股份公司

Comercial Lyj SpA

CONSTITUCIÓN — 2018年3月5日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2018-03-05查看 PDF(CVE 1361860)

公司資料

SpA
San Fernando, O'Higgins
期限: 10 años desde fecha escritura pública de constitución, prorrogándose su existencia, automática y sucesivamente y por iguales períodos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, a lo menos 180 días antes del vencimiento respectivo
管理方式: VALENTIN GABRIEL LABARCA PINTO estará premunido de todas y cada una de las facultades expresadas en el artículo décimo séptimo de los estatutos

公司目的

1) COMERCIALIZADORA DE VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS; 2) CONSTRUCCIÓN Y TODA CLASE DE OBRAS DE INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN EN GENERAL; 3) TRANSPORTES en sus más amplias y variadas índoles; 4) SOCIEDAD DE INVERSIONES en sus más amplias y variadas índoles; 5) LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA EN GENERAL; 6) COMERCIALIZADORA Y DE BAZAR DE REGALOS en sus más amplias y variadas índoles; 7) COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS DE ASEO

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$10.000.000

待繳資本

$0

股份

100

股東(1)

姓名持股比例

VALENTIN GABRIEL LABARCA PINTO

Accionista

18.xxx.xxx-3

100%

管理人(1)

VALENTIN GABRIEL LABARCA PINTO

18.xxx.xxx-3Administrador

摘要官方正文

JOSE LUIS RIVADENEIRA TRONCOSO, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la 2da. Notaria de San Fernando Suplente del Titular don CARLOS HORACIO GUZMAN BAIGORRIA, según Decreto Económico Nº 19-2018, emitido por el 2do. Juzgado de Letras de San Fernando, protocolizado bajo el repertorio Nº 514-2018, con oficio en calle Chillán número 595-A certifico: Por escritura hoy ante mí, VALENTIN GABRIEL LABARCA PINTO, chileno, soltero, empresario, C.N.I. Nº 18.917.860-3, con domicilio en calle O’Higgins Nº 262-B de la ciudad y Comuna de San Fernando, quien concurre al acto constituyendo Sociedad por Acciones hasta monto de su aporte. La que se regirá por el estatuto social y en silencio del estatuto social, de las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. La sociedad se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- RAZÓN SOCIAL: El nombre de la sociedad será “ COMERCIAL LyJ SpA ” sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive, ante los bancos e instituciones de créditos, Servicio de Impuestos Internos y, en general, ante cualquier institución pública o privada, de carácter nacional e internacional, con el nombre de fantasía de “LyJ SpA”.- OBJETO: 1) COMERCIALIZADORA DE VENTA DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS; 2) Además, CONSTRUCCIÓN Y TODA CLASE DE OBRAS DE INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN EN GENERAL, Solo a titulo ejemplar: podrá realizar Topografía y Montajes, ya sea por cuenta o en terrenos o inmuebles propios o ajenos, y todo tipo de obras de cualquier calificación, quedando especialmente establecidas las que dicen relación con la construcción de viviendas económicas a que se refiere el Decreto con Fuerza de Ley número Dos de mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones, pudiendo al efecto realizar todos los actos, contratos y negocios destinados a su construcción, adquisición, venta, permuta, arrendamiento y/o enajenación, asimismo la sociedad podrá prestar y realizar todo tipo de asesorías técnicas, proyectos, resolver consultas y elaborar informes, la construcción y reparación de edificios, demoliciones, la construcción de caminos, puentes, aeropuertos, obras públicas en general, construcción y pavimentación de aceras y calzadas, obras de vías férreas, instalaciones hidráulicas, embalses y canales, la construcción de obras sanitarias, alcantarillado, campos de deportes, refinerías, plantas industriales, mineras, obras marítimas, la instalación y construcción de sistemas de comunicación, plantas eléctricas e hidroeléctricas, equipos eléctricos, agua, de desagüe, artículos sanitarios, sistemas de aire acondicionado, calefacción, impermeabilización; 3) TRANSPORTES en sus más amplias y variadas índoles. Solo a titulo ejemplar: podrá transportar personal agrícola, podrá transportar escolares y particulares; realizar viajes especiales y turísticos a todo chile y el extranjero; prestar servicios de arriendo de vehículos a terceros; El transporte de carga ajena y el transporte nacional e internacional de toda clase de bienes muebles, mercaderías, encomiendas o pasajeros, por cuenta propia o de terceros, en vehículo terrestre, en vehículos propios o ajenos; la adquisición, explotación y comercialización de vehículos motorizados y maquinaria en cualquier forma, inclusive dándole arrendamiento, en suma cualquier actividad que se comprenda dentro del giro amplio de Transportes; 4) SOCIEDAD DE INVERSIONES en sus más amplias y variadas índoles. Solo a titulo ejemplar: podrá realizar inversiones en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, invertir