Boca De León Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: /a/ la explotación agrícola, pecuaria y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación. /b/ Comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas todo tipo de productos agrícolas, frutícolas y pecuarios, semillas, plantas, fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícola, vitivinícola y agropecuaria; /c/ Comercializar y distribuir equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores. /d/ Importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en las letras precedentes. /e/ Prestar servicios de depósito, almacenamiento, secado, frío y otros servicios a productores agrícolas, o de otro tipo. /f/ Producir directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura. fruticultura, vinicultura o silvicultura. /g/ Promover o realizar directamente o en asociación con terceros agro-industrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos, envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general, de productos del agro. /h/ Prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos, económicos relacionados con el sector agropecuario. /i/ El desarrollo y/o participación en todo tipo de proyectos o inversiones turísticas y contratar todo tipo de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero; /j/ Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y en cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; /k/ Prestar todo tipo de asesorías y consultorías; y, /j/ En general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas.
資本
總資本
$10.000.000
實繳資本
$1.000
待繳資本
$9.999.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.99% | $9.999.000 |
Socio | - | 0.01% | $1.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
JOSE LUIS RIVADENEIRA TRONCOSO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de San Fernando, don CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA, según decreto económico número setenta y cinco guión dos mil veintiuno, protocolizado bajo el repertorio número dos mil setecientos ochenta y cuatro guión dos mil veintiuno y con oficio en calle Chillán quinientos noventa y cinco guión A, Comuna de San Fernando, certifica: por escritura pública de esta fecha, ante mí, don José Gabriel Edwards Cosmelli, domiciliado en Camino Largo Sn, San Fernando, San Fernando y doña Macarena Crespo Parro, domiciliada en Camino Largo Sn, San Fernando, San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, en adelante la "Sociedad", cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “BOCA DE LEÓN LIMITADA”. Domicilio: Ciudad de Malloa, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: 10 años a partir fecha escritura extractada, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que uno cualquiera de los socios, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de terminarla, mediante una declaración hecha por escritura pública que será anotada en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ la explotación agrícola, pecuaria y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación. /b/ Comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas todo tipo de productos agrícolas, frutícolas y pecuarios, semillas, plantas, fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros insumos de las actividades agrícola, vitivinícola y agropecuaria; /c/ Comercializar y distribuir equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores. /d/ Importar y exportar por cuenta propia o de terceros los productos y especies señalados en las letras precedentes. /e/ Prestar servicios de depósito, almacenamiento, secado, frío y otros servicios a productores agrícolas, o de otro tipo. /f/ Producir directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura. fruticultura, vinicultura o silvicultura. /g/ Promover o realizar directamente o en asociación con terceros agro-industrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos, envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general, de productos del agro. /h/ Prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos, económicos relacionados con el sector agropecuario. /i/ El desarrollo y/o participación en todo tipo de proyectos o inversiones turísticas y contratar todo tipo de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero; /j/ Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y en cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; /k/ Prestar todo tipo de asesorías y consultorías; y, /j/ En general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de diez millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: Uno/ José Gabriel Edwards Cosmelli, la cantidad de nueve millones novecientos noventa y nueve mil pesos, aportándolo en dinero en efectivo, equivalente al noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento del haber social, que se enterará y pagará en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años, contado desde la fecha de la presente escritura y Dos/ Macarena Crespo Parro, la cantidad de mil pesos, equivalente al cero coma cero uno por ciento del haber social, que se paga en este acto en dinero efectivo. Administración y uso razón social: Corresponderá al socio José Gabriel Edwards Cosmelli con las facultades señaladas en escritura extractada. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- San Fernando, 17 de Diciembre de 2021.
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