DR Constructora Pulmahue SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) El diseño, reparación, remodelación, elaboración y ejecución de todo tipo de proyectos, obras, y trabajos de arquitectura e ingeniería civil, la construcción de toda clase de obras civiles, viviendas y edificios, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por administración o a suma alzada mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención e inspección de obras, realizar tasaciones y evaluar obras o proyectos relacionados directa o indirectamente con el objeto social; b) Instalación de red eléctrica, datos y telefonía; c) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y explotación de toda clase de herramientas, maquinarias, equipos y artículos para la construcción; d) Desarrollar toda clase de actividades comerciales o industriales relacionadas con el negocio de la construcción; e) la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías profesionales y asistencia técnica a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en todas aquellas materias relacionadas directa o indirectamente con el giro de la construcción; y f) En general, realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar cualquiera actividad que diga relación directa o indirectamente con el objeto social.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 70% | $700.000 |
Accionista | - | 30% | $300.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado Notario Titular 34 Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico: por escritura pública fecha 26 de diciembre 2018, ante don Manuel Ramírez Escobar, Notario Suplente de este oficio: don JAIME EDUARDO DÍAZ ROBLES, y doña YASNA EVELIN RIVERA GUTIERREZ, constituyeron una Sociedad por Acciones. EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL será DR Constructora Pulmahue SpA. El DOMICILIO será la ciudad de Santiago. La DURACIÓN de la sociedad será indefinida.- El GIRO U OBJETO SOCIAL será a) El diseño, reparación, remodelación, elaboración y ejecución de todo tipo de proyectos, obras, y trabajos de arquitectura e ingeniería civil, la construcción de toda clase de obras civiles, viviendas y edificios, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por administración o a suma alzada mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención e inspección de obras, realizar tasaciones y evaluar obras o proyectos relacionados directa o indirectamente con el objeto social; b) Instalación de red eléctrica, datos y telefonía; c) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y explotación de toda clase de herramientas, maquinarias, equipos y artículos para la construcción; d) Desarrollar toda clase de actividades comerciales o industriales relacionadas con el negocio de la construcción; e) la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías profesionales y asistencia técnica a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en todas aquellas materias relacionadas directa o indirectamente con el giro de la construcción; y f) En general, realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar cualquiera actividad que diga relación directa o indirectamente con el objeto social. El CAPITAL de la sociedad será de un millón de pesos, dividido en cien acciones, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se entera y paga paga de la siguiente forma: don JAIME EDUARDO DÍAZ ROBLES, suscribe y paga en este acto setenta acciones, correspondiente a la cantidad de setecientos mil pesos, por la totalidad de dichas acciones, equivalentes al setenta por ciento del capital social y doña YASNA EVELIN RIVERA GUTIERREZ, suscribe y paga en este acto treinta acciones, correspondientes a la cantidad de trescientos mil pesos, por la totalidad de dichas acciones, equivalentes al treinta por ciento del capital social. El uso de la razón social, la administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don JAIME EDUARDO DÍAZ ROBLES, quien deberá anteponer su firma a la razón social. En el ejercicio de sus facultades, podrá representar a la sociedad ante toda clase de autoridades políticas, administrativas y municipales, organismos o instituciones de derecho público o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, incluyendo al Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Servicio Nacional de Aduanas, Banco Central de Chile, Dirección General del Trabajo, Organizaciones e Instituciones de Seguridad Social y de Salud. Asimismo, estará facultado para celebrar y ejercitar todo tipo de actos, contratos, negocios y transacciones que le parezcan convenientes o necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2019.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 1529465
