股份公司

Icy Company SpA

CONSTITUCIÓN — 2024年4月25日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-04-25查看 PDF(CVE 2484667)

公司資料

SpA
Prat 612
管理方式: Administrada por Rodrigo Fernando Ahumada Pereira y Francisco Javier Antonio Castillo Jaime, actuando uno cualquiera de ellos individualmente para actos, contratos u operaciones de hasta $5.000.000; para montos superiores se requiere firma conjunta de ambos.

公司目的

La sociedad tiene por objeto, dentro o fuera del país el desarrollo, administración, gestión y comercialización de tecnología en el ámbito de la ingeniería alimentaria, acuicultura y otros mercados similares. Conforme a su giro social, la Sociedad estará especialmente facultada para efectuar una cualquiera de las siguientes operaciones: (a) la asesoría o consultoría técnica y/o profesional en el ámbito de la ingeniería alimentaria, la acuicultura u otros mercados similares; (b) el desarrollo, estudio, investigación, ejecución y comercialización y /o la transferencia tecnológica de proyectos de ingeniería e innovación; (c) el desarrollo de procesos y tecnologías que involucren diversificar y sofisticar la producción alimentaria en general, ya sea a través de la elaboración de nuevos ingredientes como la transformación de materias primas; (d) servicios de apoyo al mantenimiento industrial mediante tecnologías desarrolladas por la empresa; (e) la compra, venta, arrendamiento, distribución, importación, exportación o comercialización de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles; (f) la constitución de todo tipo de sociedades, ya sea de personas o de capital, filiales, matrices, fondos, fideicomisos o cualquier otro tipo de entidades, con o sin fines de lucro, tanto en Chile como en el extranjero; y (g) todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro de la Sociedad que los accionistas acuerden en el futuro.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$500.000

待繳資本

$500.000

股份

1,000,000

股東(1)

姓名持股比例

Rodrigo Fernando Ahumada Pereira

Accionista

50%

管理人(2)

摘要官方正文

CLAUDIA PAOLA OLGUIN VARGAS, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Valparaíso, con oficio en esta ciudad, Prat 612, certifico: Que por escritura pública de fecha 18 de abril de 2024 ante mí, don Rodrigo Fernando Ahumada Pereira, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “ICY COMPANY SpA”.- Accionistas: Rodrigo Fernando Ahumada Pereira.- Objeto: La sociedad tiene por objeto, dentro o fuera del país el desarrollo, administración, gestión y comercialización de tecnología en el ámbito de la ingeniería alimentaria, acuicultura y otros mercados similares. Conforme a su giro social, la Sociedad estará especialmente facultada para efectuar una cualquiera de las siguientes operaciones: (a) la asesoría o consultoría técnica y/o profesional en el ámbito de la ingeniería alimentaria, la acuicultura u otros mercados similares; (b) el desarrollo, estudio, investigación, ejecución y comercialización y /o la transferencia tecnológica de proyectos de ingeniería e innovación; (c) el desarrollo de procesos y tecnologías que involucren diversificar y sofisticar la producción alimentaria en general, ya sea a través de la elaboración de nuevos ingredientes como la transformación de materias primas; (d) servicios de apoyo al mantenimiento industrial mediante tecnologías desarrolladas por la empresa; (e) la compra, venta, arrendamiento, distribución, importación, exportación o comercialización de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles; (f) la constitución de todo tipo de sociedades, ya sea de personas o de capital, filiales, matrices, fondos, fideicomisos o cualquier otro tipo de entidades, con o sin fines de lucro, tanto en Chile como en el extranjero; y (g) todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro de la Sociedad que los accionistas acuerden en el futuro.- Capital. El capital de la sociedad correspondiente a la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal de la Sociedad, es suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) don Rodrigo Fernando Ahumada Pereira suscribe la cantidad de 500.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, equivalentes a $500.000, los que son íntegramente pagadas en este acto, al contado y en dinero efectivo por el suscriptor; y, (b) el saldo, correspondiente a la cantidad de 500.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, equivalentes a $500.000, quedarán íntegramente pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo de 12 meses siguientes a la fecha de la presente escritura.- Administración. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por don Rodrigo Fernando Ahumada Pereira, ya individualizado precedentemente, y don Francisco Javier Antonio Castillo Jaime, cédula nacional de identidad número 19.154.793-4, (en adelante, los “Apoderados” o “Administradores” y cada uno individualmente considerado como, el “Apoderado” o “Administrador”), quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad, actuando uno cualquiera de ellos de forma individual, con todas y cada una de las facultades establecidas en el Artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales, respecto de todos los actos, contratos u operaciones que involucren una suma igual o menor a los $5.000.000 o su equivalente en moneda extranjera según el tipo de cambio informado por el Banco Central de Chile al a fecha del acto, contrato u operación.- No obstante, se requerirá la firma conjunta de ambos Administradores para todos los actos, contratos u operaciones que involucren una suma superior a los $5.000.000 o su equivalente en moneda extranjera según el tipo de cambio informado por el Banco Central de Chile a la fecha del respectivo acto, contrato u operación.- Para efectos de lo anterior, se entenderá como un solo acto, contrato u operación, al número total de actos, contratos u operaciones de igual o símil naturaleza, efectuados por un mismo Apoderado, dentro de un transcurso de 24 horas hábiles.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 22 de Abril de 2024.

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