Comercial Italcad Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
la compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, diseño, fabricación, mantención, reparación, de todo tipo de joyas, y cualquier otra actividad que los socios acuerden, se relacione o no con el objeto ya indicado
資本
總資本
$4.000.000
實繳資本
$4.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
REBECA DE JESUS PAYERA ILLANES Socio | - | 99% | $3.960.000 |
Socio | - | 1% | $40.000 |
管理人(1)
REBECA DE JESUS PAYERA ILLANES
摘要官方正文
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaria Providencia, Avenida Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, el 10 de Julio de 2024, Repertorio N° 4751/2024, REBECA DE JESUS PAYERA ILLANES, domiciliada en Duluth 7180, Lo Prado, y MIRIAM IVONNE BECERRA PIZARRO, domiciliada en Chiloé 3601, Depto. 1407, San Miguel, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes, bajo razón social “COMERCIAL ITALCAD LIMITADA” y nombre de fantasía “ITALCAD LTDA.”. Objeto: la compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, diseño, fabricación, mantención, reparación, de todo tipo de joyas, y cualquier otra actividad que los socios acuerden, se relacione o no con el objeto ya indicado. Domicilio: Santiago. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000, que se entera, aporta y paga por las socias en la siguiente forma: a) don REBECA DE JESUS PAYERA ILLANES, aporta $3.960.000, equivalente al 99% del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, y b) doña MIRIAM IVONNE BECERRA PIZARRO, aporta $40.000, equivalente al 1% del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social. Administración, representación y uso razón social corresponderá a REBECA DE JESUS PAYERA ILLANES. Duración: La sociedad tendrá una duración de tres años a contar del 10 de Julio de 2024, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prórrogas, en su caso. Santiago, 10 de Julio de 2024.
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
COMERCIAL ITALCAD LIMITADA
CVE 2519383
