股份公司

Compañía Minera Cerro Blanco SpA

CONSTITUCIÓN — 2025年12月13日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2025-12-13查看 PDF(CVE 2741177)

公司資料

SpA
La Serena, Coquimbo
期限: diez años a contar de la fecha de suscripción del instrumento público de constitución, renovables automática y sucesivamente por iguales periodos de tiempo
管理方式: Directorio compuesto de tres miembros; Gerente General con representación judicial y extrajudicial

公司目的

El objeto de la sociedad será: Uno) la prospección, reconocimiento, exploración y explotación, según corresponda, de concesiones mineras, que tenga a cualquier título, considerando su extracción, producción y comercialización de minerales. En general, cualquier actividad que se relacione con la actividad minera. Dos) Asimismo, la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, la administración de dichas inversiones y frutos, junto con el desarrollo de dichas inversiones mineras, en el más amplio sentido de manera de cumplir con el objeto social.

資本

總資本

$30.000.000

實繳資本

$0

待繳資本

$30.000.000

股份

3,000

股東(1)

姓名持股比例

CAROLINE KALAHAN HEDERRA DÍAZ

Accionista

14.xxx.xxx-0

3,000

管理人(1)

SII 代表(1)

CAROLINE KALAHAN HEDERRA DÍAZ

14.xxx.xxx-0Representante

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARIANO TORREALBA ZILIANI, Abogado y Notario Público titular de la Quinta Notaria de La Serena, con domicilio en Avenida Juan Cisternas número dos mil doscientos ochenta y tres, local tres, Edificio Atrium, La Serena, certifica, que por escritura pública ante mí de fecha 04 de diciembre de 2025, repertorio notarial N° 2850 doña CAROLINE KALAHAN HEDERRA DÍAZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento diecisiete mil cuarenta y tres guion cero, domiciliada en El Milagro número tres mil doscientos cuarenta y cuatro, comuna de La Serena, constituyó una sociedad por acciones que se regirá por los estatutos establecidos en el referido instrumento público. Razón social: La razón social de la sociedad será “COMPAÑÍA MINERA CERRO BLANCO SpA”, pudiendo emplearse para actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, especialmente, bancos comerciales e instituciones financieras de la más diversa índole. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) la prospección, reconocimiento, exploración y explotación, según corresponda, de concesiones mineras, que tenga a cualquier título, considerando su extracción, producción y comercialización de minerales. En general, cualquier actividad que se relacione con la actividad minera. Dos) Asimismo, la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, la administración de dichas inversiones y frutos, junto con el desarrollo de dichas inversiones mineras, en el más amplio sentido de manera de cumplir con el objeto social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que se abran en el resto del país o en el extranjero. Vigencia: La duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de suscripción del instrumento público de constitución, renovables automática y sucesivamente por iguales periodos de tiempo, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de poner término a la sociedad al finalizar el respectivo periodo de vigencia, lo que deberá constar por escritura pública a subinscribirse al margen de la inscripción de la constitución de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, y notificarse a los demás socios con a lo menos seis meses de anticipación a la fecha de término. En caso de muerte de uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, debiendo estos tramitar la posesión efectiva de la herencia, de la cual se tomará nota al margen de la subinscripción de la sociedad en los registros conservatorios respectivos. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de treinta millones de pesos, dividido en tres mil acciones, nominativas, de serie única y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga en dinero en efectivo, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, de acuerdo al artículo Primero Transitorio de los Estatutos. No obstante lo anterior, el capital se entenderá modificado de pleno derecho de acuerdo al balance del ejercicio, debiendo éste expresar el nuevo capital resultante de la distribución de la revalorización del capital propio. Administración: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros. Los Directores durarán tres años en sus funciones y serán elegidos en su totalidad por la Junta Ordinaria de Accionistas respectiva, o por una Extraordinaria en su caso, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. La sociedad tendrá además un Gerente General, quien estará dotado de las facultades que le delegue el Directorio y al que además le corresponderá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, para el cumplimiento del objeto social. El Gerente General podrá suplir al Directorio en todas y cada una de sus funciones y prerrogativas ante la ausencia total de éste, siempre que se encuentre autorizado para tal efecto por la Junta de Accionistas por la mayoría absoluta de los socios con derecho a voto. En consecuencia, toda remisión al Directorio o alguno de sus miembros se aplicará al Gerente General en caso de ausencia de todos los miembros del Directorio. Ante la existencia de un único socio, éste oficiará como Administrador de la sociedad en carácter de Gerente General, salvo que mediante escritura pública y/o instrumento privado protocolizado designare a un tercero ajeno a la sociedad para ejercer el cargo. A mayor abundamiento, el Gerente General, en el ejercicio de la representación legal de la Sociedad, se encontrará investido con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. De conformidad al artículo Segundo Transitorio de los Estatutos, doña Caroline Kalahan Hederra Díaz asume el cargo de Gerente General de la Sociedad, en concordancia con lo previsto en el artículo Décimo Octavo de los Estatutos, encontrándose especialmente investida a partir de este momento con plenos poderes de representación de la sociedad, en particular, para realizar todos los trámites, gestiones y presentaciones que sea necesario efectuar ante el Servicio de Impuestos Internos, Municipalidades y otras entidades públicas y/o privadas con el objeto de permitir el funcionamiento de la sociedad y en especial para la obtención de la iniciación de actividades, la obtención de Rol Único Tributario, timbraje de boletas y facturas, y la emisión de patente municipal o cualquiera otra autorización que sea necesaria para el normal funcionamiento de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 11 de diciembre de 2025.

