股份公司

Copao Energía SpA

CONSTITUCIÓN — 2025年7月23日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2025-07-23查看 PDF(CVE 2675566)

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: Indefinida
管理方式: No se extracta expresamente; se facultó en artículos transitorios a Pablo Jofré Vásquez y otros para trámites de iniciación de actividades e instrucción en el RUT ante el SII.

公司目的

la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de todo tipo de efectos de comercio y, en general, toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse a ellas; b) el diseño, construcción, ejecución, conservación, operación, explotación y/o inversión en infraestructura y proyectos de concesión de obras públicas o privadas, la prestación de los servicios conexos, mediante su participación en propuestas, licitaciones, contratos directos y concesiones de obras públicas, sea directamente o a través de otras sociedades en las que participe; c) la participación independiente o en consorcio o asociación con otras personas jurídicas o naturales, chilenas o extranjeras, en licitaciones nacionales o internacionales de obras públicas llamadas por el Ministerio de Energía, la Comisión Nacional de Energía, el Ministerio de Obras Públicas o de Bienes Nacionales, o cualquier otro Ministerio u órgano de la República de Chile, mediante cualquiera de sus formas contractuales, incluidas aquéllas por el sistema de Concesiones de Obras Públicas o Municipalidades sea de pago directo o diferido; d) el estudio, promoción y realización de todos los actos y contratos o negocios relacionados con la construcción, mejora, mantención, reparación, readecuación y transformación de infraestructura de generación, distribución o transmisión de energía eléctrica o servidumbres eléctricas, así como obras públicas y privadas, y obras civiles en general; e) la promoción, diseño, explotación, puesta en marcha, gestión, administración y operación de proyectos industriales o energéticos de cualquier tipo, tales como el desarrollo de todo tipo de energías eólicas, hidroeléctricas, solares, térmicas, fotovoltaicas o de cualquier otra clase; f) la gestión, auditoría, servicios o la ingeniería de centrales o plantas industriales o eléctricas de cualquier tipo; g) efectuar estudios, inversiones, la contratación y subcontratación de la construcción y ejecución de infraestructuras, obras públicas, privadas y mixtas, instalaciones de producción o transporte de cualquier clase de energía e instalaciones y servicios de suministro, transformación y tratamiento de tecnología; h) la adquisición, cesión, inversión, tenencia y administración de bienes de equipos y de producción, materias primas, y energía, bienes de consumo, bienes muebles e inmuebles o derechos reales de cualquier clase y naturaleza; y la venta de energía a través de contratos de compraventa ya sea a clientes libres o a Empresas Distribuidoras; i) ostentar la titularidad, explotación y gestión de toda clase de concesiones que otorgue el Estado, incluyendo pertenencias o pedimentos mineros, y la gestión de servicios públicos, autorizaciones y licencias administrativas de obras y servicios; j) la prestación, tanto a las sociedades en las que participe como a favor de terceros, de servicios de asesoramiento técnico, administrativo, gestión económica y jurídica, administración, contabilidad, investigación, estudios de financiación, comercialización, transferencia de tecnología, participación y financiación de negocios no sujetas a legislación especial y demás prestaciones similares que guarden relación con la administración de sociedades participadas, con su estructura financiera o con las actividades establecidas en los párrafos anteriores; y cualquier otro negocio lícito que determinen los accionistas de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos.

資本

總資本

US$1.000

實繳資本

US$1.000

待繳資本

US$0

股份

1,000

股東(1)

姓名持股比例

CELEO REDES CHILE LIMITADA

Accionista

76.613.942-6

100%

管理人(1)

SII 代表(1)

摘要官方正文

Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Avenida El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes Santiago, certifica que con fecha 03 de julio de 2025, ante mí, CELEO REDES CHILE LIMITADA, RUT 76.613.942-6, domiciliado en Avenida Apoquindo 4501, piso 15, Las Condes, Santiago; constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extracta: 1) Nombre: “Copao Energía SpA”. 2) Domicilio: Cuidad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. 3) Objeto: a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de todo tipo de efectos de comercio y, en general, toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse a ellas; b) el diseño, construcción, ejecución, conservación, operación, explotación y/o inversión en infraestructura y proyectos de concesión de obras públicas o privadas, la prestación de los servicios conexos, mediante su participación en propuestas, licitaciones, contratos directos y concesiones de obras públicas, sea directamente o a través de otras sociedades en las que participe; c) la participación independiente o en consorcio o asociación con otras personas jurídicas o naturales, chilenas o extranjeras, en licitaciones nacionales o internacionales de obras públicas llamadas por el Ministerio de Energía, la Comisión Nacional de Energía, el Ministerio de Obras Públicas o de Bienes Nacionales, o cualquier otro Ministerio u órgano de la República de Chile, mediante cualquiera de sus formas contractuales, incluidas aquéllas por el sistema de Concesiones de Obras Públicas o Municipalidades sea de pago directo o diferido; d) el estudio, promoción y realización de todos los actos y contratos o negocios relacionados con la construcción, mejora, mantención, reparación, readecuación y transformación de infraestructura de generación, distribución o transmisión de energía eléctrica o servidumbres eléctricas, así como obras públicas y privadas, y obras civiles en general; e) la promoción, diseño, explotación, puesta en marcha, gestión, administración y operación de proyectos industriales o energéticos de cualquier tipo, tales como el desarrollo de todo tipo de energías eólicas, hidroeléctricas, solares, térmicas, fotovoltaicas o de cualquier otra clase; f) la gestión, auditoría, servicios o la ingeniería de centrales o plantas industriales o eléctricas de cualquier tipo; g) efectuar estudios, inversiones, la contratación y subcontratación de la construcción y ejecución de infraestructuras, obras públicas, privadas y mixtas, instalaciones de producción o transporte de cualquier clase de energía e instalaciones y servicios de suministro, transformación y tratamiento de tecnología; h) la adquisición, cesión, inversión, tenencia y administración de bienes de equipos y de producción, materias primas, y energía, bienes de consumo, bienes muebles e inmuebles o derechos reales de cualquier clase y naturaleza; y la venta de energía a través de contratos de compraventa ya sea a clientes libres o a Empresas Distribuidoras; i) ostentar la titularidad, explotación y gestión de toda clase de concesiones que otorgue el Estado, incluyendo pertenencias o pedimentos mineros, y la gestión de servicios públicos, autorizaciones y licencias administrativas de obras y servicios; j) la prestación, tanto a las sociedades en las que participe como a favor de terceros, de servicios de asesoramiento técnico, administrativo, gestión económica y jurídica, administración, contabilidad, investigación, estudios de financiación, comercialización, transferencia de tecnología, participación y financiación de negocios no sujetas a legislación especial y demás prestaciones similares que guarden relación con la administración de sociedades participadas, con su estructura financiera o con las actividades establecidas en los párrafos anteriores; y cualquier otro negocio lícito que determinen los accionistas de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos. 4) Duración: Indefinida. 5) Capital: US$1.000 Dólares de los Estados Unidos de América dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución. Adicionalmente se deja constancia que se facultó en los artículos transitorios de los Estatutos a Pablo Jofré Vásquez y otros, para que actuando en nombre y representación de la sociedad pueda efectuar trámites de iniciación de actividades, instrucción en el Rol Único Tributario ante el Servicio de Impuestos Internos, entre otras facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2025. Magdalena Latorre Larrain. Notario Público Interino.

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