個人有限責任企業

Christian Oyanader Asesorías Y Consultorías En Calidad, Prevención Y Medio Ambiente E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 2016年10月20日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2016-10-20查看 PDF(CVE 1125824)

公司資料

Ltda
Antofagasta, Antofagasta
期限: 3 años, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años
管理方式: La administración, representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a doña LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL, con amplias facultades.

公司目的

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, servicios y/o trabajos de arriendo de vehículos, maquinarias, equipos e insumos; asesorías en ingeniería, instrumentación, automatización industrial y electricidad; actuar como contratista y subcontratista de obras menores, obras civiles, montajes industrial e instalaciones eléctricas; prestación de servicios integrales a la minería y a la industria; compra, venta, permuta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de bienes y maquinarias; adquisición, enajenación, explotación y administración de bienes inmuebles y muebles; transporte de mercaderías, personas, carga, encomiendas y mudanzas; compraventa y arriendo de vestimenta y artículos de seguridad; importación, exportación, comercialización y distribución de productos; y demás actividades complementarias o anexas al giro principal, incluyendo trabajos y servicios en el área metalmecánica, electricidad y metalúrgica.

資本

總資本

$2.000.000

實繳資本

$2.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL

Socio

25.xxx.xxx-4

90%

CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS

Socio

13.xxx.xxx-8

10%

管理人(1)

LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL

25.xxx.xxx-4Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2013年8月8日

    Constitución de la E.I.R.L. CHRISTIAN OYANADER ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS EN CALIDAD, PREVENCIÓN Y MEDIO AMBIENTE E.I.R.L. o GENESIS PROJECT E.I.R.L.

    CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS

  2. 權益轉讓

    CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS cede el 90% de sus derechos a LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL por $3.000.000.

    CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS · LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL

  3. 公司形式轉換

    La E.I.R.L. se transforma en sociedad comercial de responsabilidad limitada bajo la razón social METALCENTER SOLUCIONES METALMECANICA LTDA, nombre de fantasía METALCENTER LTDA.

    CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS · LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL

