股份公司

Enmediacion SpA

CONSTITUCIÓN — 2026年4月17日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2026-04-17查看 PDF(CVE 2798357)

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: indefinida
管理方式: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a MARIA PAULA URZÚA BALTERA, con las más amplias facultades de administración y disposición. Sin perjuicio de ello, solo podrá obligarse válidamente la Sociedad, mediante la actuación conjunta de todas sus socias, en las materias especialmente señaladas en la escritura extractada.

公司目的

La Sociedad tendrá por objeto: a) Prestación de servicios de Mediación y Resolución de Conflictos en general, principalmente relacionados con la temática Familiar, Escolar, Laboral, Vecinal, Étnica, Civil, Comercial, en Salud, Penal y en general en toda materia susceptible de cualquier tipo de Mediación que las leyes Chilenas incorporen a futuro, pudiendo para ello participar en Licitaciones de Mediaciones ante toda clase de entidades sean estas de derecho público o privado, y ante cualquier organismo o institución pública, fiscal, semifiscal, estatal, municipal o de administración autónoma, desempeñarse ante los Juzgados de Familia, Civiles, en lo Penal, del Trabajo, y ante cualquier otro Tribunal que lo requiera; b) Prestación de servicios legales en general; c) Prestación de servicios de capacitación en general, y especialmente en los niveles profesionales, técnicos, administrativos y oficios en general y especialmente que tengan relación con el Área de las Ciencias Sociales; d) Realización de todo tipo de estudios, consultorías, asesorías, pericias, y asistencia especialmente en los campos del Derecho, Servicio Social, Psicología y Sociología; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. e) Habilitar, instalar e implementar Centros de Mediación en toda la Región Metropolitana y/o en cualquier Región de Chile, pudiendo contratar y subcontratar tanto personal administrativo como profesionales para llevar a buen término los proyectos adjudicados y en general cualquier actividad relacionada, semejante o complementaria a las anteriormente señaladas y cualquier otro objeto que los socios acuerden; f) La compra, venta y explotación, sea por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles y la realización de cualquier clase de inversiones en valores mobiliarios; g) En general, celebrar toda clase de actos y contratos que digan directa o indirectamente relación con el objeto social señalado y que sean útiles o conducentes a la consecución del mismo.

資本

總資本

$3.000.000

實繳資本

$3.000.000

待繳資本

$0

股份

3,000

股東(3)

姓名持股比例

CLAUDIA ANDREA VIVALDI SACCO

Accionista

12.xxx.xxx-9

-

MARIA PAULA URZÚA BALTERA

Accionista

12.xxx.xxx-6

-

PAMELA ALEJANDRA JIRON VÁSQUEZ

Accionista

9.xxx.xxx-5

-

管理人(1)

MARIA PAULA URZÚA BALTERA

12.xxx.xxx-6Administrador

SII 代表(1)

