Asesorías Legales Trapananda Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, de asesoría legal en el ámbito corporativo, extrajudicial, prejudicial o judicial a personas jurídicas, naturales y entidades de derecho público o privado, ya sean nacionales o extranjeras; la defensa de los anteriores ante todo tipo de tribunales del país e internacionales y en los diversos procedimientos aplicables; la ejecución de todo tipo de proyectos y encargos que digan relación con el ámbito del derecho, y la realización de toda clase de actividades de asesoría que se relacionen con los títulos profesionales o técnicos de los socios, o el objeto social en el caso de que los socios se constituyan como sociedades de profesionales.
資本
總資本
$500.000
實繳資本
$500.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-1 | 7.xxx.xxx-1 | 99.8% | $499.000 |
Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 0.1% | $500 |
Socio 15.xxx.xxx-2 | 15.xxx.xxx-2 | 0.1% | $500 |
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摘要官方正文
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público de la 8ª Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos número novecientos cuarenta y uno, local trescientos dos, Pasaje Matte, comuna y ciudad de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2022 ante mí, ENRIQUE ALCALDE UNDURRAGA, cédula de identidad 7.052.871-1, MARÍA CAROLINA ALCALDE ROSS, cédula de identidad 15.641.208-2, y MARÍA JOSÉ ALCALDE ROSS, cédula de identidad 16.096.172-4, todos domiciliados en Avenida Vitacura 2969, piso 17, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “ASESORÍAS LEGALES TRAPANANDA LIMITADA”. Domicilio: Santiago. Objeto: El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, de asesoría legal en el ámbito corporativo, extrajudicial, prejudicial o judicial a personas jurídicas, naturales y entidades de derecho público o privado, ya sean nacionales o extranjeras; la defensa de los anteriores ante todo tipo de tribunales del país e internacionales y en los diversos procedimientos aplicables; la ejecución de todo tipo de proyectos y encargos que digan relación con el ámbito del derecho, y la realización de toda clase de actividades de asesoría que se relacionen con los títulos profesionales o técnicos de los socios, o el objeto social en el caso de que los socios se constituyan como sociedades de profesionales. Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a Enrique Alcalde Undurraga, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma personal a la razón social podrá representarla con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. Capital: $500.000.- que los socios aportan, enteran y pagan inmediatamente de la siguiente manera: Enrique Alcalde Undurraga, aporta la suma de $499.000.-, equivalentes al 99,8% del haber social, que entera y paga en este acto al contado y en dinero efectivo; María José Alcalde Ross, aporta la suma de $500.-, equivalentes al 0,1% del haber social, que entera y paga en este acto al contado e ingresado en caja social; y, María Carolina Alcalde Ross aporta la suma de $500.-, equivalentes al 0,1% del haber social, que entera y paga en este acto al contado e ingresado en caja social. Duración: 10 años, contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo manifestación en contrario de uno de cualquiera de los socios por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a sesenta días corridos contados desde el vencimiento del período de duración inicial pactado o de su respectiva renovación, según corresponda. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Diciembre de 2022.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.
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