有限責任公司

Exportadora Santo Domingo Limitada

CONSTITUCIÓN — 2019年6月6日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2019-06-06查看 PDF(CVE 1601278)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga.
管理方式: corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JOSÉ RODOLFO VILLALÓN DEL FIERRO, doña MARÍA LORETO SALAS MONTES y don NICOLÁS VILLALÓN SALAS, quienes actuando individualmente, uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades

公司目的

El objeto de la sociedad será: a) la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, especialmente relativo a la producción frutícola, vitivinícola, agropecuaria o maderero, la compra, venta y explotación de la producción sea propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; b) Invertir en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas y en general cualquier otro negocio directa o indirectamente relacionado con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, que acuerden los socios; c) ejecutar actos de comercio exterior y operaciones de cambio internacional tales como compra y venta de monedas, la ejecución de remesas y pagos al extranjero, como la internación de divisas; d) la comercialización, fabricación importación, exportación, distribución, reexpedición, comisión, consignación por cuenta propia o ajena de todo tipo de mercaderías, productos, materias primas importados o nacionales, especialmente todo tipo productos del agro tales como fruta, verdura y hortalizas, envasadas o por envasar y todo tipo de productos del mar tales como mariscos y pescados. Para el objeto señalado la sociedad podrá obtener para sí o para terceros los registros de marcas y demás correspondientes relacionados con productos, insumos o materias primas, e instalar, dirigir explotar toda clase de establecimientos destinados al desarrollo de su giro. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios que tenga relación con el objeto social. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

JOSÉ RODOLFO VILLALÓN DEL FIERRO

Socio

50%

MARÍA LORETO SALAS MONTES

Socio

50%

摘要官方正文

ARMANDO ULLOA CONTRERAS, Notario Público Titular de Santiago, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: don JOSÉ RODOLFO VILLALÓN DEL FIERRO y doña MARÍA LORETO SALAS MONTES, domiciliados en camino La Loica N°5.078, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: EXPORTADORA SANTO DOMINGO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “EXPORTADORA SANTO DOMINGO LTDA.” o “SANTO DOMINGO LTDA.” Responsabilidad Socios: Queda limitada al monto de sus aportes. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, especialmente relativo a la producción frutícola, vitivinícola, agropecuaria o maderero, la compra, venta y explotación de la producción sea propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; b) Invertir en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas y en general cualquier otro negocio directa o indirectamente relacionado con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, que acuerden los socios; c) ejecutar actos de comercio exterior y operaciones de cambio internacional tales como compra y venta de monedas, la ejecución de remesas y pagos al extranjero, como la internación de divisas; d) la comercialización, fabricación importación, exportación, distribución, reexpedición, comisión, consignación por cuenta propia o ajena de todo tipo de mercaderías, productos, materias primas importados o nacionales, especialmente todo tipo productos del agro tales como fruta, verdura y hortalizas, envasadas o por envasar y todo tipo de productos del mar tales como mariscos y pescados. Para el objeto señalado la sociedad podrá obtener para sí o para terceros los registros de marcas y demás correspondientes relacionados con productos, insumos o materias primas, e instalar, dirigir explotar toda clase de establecimientos destinados al desarrollo de su giro. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios que tenga relación con el objeto social. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don JOSÉ RODOLFO VILLALÓN DEL FIERRO, aporta la suma de $500.000.- equivalentes al 50% del capital social, los cuales fueron pagados al contado en la fecha de la escritura extractada; y, b) doña MARÍA LORETO SALAS MONTES, aporta la suma de $500.000.- equivalentes al 50% del capital social, los cuales fueron pagados al contado en la fecha de la escritura extractada. Administración y Uso de Razón Social: corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JOSÉ RODOLFO VILLALÓN DEL FIERRO, doña MARÍA LORETO SALAS MONTES y don NICOLÁS VILLALÓN SALAS, quienes actuando individualmente, uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2019.

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