Importadora, Comercializadora y Distribuidora JRC SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
el comercio electrónico de toda clase de productos tecnológicos, especialmente la importación, exportación, distribución, armado, representación y comercialización de toda clase de bienes de corporales e incorporales, así como bienes de consumo en general; la prestación de servicios, asesorías y consultorías y en general la realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los fines empresariales sin restricción de ninguna especie y todo objeto que se acuerde ; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA Accionista | - | 34% | $340.000 |
Accionista | - | 33% | $330.000 |
Accionista | - | 33% | $330.000 |
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 15/11/2019 ante mí: JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, de nacionalidad chilena, casado bajo el régimen separación de bienes, empresario, domiciliado en Llico número mil sesenta y siete, departamento ciento veintiuno, comuna de San Miguel, Región Metropolitana de Santiago; RICARDO ANDRES MORALES OLATE, de nacionalidad chilena, casado bajo el régimen separación de bienes, empresario, con domicilio en Hacienda El Peñón número ocho mil sesenta y seis, casa trece Villa Horizonte, Provincia Cordillera, Comuna de Puente Alto, Región Metropolitana y CARLOS ALFREDO ABARCA EGAÑA, de nacionalidad chilena, casado, empresario, con domicilio en Arcángel número mil doscientos once, departamento mil ochocientos siete, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana, todos mayores de edad, constituyeron una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Importadora, Comercializadora y Distribuidora JRC SpA”, sin perjuicio se usar el nombre de fantasía o sigla comercial de “RapidMarket” pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto : el comercio electrónico de toda clase de productos tecnológicos, especialmente la importación, exportación, distribución, armado, representación y comercialización de toda clase de bienes de corporales e incorporales, así como bienes de consumo en general; la prestación de servicios, asesorías y consultorías y en general la realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los fines empresariales sin restricción de ninguna especie y todo objeto que se acuerde ; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a un millón de pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal a) se suscriben treinta y cuatro acciones íntegramente por don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, equivalentes al treinta y cuatro por ciento del capital social y treinta y cuatro por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de trescientos cuarenta mil pesos, ya ingresado a caja social; b) se suscriben treinta y tres acciones por don RICARDO ANDRES MORALES OLATE, equivalentes al treinta y tres por ciento del capital social y treinta y tres por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de trescientos treinta mil pesos, ya ingresado a caja social ; c) se suscriben treinta y tres acciones por don CARLOS ALFREDO ABARCA EGAÑA, equivalentes al treinta y tres por ciento del capital social y treinta y tres por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de trescientos treinta mil pesos, ya ingresado a caja social . Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 20 de Noviembre de 2019.
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- CONSTITUCIÓN
Importadora, Comercializadora y Distribuidora JRC SpA
CVE 1686782
