El Abedul SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios y/o asesorías, sean o no de intermediación, en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería, de arquitectura y de comercialización; b) La intermediación, comisión y corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) La promoción, comercialización y venta de inmuebles, proyectos y negocios en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería y de arquitectura; d) El desarrollo de proyectos inmobiliarios e industriales, y de obras civiles e industriales, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición y enajenación de inmuebles, su división, fusión, modificación o urbanización, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas; e) La realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas, ya sean estas chilenas o extranjeras, así como la participación en todo tipo de proyectos de inversión, comunidades o asociaciones; g) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los accionistas acuerden.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 99% | $990.000 |
Consuelo Rosa Fernandino Letelier Accionista | - | 1% | $10.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
Ministerio del Interior ROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Notario Suplente de PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, CERTIFICO: que por escritura pública con fecha 20 de marzo de 2025, número de repertorio 2051-2025, ante el notario titular, don JOAQUÍN LLANO PÉREZ y doña CONSUELO ROSA FERNANDINO LETELIER, debidamente representada por doña SOFÍA FONTANA FERNANDINO, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle El Mirador 2070 B, departamento 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre. La sociedad se denomina “El Abedul SpA”, en adelante la “Sociedad”. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración. La Sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración indefinida. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios y/o asesorías, sean o no de intermediación, en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería, de arquitectura y de comercialización; b) La intermediación, comisión y corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) La promoción, comercialización y venta de inmuebles, proyectos y negocios en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería y de arquitectura; d) El desarrollo de proyectos inmobiliarios e industriales, y de obras civiles e industriales, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición y enajenación de inmuebles, su división, fusión, modificación o urbanización, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas; e) La realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas, ya sean estas chilenas o extranjeras, así como la participación en todo tipo de proyectos de inversión, comunidades o asociaciones; g) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los accionistas acuerden. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal. Estas acciones podrán ser pagadas en dinero en efectivo o mediante el aporte en dominio pleno, nudo o usufructo de cualquier clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado de conformidad al siguiente detalle: a) don Joaquín Llano Pérez con 990 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas por un total de $990.000; b) doña Consuelo Rosa Fernandino Letelier, con 10 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas por un total de $10.000. Administración. La administración, representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOAQUÍN LLANO PÉREZ, quien, anteponiendo su firma a la razón social, contará con plenas facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 02 de abril de 2025.
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios y/o asesorías, sean o no de intermediación, en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería, de arquitectura y de comercialización; b) La intermediación, comisión y corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) La promoción, comercialización y venta de inmuebles, proyectos y negocios en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería y de arquitectura; d) El desarrollo de proyectos inmobiliarios e industriales, y de obras civiles e industriales, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición y enajenación de inmuebles, su división, fusión, modificación o urbanización, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas; e) La realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas, ya sean éstas chilenas o extranjeras, así como la participación en todo tipo de proyectos de inversión, comunidades o asociaciones; g) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los accionistas acuerden.
資本
總資本
$1.000.000
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
CONSUELO ROSA FERNANDINO LETELIER Accionista | - | - | - |
管理人(1)
摘要官方正文
Ministerio del Interior ROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Notario Suplente de PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, CERTIFICO: que por escritura pública con fecha 20 de marzo de 2025, numero de repertorio 2051-2025, ante el notario titular, don JOAQUÍN LLANO PÉREZ y doña CONSUELO ROSA FERNANDINO LETELIER, debidamente representada por doña SOFÍA FONTANA FERNANDINO, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle el Mirador 2070 B, departamento 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extractos: Nombre. La sociedad se denomina “El Abedul SpA”, en adelante la “Sociedad”. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración. La Sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración indefinida. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios y/o asesorías, sean o no de intermediación, en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería, de arquitectura y de comercialización; b) La intermediación, comisión y corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) La promoción, comercialización y venta de inmuebles, proyectos y negocios en materias inmobiliarias, de construcción, de ingeniería y de arquitectura; d) El desarrollo de proyectos inmobiliarios e industriales, y de obras civiles e industriales, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición y enajenación de inmuebles, su división, fusión, modificación o urbanización, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas; e) La realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas, ya sean éstas chilenas o extranjeras, así como la participación en todo tipo de proyectos de inversión, comunidades o asociaciones; g) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los accionistas acuerden. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal. Estas acciones podrán ser pagadas en dinero en efectivo o mediante el aporte en dominio pleno, nudo o usufructo de cualquier clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles. Administración. La administración, representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOAQUÍN LLANO PÉREZ, quien, anteponiendo su firma a la razón social, contará con plenas facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de abril de 2025.
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