摘要官方正文

MARÍA LASCAR MERINO, notario titular 6 Notaria Antofagasta, Prat 482, local 25, Certifica escritura hoy ante mí: don CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS, chileno, casado, ingeniero en prevención de riesgos, cuarenta años de edad, cédula nacional de identidad número trece millones once mil trescientos cuarenta y siete guión ocho, domiciliado en calle Nicolás Tirado número noventa, departamento sesenta y uno, Edificio A, Condominio Parque Mar, de la ciudad de Antofagasta; y, doña LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL, de nacionalidad Colombiana, soltera, Asistente Administrativa, cédula nacional de identidad número veinticinco millones ciento setenta mil ochocientos setenta y cinco guión cuatro, con domicilio en calle Bandera número siete mil cuatrocientos veintiséis, departamento doce, de la ciudad de Antofagasta; constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, trasformando E.I.R.L “CHRISTIAN OYANADER ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS EN CALIDAD, PREVENCIÓN Y MEDIO AMBIENTE E.I.R.L.” o “GENESIS PROJECT E.I.R.L”, Rol Único Tributario Nº76.349.216-8, constituida escritura 08/08/2013, ante don Julio Abasolo Aravena, notario titular de la segunda notaría de Antofagasta, inscrita extracto fjs. 2.869, Nº1.850, Registro comercio Antofagasta, del año 2013, publicado D.O. 10/08/2013, N°40.631. CESIÓN DE DERECHOS: Don don CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS, dueño del 100% de la empresa individual de responsabilidad limitada, vendió, cedió y transfirió el 90 por ciento de dicho derechos que posee en la empresa a doña LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL, quien ingresó y los compra para sí, El precio de la venta y cesión de derechos, es la cantidad de $3.000.000, que el comprador y cesionario pagará de la siguiente forma: Con la suma de quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, en este acto, a entera satisfacción del cedente y vendedor; y, el saldo de dos millones quinientos mil pesos, se pagará en tres cuotas la primera de un millón de pesos, con fecha de pago el primero de Noviembre del año dos mil dieciséis; segunda por la suma de un millón de pesos, con fecha de pago el primero de Diciembre del año dos mil dieciséis; y, la Tercera y última, por la suma de quinientos mil pesos, con fecha de pago el primero de enero del año dos mil diecisiete. Conforme a la cesión de derechos referida precedentemente, han quedado radicados la totalidad de los derechos en don CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS, y doña LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL, quienes transforman la empresa individual de responsabilidad limitada señalada en una sociedad comercial de responsabilidad limitada, en conformidad a las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo aquello que no se hubiere estipulado en el presente contrato, de acuerdo a los siguientes términos: RAZON SOCIAL: “METALCENTER SOLUCIONES METALMECANICA LTDA”, nombre de fantasía de "METALCENTER LTDA.".- DOMICILIO:- La sociedad tendrá como domicilio a contar de esta fecha la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que los socios acuerden establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración, la representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL, quien anteponiendo a su firma a la razón social, gozarán de las más amplias facultades. OBJETO:- El giro y objeto social será Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, los siguientes servicios y/o trabajos: a) Arriendo de todo tipo de vehículo, maquinarias, equipos e insumos a faenas mineras, industria y público en general; c) Asesorías en ingeniería, instrumentación, automatización industrial y electricidad; c) actuar como contratista y subcontratista de obras menores, de obras civiles, montajes industrial, instalaciones eléctricas; d) La prestación de servicios integrales a la minería y a la industria en general. Para ello, podrá la sociedad efectuar compra, venta, permuta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y maquinarias para el desarrollo de la actividad industrial y/o minera; la adquisición, enajenación, explotación y administración de toda clase de bienes inmuebles y muebles corporales o incorporales, de cualquier naturaleza, destinados a los fines propios del negocio ya referido, pudiendo percibir sus frutos directa o indirectamente; e) Arriendo de todo tipo de vehículos, maquinarias, equipos e insumos a la minería, industria y público en general; F) La prestación de servicios de transporte de mercaderías de todo tipo, ya sean perecibles o no perecibles, refrigerados o no, insumos de todo tipo, menaje, materiales de construcción, ferretería, insumos automotrices, insumos agrícolas, transporte de materias primas o elaboradas, en general el servicio de transporte de personas, de carga y encomienda, mudanza, materiales eléctricos; g) Compraventa, arrendamiento de vestimenta y artículos de seguridad; h) Importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de productos corporales, perecibles o no perecibles; i) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, pudiendo idear, elaborar, destruir, comercializar, y en general desarrollar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que sean afines y conduzcan a los objetivos antes señalados. Actividades todas, que la sociedad podrá desarrollar tanto para entidades privadas como privadas, o directamente para personas naturales, por cuenta propia o ajena, por vehículos propios, arrendados o de terceros; J) La realización de todo tipo de trabajos y servicios en terrenos, en el área metalmecánica; electricidad, en general, como asimismo, la reparación y mantenimiento en general, en ésta misma área; k) La realización de todo tipo de trabajos y servicios, relacionados al área de la Metalúrgica en general.- CAPITAL:- El capital de la sociedad será la suma de $2.000.000 cantidad que aportan de la siguiente manera: a) Socia doña LEIDY JOHANNA GUZMAN VILLAMIL, con la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL PESOS, que entera e ingresa a la caja social en este acto y en dinero efectivo, equivalente a NOVENTA por ciento de los derechos y acciones de la sociedad; y, b) Socio don CHRISTIAN ROBERTO OYANADER ROJAS, con la cantidad de DOSCIENTOS MIL PESOS, que entera e ingresa a la caja social en este acto y en dinero efectivo, equivalente a DIEZ por ciento de los derechos y acciones de la sociedad. La sociedad se da por recibida de los aportes al contado hecha por los socios, para todos los efectos legales y tributarios.- RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- DURACION:- La sociedad tendrá duración de tres años, contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de tres años, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante una declaración por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el respectivo Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas.- Otras estipulaciones escritura. ANTOFAGASTA, 13 Octubre 2016.

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