Gremu Tres SpA
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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría Santiago, La Concepción N°65 piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 11 de marzo de 2020, Rep. N° 5.661-2020, ante mí, doña PAULINA ANDREA VARGAS UBILLA, CIN°16.285.493-3, domiciliada para estos efectos en Antonio Varas N°303, oficina 412, comuna de Providencia, redujo a escritura pública, Acta de Segunda Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “GREMU TRES SpA”, RUT en trámite, celebrada con fecha 27 de Febrero de 2020, por la cual los accionistas acordaron por unanimidad sustituir el Artículo Sexto de los estatutos sociales remplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Pablo Daniel Szuldman y a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones ciento cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y dos guión ocho, quienes en calidad de Administradores de la Sociedad, actuando separada e indistintamente, personalmente o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, podrán obligar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, con la única limitación que la de requerir la aprobación unánime de los accionistas para enajenar inmuebles, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, teniendo también las facultades señaladas de manera enunciativa en el artículo séptimo siguiente del pacto social.” Demás disposiciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Marzo de 2020.
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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 02 de enero de 2020, bajo el Rep. N° 37-2020, ante mí, doña PAULINA ANDREA VARGAS UBILLA, C.I.N°16.285.493-3, domiciliada para estos efectos en Antonio Varas N° 303, oficina 412, comuna de Providencia, redujo a escritura pública Acta de Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de la “GREMU TRES SpA”, celebrada con fecha 16 de Diciembre de 2019, por la cual los accionistas acordaron por unanimidad sustituir el Artículo Sexto de los estatutos sociales remplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración y representación de la sociedad corresponderá a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, cédula de identidad número veinticuatro millones ciento cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y dos guión ocho, quien en calidad de Administrador de la Sociedad, actuando, personalmente o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, podrá obligar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, con la única limitación que la de requerir la aprobación unánime de los socios para enajenar inmuebles, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, teniendo también las facultades señaladas de manera enunciativa en el artículo séptimo siguiente del pacto social.” Demás disposiciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de enero de 2020.
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