有限責任公司

Inmobiliaria E Inversiones Khunpay Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年3月15日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2023-03-15查看 PDF(CVE 2285428)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Diez años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de un año
管理方式: La administración y representación de la sociedad corresponderá conjuntamente, a don LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ y a don HARALD CARLOS PAPE VARGAS

公司目的

La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; la compra, venta, comercialización, arriendo o leasing, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, mantenimiento, intermediación y/o reparación de maquinarias agrícolas, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, variedades, abonos, productos químicos, software, servicios y demás insumos para la agricultura y la industria agrícola silvoagropecuaria y forestal; la producción, elaboración, envasado importación y exportación de alimentos, de toda clase, a partir de la producción agrícola, forestal y silvoagropecuaria, especialmente, frutas, verduras, gramíneas, frutos secos, farináceos y productos industriales no naturales, productos cárneos, huevos, leche, queso, quesillos, yogur y otros lácteos, productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos y ríos, ya sean éstos naturales o industriales, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas alcohólicas, bebidas de fantasía y de toda especie, en polvo, jarabe o líquidos, listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces, así como cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio, por sí o a través de terceros o filiales, dentro y fuera del país; la compra, venta, permuta, arriendo o leasing, directa o indirectamente, ya sea como comisionista agente o mandatario, de toda clase de bienes inmuebles y sus derechos de aprovechamiento, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing o subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución, fabricación y comercialización de toda clase de bienes, especialmente -y sin que ello importe una enumeración taxativa-, artículos e insumos médicos, deportivos y electrónicos, así como el desarrollo de software de todo tipo, por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales y extranjeras, con o sin presencia en Chile; la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto, teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que en adelante rijan esta clase de viviendas; la explotación de dichas viviendas; la adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, loteos y urbanización de terrenos; la urbanización y construcción conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; en la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios, construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; la realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, construcción, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultorías en tales materias; la fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; planificación, estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; la compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento -con o sin opción de compra- y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, máquinas, herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro, y todo lo atinente, de cualquiera manera, con todo lo mencionado; la compra, venta, comercialización, exportación e importación de artículos de ferretería; la compra, venta, comercialización, exportación e importación de medicamentos e insumos farmacéuticos; así como cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden

資本

總資本

$3.000.000.-

股東(3)

姓名持股比例

LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ

Socio

13.xxx.xxx-2

33.3333333333%

GONZALO JAVIER ROCHA GLAVES

Socio

13.xxx.xxx-5

33.3333333333%

HARALD CARLOS PAPE VARGAS

Socio

13.xxx.xxx-7

33.3333333333%

管理人(2)

LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ

13.xxx.xxx-2Administrador

HARALD CARLOS PAPE VARGAS

13.xxx.xxx-7Administrador

SII 代表(2)

LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ

13.xxx.xxx-2Representante

HARALD CARLOS PAPE VARGAS

13.xxx.xxx-7Representante

摘要官方正文

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en calle Carmencita 20, Las Condes, certifico que con fecha 08 de Marzo de 2023, por escritura pública, Repertorio N°2341-2023, ante mí, don LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ, chileno, divorciado, ingeniero civil industrial, C.I. N°13.522.223-2, domiciliado en calle Visviri n°1300, departamento 62, Las Condes, Región Metropolitana; don GONZALO JAVIER ROCHA GLAVES, chileno, abogado, soltero, C.I. N°13.442.118-5, domiciliado en calle Versalles N°2977, departamento 31, Las Condes, Región Metropolitana; y don HARALD CARLOS PAPE VARGAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero, C.I. N°13.522.002-7, domiciliado en calle Colina Miravalle N°9849, Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES KHUNPAY LIMITADA”, que se regirá por estos estatutos y, en lo no contemplado en ellos, por la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, aplicándose en subsidio de ellos las normas del Código de Comercio y las del Código Civil que se refieren a esta materia por los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Los estatutos de la sociedad son: NOMBRE: “INMOBILIARIA E INVERSIONES KHUNPAY LIMITADA”; DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otras partes del país o del extranjero; OBJETO: La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; la compra, venta, comercialización, arriendo o leasing, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, mantenimiento, intermediación y/o reparación de maquinarias agrícolas, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, variedades, abonos, productos químicos, software, servicios y demás insumos para la agricultura y la industria agrícola silvoagropecuaria y forestal; la producción, elaboración, envasado importación y exportación de alimentos, de toda clase, a partir de la producción agrícola, forestal y silvoagropecuaria, especialmente, frutas, verduras, gramíneas, frutos secos, farináceos y productos industriales no naturales, productos cárneos, huevos, leche, queso, quesillos, yogur y otros lácteos, productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos y ríos, ya sean éstos naturales o industriales, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas alcohólicas, bebidas de fantasía y de toda especie, en polvo, jarabe o líquidos, listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces, así como cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio, por sí o a través de terceros o filiales, dentro y fuera del país; la compra, venta, permuta, arriendo o leasing, directa o indirectamente, ya sea como comisionista agente o mandatario, de toda clase de bienes inmuebles y sus derechos de aprovechamiento, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing o subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución, fabricación y comercialización de toda clase de bienes, especialmente -y sin que ello importe una enumeración taxativa-, artículos e insumos médicos, deportivos y electrónicos, así como el desarrollo de software de todo tipo, por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales y extranjeras, con o sin presencia en Chile; la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos de mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto, teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que en adelante rijan esta clase de viviendas; la explotación de dichas viviendas; la adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, loteos y urbanización de terrenos; la urbanización y construcción conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; en la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; la demolición de edificios y construcciones de cualquier especie; el estudio, la construcción, por cuenta propia o ajena, de casas, edificios y otros; la construcción de condominios, por cuenta propia o ajena; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios, construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; la realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, construcción, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultorías en tales materias; la fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; planificación, estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; la compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento -con o sin opción de compra- y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, máquinas, herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro, y todo lo atinente, de cualquiera manera, con todo lo mencionado; la compra, venta, comercialización, exportación e importación de artículos de ferretería; la compra, venta, comercialización, exportación e importación de medicamentos e insumos farmacéuticos; así como cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden; DURACIÓN: Diez años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de un año; CAPITAL: El capital social será la suma de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000.-), que los socios constituyentes aportan de la siguiente forma: a) Don LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ, la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000.-), en dinero efectivo, en un plazo de dos años de acuerdo a las necesidades de caja de la sociedad; b) Don GONZALO JAVIER ROCHA GLAVES, la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000.-), en dinero efectivo, en un plazo de dos años de acuerdo a las necesidades de caja de la sociedad; y c) Don HARALD CARLOS PAPE VARGAS, la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000.-), en dinero efectivo, en un plazo de dos años de acuerdo a las necesidades de caja de la sociedad; REPRESENTACIÓN: La administración y representación de la sociedad corresponderá conjuntamente, a don LUIS EMILIO PADILLA ÁLVAREZ y a don HARALD CARLOS PAPE VARGAS. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada.- Santiago, 13 de Marzo de 2023.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.- MGP

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