Asesorías En Construcción Y Diseño Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios de asesoría en construcción y especialmente la fiscalización y certificación de hitos y/o estados de avance de las obras, incluyendo los servicios de inspección técnica de obras terminadas; y la asesoría en el diseño de obras; que no impliquen actividades de construcción; y todos los demás negocios y operaciones que sean convenientes al interés social, complementarios o conexos con él, que los socios acuerden.
資本
總資本
$1.000.000
待繳資本
$1.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $600.0000 |
Cristián Andrés Velasco Riviera Socio | - | 40% | $400.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
MAX EDUARDO ORDÓÑEZ URBINA, Notario Público Titular Los Andes con oficio en calle Manuel Rodríguez trescientos cincuenta, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: VANESSA ANDREA VARGAS FERRADA, educadora de párvulos, y CRISTIÁN ANDRÉS VELASCO RIVIERA, constructor civil, ambos domiciliados en calle Los Villares número 4.400, casa 10, Comuna Calle Larga, Provincia de Los Andes, constituyen sociedad responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “ASESORÍAS EN CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO LIMITADA” Nombre de fantasía "AC&D Ltda.” DOMICILIO: Los Andes pudiendo establecer agencias, sucursales otras ciudades del país o extranjero. OBJETO: El objeto o giro social será la prestación de servicios de asesoría en construcción y especialmente la fiscalización y certificación de hitos y/o estados de avance de las obras, incluyendo los servicios de inspección técnica de obras terminadas; y la asesoría en el diseño de obras; que no impliquen actividades de construcción; y todos los demás negocios y operaciones que sean convenientes al interés social, complementarios o conexos con él, que los socios acuerden. Capital: $1.000.000, que socios aportarán en plazo 3 años, según requerimientos de los negocios sociales, y que se enterarán en la siguiente proporción: a) Vanessa Andrea Vargas Ferrada $600.0000, equivalente 60% capital; b) Cristián Andrés Velasco Riviera, $400.000, equivalente 40% capital. Administración, representación uso razón social corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quien actuando por la sociedad, separada o conjuntamente con el otro socio, y anteponiendo razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto y giro ya indicado, o a las actividades que los socios acuerden extenderlo, con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Duración: 5 años, a contar fecha escritura, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales 5 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término al vencimiento del plazo vigente, primitivo o prorrogado, mediante una declaración en este sentido, otorgada por escritura pública con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del periodo en vigencia, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social dentro del mismo plazo. Además, se notificará, en el mismo término, por carta certificada a la residencia del otro socio del hecho de haber puesto término a la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Andes, 2 Diciembre 2019.
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La prestación de servicios de asesoría en construcción y especialmente la fiscalización y certificación de hitos y/o estados de avance de las obras, incluyendo los servicios de inspección técnica de obras terminadas; y la asesoría en el diseño de obras; que no impliquen actividades de construcción; y todos los demás negocios y operaciones que sean convenientes al interés social, complementarios o conexos con él, que los socios acuerden.
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待繳資本
$1.000.000
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| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
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Socio | - | 60% | $600.0000 |
Cristián Andrés Velasco Riviera Socio | - | 40% | $400.000 |
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MAX EDUARDO ORDÓÑEZ URBINA, Notario Público Titular Los Andes con oficio en calle Manuel Rodríguez trescientos cincuenta, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: VANESSA ANDREA VARGAS FERRADA, educadora de párvulos, y CRISTIÁN ANDRÉS VELASCO RIVIERA, constructor civil, ambos domiciliados en calle Los Villares número 4.400, casa 10, Comuna Calle Larga, Provincia de Los Andes, constituyen sociedad responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “ASESORÍAS EN CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO LIMITADA” Nombre de fantasía "AC&D Ltda.” DOMICILIO: Los Andes pudiendo establecer agencias, sucursales otras ciudades del país o extranjero. OBJETO: El objeto o giro social será la prestación de servicios de asesoría en construcción y especialmente la fiscalización y certificación de hitos y/o estados de avance de las obras, incluyendo los servicios de inspección técnica de obras terminadas; y la asesoría en el diseño de obras; que no impliquen actividades de construcción; y todos los demás negocios y operaciones que sean convenientes al interés social, complementarios o conexos con él, que los socios acuerden. Capital: $1.000.000, que socios aportarán en plazo 3 años, según requerimientos de los negocios sociales, y que se enterarán en la siguiente proporción: a) Vanessa Andrea Vargas Ferrada $600.0000, equivalente 60% capital; b) Cristián Andrés Velasco Riviera, $400.000, equivalente 40% capital. Administración, representación uso razón social corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quien actuando por la sociedad, separada o conjuntamente con el otro socio, y anteponiendo razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto y giro ya indicado, o a las actividades que los socios acuerden extenderlo, con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Duración: 5 años, a contar fecha escritura, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales 5 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término al vencimiento del plazo vigente, primitivo o prorrogado, mediante una declaración en este sentido, otorgada por escritura pública con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del periodo en vigencia, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social dentro del mismo plazo. Además, se notificará, en el mismo término, por carta certificada a la residencia del otro socio del hecho de haber puesto término a la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Andes, 2 Diciembre 2019.
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