Asesorías y Servicios Proa Estrategia Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de asesorías y servicios a personas naturales y jurídicas relacionados con el desarrollo de estrategias de negocios, comunicaciones estratégicas, sostenibilidad, gestión de cambio y de impacto, asuntos públicos, liderazgo organizacional, posicionamiento y gestión de crisis, vocerías, relaciones externas, realización de talleres, diseños de experiencias y actividades afines, así como cualquier otro servicio de naturaleza similar o complementaria vinculado al ámbito empresarial, comunicacional u organizacional; y en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores.
資本
總資本
$500.000
實繳資本
$500.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 50% | $250.000 |
Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 50% | $250.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
Ministerio del Interior PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifica que, por escritura pública otorgada con fecha 27 de mayo de 2025, repertorio Nº22.703-2025, ante mí, (i) doña Magdalena Larraín Matte, cédula de identidad número 15.366.446-3, y (ii) doña Candelaria Valdés Raczynski, cédula de identidad número 15.313.646-7, ambas domiciliados para estos efectos en Lago Riñihue 02319, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la ley 3.918, de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: Asesorías y Servicios Proa Estrategia Limitada (en adelante, la “Sociedad”). Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Magdalena Larraín Matte y doña Candelaria Valdés Raczynski, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $500.000 que los socios aportaron de la siguiente manera: (i) doña Magdalena Larraín Matte la suma de $250.000 en dinero, equivalente al 50% del capital social y (ii) doña Candelaria Valdés Raczynski la suma de $250.000 en dinero, equivalente al 50% del capital social. Objeto: El objeto de la Sociedad es: (a) La prestación de asesorías y servicios a personas naturales y jurídicas relacionados con el desarrollo de estrategias de negocios, comunicaciones estratégicas, sostenibilidad, gestión de cambio y de impacto, asuntos públicos, liderazgo organizacional, posicionamiento y gestión de crisis, vocerías, relaciones externas, realización de talleres, diseños de experiencias y actividades afines, así como cualquier otro servicio de naturaleza similar o complementaria vinculado al ámbito empresarial, comunicacional u organizacional; y (b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura de constitución. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para requerir y firmar las publicaciones, inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan. Santiago, 02 de junio de 2025.
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- CONSTITUCIÓN
Asesorías y Servicios Proa Estrategia Limitada
CVE 2656163
