANUEL BRAÑES FARREN, representación de INVERSIONES DEL NORTE LIMITADA, constituyen Sociedad por Acciones. Razón social: Inmobiliaria e Inversiones Peragallo 6469 SpA. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años, contados desde la presente escritura, renovables por períodos de cinco años, y así sucesivamente, salvo que cualquiera de los socios manifieste su intención de ponerle término con una anticipación de a lo menos noventa días a la llegada del plazo, mediante la suscripción de la escritura pública respectiva, anotada marginalmente a la inscripción social. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; b) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital; c) El desarrollo, ejecución y administración por cuenta propia o ajena, de toda clase de proyectos inmobiliarios, loteos, urbanizaciones, compra y venta de terrenos, y arrendamiento de los mismos, y la construcción, por cuenta propia o ajena, en terrenos de su propiedad o de terceros, de toda clase de edificios, oficinas y viviendas, incluso de viviendas económicas destinadas a ser acogidas al Decreto con Fuerza de Ley número dos del año mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones, o de otras leyes de promoción de la vivienda, obras civiles y pavimentos, túneles, represas y puertos quedando facultada dentro de su giro, para ejecutar y celebrar todos los actos, contratos y negocios, encaminados directa o indirectamente al desarrollo de los mismos, en general, podrá realizar toda clase de obras de ingeniería y construcción; d) La representación de personas naturales y/o jurídicas nacionales o extranjeras, sea en Chile o en el extranjero; e) La inversión, participación y administración de toda clase de sociedades y en general de cualquier entidad con fines de lucro, sea en Chile o en el extranjero; f) la intervención como inversionista en todas las actividades precedentemente señaladas; g) y en general la realización de cualquier acto o negocio que los socios acuerden. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que será enterado en la forma indicada en la escritura extractada. Administración y uso de la razón social: Sin perjuicio de las facultades que corresponden a los accionistas actuando en conjunto o en junta de accionistas, la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ MANUEL BRAÑES FARREN y doña JOSEFINA BRAÑES VIDAL quienes deberán actuar uno cualquiera de ellos conjuntamente con uno cualquiera de don GONZALO FRANCISCO CORTÉS DE LA CERDA y don MATIAS CORTES DE LA CERDA, y anteponiendo sus firmas a la razón social, la representen con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 26 de Diciembre de 2019.

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