Asesorías Y Servicios Santa Gracia Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto la asesoría y prestación de servicios en materias legales y comerciales en general, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, por cuenta propia o a través de terceros.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Manuel Alberto Araya Henríquez Socio | - | 99% | $990.000 |
Socio | - | 1% | $10.000 |
管理人(1)
Manuel Alberto Araya Henríquez
摘要官方正文
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy ante mí, don Manuel Alberto Araya Henríquez y don José Pablo Bravo Burnier, ambos domiciliados en Huérfanos 1178, oficina 614, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “ASESORÍAS Y SERVICIOS SANTA GRACIA LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, publicidad y ante bancos e instituciones financieras “Santa Gracia Ltda.”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la asesoría y prestación de servicios en materias legales y comerciales en general, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, por cuenta propia o a través de terceros. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de oficinas, representaciones y sucursales en otras ciudades país y/o extranjero. Administración y uso de razón social: corresponderá al socio don Manuel Alberto Araya Henríquez, con amplias facultades. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y pagan, de la siguiente manera: (i) don Manuel Alberto Araya Henríquez aporta la suma de $990.000, equivalente al 99% de los derechos sociales, que paga en el acto de la constitución, al contado y en dinero efectivo y son ingresados a la caja social a entera satisfacción de la Sociedad y del otro socio; y, (ii) don José Pablo Bravo Burnier con la suma de $10.000, equivalente al 1% de los derechos sociales, que paga en el acto de la constitución, al contado y en dinero efectivo y son ingresados a la caja social a entera satisfacción de la Sociedad y del otro socio. Duración: La Sociedad tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de 5 años cada uno salvo que cualquiera de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura publica inscrita en el Registro de Comercio respectivo y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el mismo registro. Responsabilidad de los Socios. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre de 2023.
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- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS Y SERVICIOS SANTA GRACIA LIMITADA
CVE 2426027