設立Diario Oficial · 2023-12-09查看 PDF(CVE 2419282)

公司資料

SpA
La Serena, Coquimbo
期限: diez años a contar de la fecha de suscripción del instrumento público de constitución, renovables automática y sucesivamente por iguales periodos de tiempo
管理方式: Directorio compuesto de tres miembros. Además un Gerente General con representación judicial y extrajudicial, y facultades de administración y disposición.

公司目的

la prospección, reconocimiento, exploración y explotación, según corresponda, de concesiones mineras, que tenga a cualquier título, considerando su extracción, producción y comercialización de minerales. En general, cualquier actividad que se relaciones con la actividad minera. Dos) Asimismo, la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, la administración de dichas inversiones y frutos, junto con el desarrollo de dichas inversiones mineras, en el mas amplio sentido de manera de cumplir con el objeto social.

資本

總資本

$30.000.000

股份

3,000

股東(1)

姓名持股比例

Claudio Andrés Lamas Medina

Accionista

16.xxx.xxx-8

100%

管理人(1)

Claudio Andrés Lamas Medina

16.xxx.xxx-8Gerente

SII 代表(1)

Claudio Andrés Lamas Medina

16.xxx.xxx-8Representante

摘要官方正文

Carla Virginia Casas-Cordero Soublette, Abogada, Notario Público Suplente del Titular don Pedro Felipe Villarino Krumm, con domicilio en calle Los Carrera quinientos veintinueve, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2023, Repertorio N°4679 - 2023, ante mí, comparece: don CLAUDIO ANDRÉS LAMAS MEDINA, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad número dieciséis millones cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos veinte guión ocho, domiciliado en El Milagro número tres mil doscientos cuarenta y cuatro, comuna de La Serena, constituyó una sociedad por acciones que se regirá por los estatutos establecidos en el referido instrumento público. Razón social: La razón social de la sociedad será “COMPAÑÍA MINERA CERRO BLANCO SpA”, pudiendo emplearse para actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, especialmente, bancos comerciales e instituciones financieras de la más diversa índole. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) la prospección, reconocimiento, exploración y explotación, según corresponda, de concesiones mineras, que tenga a cualquier título, considerando su extracción, producción y comercialización de minerales. En general, cualquier actividad que se relaciones con la actividad minera. Dos) Asimismo, la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, la administración de dichas inversiones y frutos, junto con el desarrollo de dichas inversiones mineras, en el mas amplio sentido de manera de cumplir con el objeto social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que se abran en el resto del país o en el extranjero. Vigencia: La duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de suscripción del instrumento público de constitución, renovables automática y sucesivamente por iguales periodos de tiempo, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de poner término a la sociedad al finalizar el respectivo periodo de vigencia, lo que deberá constar por escritura pública a subinscribirse al margen de la inscripción de la constitución de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, y notificarse a los demás socios con a lo menos seis meses de anticipación a la fecha de término. En caso de muerte de uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, debiendo estos tramitar la posesión efectiva de la herencia, de la cual se tomará nota al margen de la subinscripción de la sociedad en los registros conservatorios respectivos. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de treinta millones de pesos, dividido en tres mil acciones, nominativas, de serie única y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga en dinero en efectivo, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, de acuerdo al artículo Primero Transitorio de los Estatutos. No obstante lo anterior, el capital se entenderá modificado de pleno derecho de acuerdo al balance del ejercicio, debiendo éste expresar el nuevo capital resultante de la distribución de la revalorización del capital propio. Administración: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros. Los Directores durarán tres años en sus funciones y serán elegidos en su totalidad por la Junta Ordinaria de Accionistas respectiva, o por una Extraordinaria en su caso, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. La sociedad tendrá además un Gerente General, quien estará dotado de las facultades que le delegue el Directorio y al que además le corresponderá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, para el cumplimiento del objeto social. El Gerente General podrá suplir al Directorio en todas y cada una de sus funciones y prerrogativas ante la ausencia total de éste, siempre que se encuentre autorizado para tal efecto por la Junta de Accionistas por la mayoría absoluta de los socios con derecho a voto. En consecuencia, toda remisión al Directorio o alguno de sus miembros se aplicará al Gerente General en caso de ausencia de todos los miembros del Directorio. Ante la existencia de un único socio, éste oficiará como Administrador de la sociedad en carácter de Gerente General, salvo que mediante escritura pública y/o instrumento privado protocolizado designare a un tercero ajeno a la sociedad para ejercer el cargo. A mayor abundamiento, el Gerente General, en el ejercicio de la representación legal de la Sociedad, se encontrará investido con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. De conformidad al artículo Segundo Transitorio de los Estatutos, don Claudio Andrés Lamas Medina asume el cargo de Gerente General de la Sociedad, en concordancia con lo previsto en el artículo Décimo Octavo de los Estatutos, encontrándose especialmente investido a partir de este momento con plenos poderes de representación de la sociedad, en particular, para realizar todos los trámites, gestiones y presentaciones que sea necesario efectuar ante el Servicio de Impuestos Internos, Municipalidades y otras entidades públicas y/o privadas con el objeto de permitir el funcionamiento de la sociedad y en especial para la obtención de la iniciación de actividades, la obtención de Rol Único Tributario, timbraje de boletas y facturas, y la emisión de patente municipal o cualquiera otra autorización que sea necesaria para el normal funcionamiento de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 6 de diciembre de 2023.CARAT 16124.

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