MARIA PAULA URZÚA BALTERA

12.xxx.xxx-6Representante

摘要官方正文

Ministerio del Interior CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura repertorio 1722-2026, de fecha 31 de marzo de 2026, ante el Notario Público Suplente doña CATALINA DEL PINO CONSTANZO, CLAUDIA ANDREA VIVALDI SACCO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, cédula nacional de identidad N°12.438.164-9, con domiciliada en Camino del Monasterio N°9.321, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y MARIA PAULA URZÚA BALTERA, chilena, divorciada, abogado, cédula nacional de identidad N°12.675.250-6, domiciliada en Raúl Labbé N°12.613, oficina 508, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y PAMELA ALEJANDRA JIRON VÁSQUEZ, chilena, casada bajo el régimen de participación en los gananciales, abogada, cédula nacional de identidad número 9.951.580-5, con domicilio en Parcela 4 Piedra Blancas, Maule, y de paso por esta ciudad, constituyeron sociedad por acciones: NOMBRE SOCIAL: ENMEDIACION SpA; pudiendo utilizar indistintamente para efectos publicitarios el nombre de fantasía, ENMEDIACION. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) Prestación de servicios de Mediación y Resolución de Conflictos en general, principalmente relacionados con la temática Familiar, Escolar, Laboral, Vecinal, Étnica, Civil, Comercial, en Salud, Penal y en general en toda materia susceptible de cualquier tipo de Mediación que las leyes Chilenas incorporen a futuro, pudiendo para ello participar en Licitaciones de Mediaciones ante toda clase de entidades sean estas de derecho público o privado, y ante cualquier organismo o institución pública, fiscal, semifiscal, estatal, municipal o de administración autónoma, desempeñarse ante los Juzgados de Familia, Civiles, en lo Penal, del Trabajo, y ante cualquier otro Tribunal que lo requiera; b) Prestación de servicios legales en general; c) Prestación de servicios de capacitación en general, y especialmente en los niveles profesionales, técnicos, administrativos y oficios en general y especialmente que tengan relación con el Área de las Ciencias Sociales; d) Realización de todo tipo de estudios, consultorías, asesorías, pericias, y asistencia especialmente en los campos del Derecho, Servicio Social, Psicología y Sociología; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. e) Habilitar, instalar e implementar Centros de Mediación en toda la Región Metropolitana y/o en cualquier Región de Chile, pudiendo contratar y subcontratar tanto personal administrativo como profesionales para llevar a buen término los proyectos adjudicados y en general cualquier actividad relacionada, semejante o complementaria a las anteriormente señaladas y cualquier otro objeto que los socios acuerden; f) La compra, venta y explotación, sea por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles y la realización de cualquier clase de inversiones en valores mobiliarios; g) En general, celebrar toda clase de actos y contratos que digan directa o indirectamente relación con el objeto social señalado y que sean útiles o conducentes a la consecución del mismo. CAPITAL: El capital de la sociedad es la cantidad de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias y nominativas, indivisibles, de igual valor y sin valor nominal. Las acciones en que se divide el capital social son suscritas y pagadas en su totalidad por los accionistas en este acto. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración indefinida, a contar de la fecha del presente instrumento. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a MARIA PAULA URZÚA BALTERA, con las más amplias facultades de administración y disposición, detalladas en escritura extractada, obligándola en toda clase de actos, contratos o convenciones, cualquiera sea su naturaleza, sea que se celebren con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Sin perjuicio de las facultades señaladas, solo podrá obligarse válidamente la Sociedad, mediante la actuación conjunta de todas sus socias, esto es, con la actuación conjunta de doña CLAUDIA ANDREA VIVALDI SACCO, doña MARIA PAULA URZÚA BALTERA y de doña PAMELA ALEJANDRA JIRON VÁSQUEZ, en las siguientes materias: contratación de deudas u obligaciones, directas o indirectas, con instituciones financieras o con terceros, por montos que, en forma individual o conjunta dentro de un mismo ejercicio, excedan de cien unidades de fomento, en su equivalente en pesos moneda nacional a la fecha de suscripción del respectivo acto o contrato; constitución de prendas, hipotecas u otras garantías reales sobre bienes de la Sociedad, así como la constitución de avales, fianzas u otras cauciones personales en favor de terceros; enajenación de bienes raíces de la Sociedad; arrendamiento de bienes inmuebles por plazo superior a un año; cualquier forma de gravamen de activos cuyo valor individual exceda de cien unidades de fomento, en su equivalente en pesos moneda nacional a la fecha de suscripción del respectivo acto o contrato; celebración de contratos de cualquier naturaleza con los propios administradores, con los accionistas, con sus cónyuges, convivientes civiles o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o con sociedades relacionadas a cualquiera de ellos, salvo aquellos que correspondan a operaciones ordinarias de la Sociedad en condiciones de mercado; aumentos de capital; ingresar a sociedades ya constituidas, constituir sociedades de cualquier tipo, cooperativas, asociaciones gremiales, asociaciones o cuentas en participación, consorcios o joint ventures, sociedades anónimas, modificarlas, prorrogarlas, disolverlas, liquidarlas, dividirlas, fusionarlas, transformarlas, absolverlas, aceptar y suscribir aumentos de capital, ceder y aceptar cesiones de derechos de socio; contratación, remoción y fijación de remuneraciones del personal ejecutivo clave que cualquiera de los administradores califique como tal; cualquier otra materia que los administradores acuerden calificar como esencial para el desarrollo del giro social. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias, oficinas o sucursales en cualquier otro lugar del país y/o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de abril de 2026.

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