Importadora Y Comercializadora Rio Grande Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) La compra, venta, arriendo, y financiamiento, incluyendo leasing, de toda clase bienes muebles, incluyendo todo tipo de vehículos, sean de transporte de carga, de pasajeros, de trabajo o de uso personal; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, así como la importación y exportación de maquinarias, distribución, comercialización, consignación, intermediación, financiamiento, y fabricación de equipos y maquinarias, incluyendo la instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación de toda clase de maquinarias, de sus accesorios y repuestos, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Bernardo González Vega Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 1% | $10.000 |
COMERCIAL BERNARDO GONZÁLEZ VEGA LIMITADA Socio 77.428.141-K | 77.428.141-K | 49% | $490.000 |
Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 1% | $10.000 |
Socio 77.442.569-1 | 77.442.569-1 | 49% | $490.000 |
管理人(2)
Bernardo González Vega
法定代理(2)
BERNARDO IGNACIO GONZÁLEZ VEGA
RAFAEL EDUARDO PEÑALOZA FIGUEROA
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado Notario Público Titular de la 7ª Notaria de Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 8 de Septiembre de 2021, ante mí, ante mí, comparecieron BERNARDO IGNACIO GONZÁLEZ VEGA, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. 17.021.970-8, por sí y en representación de la sociedad COMERCIAL BERNARDO GONZÁLEZ VEGA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario 77.428.141-K; y don RAFAEL EDUARDO PEÑALOZA FIGUEROA, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. 16.609.278-7, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES RAPEF LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario 77.442.569-1, todos domiciliados para estos efectos en Rafael Casanova 125, oficina D1, comuna y ciudad de Santa Cruz, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, de paso en esta; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE EMPRESA: "IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA RIO GRANDE LIMITADA "; nombre fantasía "KEMASS LTDA”. ADMINISTRACION: Rafael Peñaloza Figueroa y Bernardo González Vega, indistintamente, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición. DOMICILIO: Santiago. OBJETO: a) La compra, venta, arriendo, y financiamiento, incluyendo leasing, de toda clase bienes muebles, incluyendo todo tipo de vehículos, sean de transporte de carga, de pasajeros, de trabajo o de uso personal; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, así como la importación y exportación de maquinarias, distribución, comercialización, consignación, intermediación, financiamiento, y fabricación de equipos y maquinarias, incluyendo la instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación de toda clase de maquinarias, de sus accesorios y repuestos, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo. CAPITAL: $1.000.000.-. aportados de la siguiente forma: a) Don Bernardo González Vega aporta la suma total de $10.000.-, equivalentes al 1 por ciento de los derechos sociales; b) La sociedad Comercial Bernardo González Vega Limitada aporta la suma de $490.000.- equivalentes al 49 por ciento de los derechos sociales; c) Don Rafael Peñaloza Figueroa aporta la suma total de $10.000.-, equivalentes al 1 por ciento de los derechos sociales; d) La sociedad Inversiones Rapef Limitada aporta la suma de $490.000.- equivalentes al 49 por ciento de los derechos sociales. Todos los aportes se enteran en acto de constitución a la caja social al contado y en dinero efectivo. DURACIÓN: 5 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por aviso enviado mediante carta certificada al domicilio señalado en este acto a cada uno de los socios, con una antelación no menor a 30 días antes de la fecha de vencimiento. Demás estipulaciones constan en pacto social original. Santiago 14 de Septiembre de 2021.
公司資料
公司目的
a) La compra, venta, arriendo, y financiamiento, incluyendo leasing, de toda clase bienes muebles, incluyendo todo tipo de vehículos, sean de transporte de carga, de pasajeros, de trabajo o de uso personal; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, así como la importación y exportación de maquinarias, distribución, comercialización, consignación, intermediación, financiamiento, y fabricación de equipos y maquinarias, incluyendo la instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación de toda clase de maquinarias, de sus accesorios y repuestos, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Bernardo González Vega Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 1% | $10.000 |
Comercial Bernardo González Vega Limitada Socio 77.428.141-K | 77.428.141-K | 49% | $490.000 |
Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 1% | $10.000 |
Socio 77.442.569-1 | 77.442.569-1 | 49% | $490.000 |
管理人(2)
Bernardo González Vega
法定代理(2)
BERNARDO IGNACIO GONZÁLEZ VEGA
RAFAEL EDUARDO PEÑALOZA FIGUEROA
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado Notario Público Titular de la 7ª Notaria de Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 8 de Septiembre de 2021, ante mí, ante mí, comparecieron BERNARDO IGNACIO GONZÁLEZ VEGA, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. 17.021.970-8, por sí y en representación de la sociedad COMERCIAL BERNARDO GONZÁLEZ VEGA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario 77.428.141-K; y don RAFAEL EDUARDO PEÑALOZA FIGUEROA, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. 16.609.278-7, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES RAPEF LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario 77.442.569-1, todos domiciliados para estos efectos en Rafael Casanova 125, oficina D1, comuna y ciudad de Santa Cruz, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, de paso en esta; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE EMPRESA: "IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA RIO GRANDE LIMITADA"; nombre fantasía "KEMASS LTDA”. ADMINISTRACION: Rafael Peñaloza Figueroa y Bernardo González Vega, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición. DOMICILIO: Santiago. OBJETO: a) La compra, venta, arriendo, y financiamiento, incluyendo leasing, de toda clase bienes muebles, incluyendo todo tipo de vehículos, sean de transporte de carga, de pasajeros, de trabajo o de uso personal; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, así como la importación y exportación de maquinarias, distribución, comercialización, consignación, intermediación, financiamiento, y fabricación de equipos y maquinarias, incluyendo la instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación de toda clase de maquinarias, de sus accesorios y repuestos, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. c) La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines o a cualquier otro negocio que el o los socios pacten de común acuerdo. CAPITAL: $1.000.000.-. aportados de la siguiente forma: a) Don Bernardo González Vega aporta la suma total de $10.000.-, equivalentes al 1 por ciento de los derechos sociales; b) La sociedad Comercial Bernardo González Vega Limitada aporta la suma de $490.000.- equivalentes al 49 por ciento de los derechos sociales; c) Don Rafael Peñaloza Figueroa aporta la suma total de $10.000.-, equivalentes al 1 por ciento de los derechos sociales; d) La sociedad Inversiones Rapef Limitada aporta la suma de $490.000.- equivalentes al 49 por ciento de los derechos sociales. Todos los aportes se enteran en acto de constitución a la caja social al contado y en dinero efectivo. DURACIÓN: 5 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por aviso enviado mediante carta certificada al domicilio señalado en este acto a cada uno de los socios, con una antelación no menor a 30 días antes de la fecha de vencimiento. Demás estipulaciones constan en pacto social original. Santiago 14 de Septiembre de 2021.
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