有限責任公司

Centro Odontológico V & D Limitada

CONSTITUCIÓN — 2021年1月27日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2021-01-27查看 PDF(CVE 1886377)

公司資料

Ltda
Maipú, Región Metropolitana
期限: 5 años a contar de la fecha de esta escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente, por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública otorgada y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de la prórroga que estuviera rigiendo
管理方式: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don FERNANDO ARIEL VIEYRA JAQUE, quien deberá actuar en forma conjunta con una cualquiera de las socias, doña SANDRA PAMELA JAQUE MUÑOZ y/o doña JEANNETTE ALEJANDRA DÍAZ PULGAR

公司目的

La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación, dirección y administración de clínicas, centros dentales y laboratorios, para la prestación de servicios en las diversas áreas de la medicina, pacientes ambulatorios y hospitalizados; b) realizar consultas domiciliarias, procedimientos médicos y dentales; c) Efectuar diagnósticos, tratamientos terapéuticos, exámenes radiológicos ecografías y análisis de laboratorio clínico en forma directa o mediante convenios a particulares o beneficiarios del fondo de salud, instituciones de Salud Previsional y Servicios de Bienestar; d) Asimismo se comprenden los servicios de Paramédicos y técnicos dentales; e) La importación, exportación industrialización, compra, venta, comercialización, representación y distribución por cuenta propia o de terceros de toda clase de instrumentos, artículos, equipos, elementos materiales de producto de uso médico, dental y quirúrgico, como asimismo de todo tipo de fármacos, remedios y productos medicinales en general f) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los socios. Además, la sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, efectos públicos o de comercio, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades, etcétera, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Todas las actividades antes referidas, que constituyen el objeto de la sociedad, podrá ésta desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, que los socios de común acuerdo determinen, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales

資本

總資本

$9.000.000

實繳資本

$9.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

SANDRA PAMELA JAQUE MUÑOZ

Socio

55.6%

FERNANDO ARIEL VIEYRA JAQUE

Socio

22.2%

JEANNETTE ALEJANDRA DÍAZ PULGAR

Socio

22.2%

管理人(1)

摘要官方正文

MARIA ANGELICA SANTIBAÑEZ TORRES, ABOGADA, NOTARIO PUBLICO SUPLENTE, TRIGESIMA QUINTA NOTARIA DE SANTIAGO, OFICIO EN PASEO BULNES 141, SANTIAGO, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 14.01.2021, repertorio N° 61-2021, ante mí, doña SANDRA PAMELA JAQUE MUÑOZ, contador auditor, domiciliada para estos efectos en Los Almendros 6176, Cerrillos; don FERNANDO ARIEL VIEYRA JAQUE, Cirujano Dentista, domiciliado en Luis Gandarillas 511 Maipú; y doña JEANNETTE ALEJANDRA DÍAZ PULGAR, Cirujana Dentista, domiciliada para estos efectos en Luis Gandarillas 511, Maipú, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: La razón social será CENTRO ODONTOLÓGICO V & D LIMITADA, nombre de fantasía Clínica Dental V & D LTDA. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación, dirección y administración de clínicas, centros dentales y laboratorios, para la prestación de servicios en las diversas áreas de la medicina, pacientes ambulatorios y hospitalizados; b) realizar consultas domiciliarias, procedimientos médicos y dentales; c) Efectuar diagnósticos, tratamientos terapéuticos, exámenes radiológicos ecografías y análisis de laboratorio clínico en forma directa o mediante convenios a particulares o beneficiarios del fondo de salud, instituciones de Salud Previsional y Servicios de Bienestar; d) Asimismo se comprenden los servicios de Paramédicos y técnicos dentales; e) La importación, exportación industrialización, compra, venta, comercialización, representación y distribución por cuenta propia o de terceros de toda clase de instrumentos, artículos, equipos, elementos materiales de producto de uso médico, dental y quirúrgico, como asimismo de todo tipo de fármacos, remedios y productos medicinales en general f) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los socios. Además, la sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, efectos públicos o de comercio, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades, etcétera, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Todas las actividades antes referidas, que constituyen el objeto de la sociedad, podrá ésta desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, que los socios de común acuerdo determinen, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales. CAPITAL: $9.000.000.- que los socios aportan de la siguiente manera: Uno) El socio SANDRA PAMELA JAQUE MUÑOZ aporta el cincuenta y cinco coma seis por ciento del capital social, esto es, la suma de cinco millones de pesos, que paga en este mismo acto, de contado, suma que se ingresa en arcas sociales a entera satisfacción de los comparecientes; Dos) El socio FERNANDO ARIEL VIEYRA JAQUE, aporta el veintidós coma dos por ciento equivalente a la suma de dos millones de pesos que paga en este mismo acto, de contado, suma que se ingresa en arcas sociales a entera satisfacción de los comparecientes Tres) El socio JEANETTE ALEJANDRA DÍAZ PULGAR aporta el veintidós coma dos por ciento equivalente a la suma de dos millones de pesos que paga en este mismo acto, de contado, suma que se ingresa en arcas sociales a entera satisfacción de los comparecientes. De este modo, queda íntegramente enterado y pagado el capital social. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: Maipú, calle Luis Gandarillas 511, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acordaran establecer en otros puntos del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZON SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don FERNANDO ARIEL VIEYRA JAQUE, quien deberá actuar en forma conjunta con una cualquiera de las socias, doña SANDRA PAMELA JAQUE MUÑOZ y/o doña JEANNETTE ALEJANDRA DÍAZ PULGAR. DURACION: 5 años a contar de la fecha de esta escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente, por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública otorgada y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de la prórroga que estuviera rigiendo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 Enero 2021.

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