en monedas extranjeras, cuotas de fondos mutuos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, que sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Importar y exportar toda clase de bienes muebles, servicios o intangibles, representar, inscribir y explotar toda clase de marcas industriales; Desarrollar inversiones en Chile y en el extranjeros en toda clase de capitales, en valores, bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos o deventures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades; La compraventa, leasing, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación; Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, subdividir y lotearlos; explotarlos directamente, o por terceros de cualquier forma; Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, en suma cualquier actividad que se comprenda dentro del giro amplio de Inversiones; 5) LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA EN GENERAL, Solo a titulo ejemplar: podrá producir, comprar, adquirir, elaborar, transformar, envasar, distribuir, importar y exportar, comercializar por cuenta propia o de terceros, toda clase de productos agropecuarios, agrícolas y frutícolas, al por mayor y al detalle, en el país y en el extranjero; la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente a cualquier título; la apicultura, avicultura, silvicultura, horticultura, granja, semillero, viveros, semillas, fruticultura; la cría, la invernada, la chacarería, la explotación de bosques y cualquier otro producto o actividad relacionada con dicha explotación, ya sea como propietaria, usufructuaria, arrendataria, simple tenedora, poseedora y/o administradora de predios agrícolas, o a cualquier otro título; podrá asimismo prestar Servicios: actuando como contratista rural o trabajando con uno o más de ellos, reparación de bienes involucrados; asesoramiento técnico de otros establecimientos o cualquier otra prestación de servicios para terceros que tengan relación con las actividades propias del giro social; La producción, explotación, comercialización, de productos agrícolas, frutícolas, ganaderas y forestales, bienes raíces o muebles; propios, arrendados o usufructuados, parrones, plantaciones y otros frutales o productos agropecuarios; compra y venta de productos secundarios, insumos, bienes raíces y muebles, frutos viníferos y otros, así como la administración de predios agrícolas, propios o ajenos, producción, explotación, recolección, elaboración, comercialización, importación, exportación, procesamiento, compra, venta y distribución por cuenta propia o ajena de producción viníferos, agrícolas, frutícolas, forestales, ganaderos, agropecuarios y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, que los socios acordaren en el futuro, sea civil, comercial, industrial u otras; 6) COMERCIALIZADORA Y DE BAZAR DE REGALOS en sus más amplias y variadas índoles. Solo a titulo ejemplar: Podrá efectuar la comercialización y distribución de productos manufacturados al por mayor y por menor; Comercialización y distribución de accesorios para el vestir personal; Comercialización y distribución de productos para el hogar; Confección de prendas de vestir de marcas propias; Confección de accesorios el hogar de marcas propias; Inscribir y explotar toda clase de marcas industriales; 7) COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS DE ASEO, ventas por mayor y al detalle de artículos de aseo, limpieza e higiene para uso personal e institucional, artículos de aseo y limpieza para vehículos, cosméticos y perfumería en general; y en general cualquier otra actividad se relacionen o no con el objeto social, pudiendo efectuar todo tipo de negocios o asuntos que en definitiva acuerden los socios.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: VALENTIN GABRIEL LABARCA PINTO, estará premunido de todas y cada una de las facultades expresadas en el artículo décimo séptimo de los estatutos, en escritura extractada..- CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $10.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y de igual valor, esto es la suma de $100.000 por cada una de estas acciones, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: VALENTIN GABRIEL LABARCA PINTO, suscribe la totalidad de las 100 acciones nominativas de “COMERCIAL LyJ SpA” las que paga y entera totalmente en este acto en dinero en efectivo y que se ingresaran en ese acto a la caja social.- DURACIÓN: 10 años desde fecha escritura pública de constitución, prorrogándose su existencia, automática y sucesivamente y por iguales períodos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, a lo menos 180 días antes del vencimiento respectivo.- DOMICILIO: San Fernando, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.- RESPONSABILIDAD: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- San Fernando, 28 de Febrero 2018.-

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