Asesorías E Inversiones Santa Carolina SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la inversión en toda clase de acciones, en derechos de todo tipo de sociedades, en bonos, debentures y toda clase de instrumentos financieros, bancarios y mercantiles, y; b) la compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, sean ellos muebles o inmuebles; b) la prestación de servicios de asesoría profesional legal, inmobiliaria y financiera, así como cualquiera otra especialidad que pudieren tener los accionistas actuales o futuros; c) corretaje de propiedades y gestión inmobiliarios, tasaciones, asesorías, venta y arriendos, administraciones de edificios y propiedades inmobiliarias, gestiones de cobranzas; d) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y explotación, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles, la administración de tales bienes y las rentas a que den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes con el objeto antes señalado.
資本
總資本
$100.000
實繳資本
$100.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $50.000 |
Carlos Marcelo Riquelme Villagrán Accionista | - | 50% | $50.000 |
管理人(2)
Carolina del Pilar Riquelme Villagrán
摘要官方正文
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de 22 de mayo de 2017, ante mí, Gonzalo Serrano Romo y Carlos Marcelo Riquelme Villagrán, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “Asesorías e Inversiones Santa Carolina SpA”, Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la inversión en toda clase de acciones, en derechos de todo tipo de sociedades, en bonos, debentures y toda clase de instrumentos financieros, bancarios y mercantiles, y; b) la compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, sean ellos muebles o inmuebles; b) la prestación de servicios de asesoría profesional legal, inmobiliaria y financiera, así como cualquiera otra especialidad que pudieren tener los accionistas actuales o futuros; c) corretaje de propiedades y gestión inmobiliarios, tasaciones, asesorías, venta y arriendos, administraciones de edificios y propiedades inmobiliarias, gestiones de cobranzas; d) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y explotación, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles, la administración de tales bienes y las rentas a que den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes con el objeto antes señalado. Capital. El capital de la Sociedad es de cien mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, y de una misma serie. El capital podrá pagarse en dinero u otros bienes. El capital se entera, se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es de cien mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, el que se suscribe y pagará del modo siguiente: a) Gonzalo Serrano Romo, suscribe en este acto cincuenta acciones, por un total de cincuenta mil pesos, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social, el cual se paga de contado y en dinero efectivo, ingresando dicho monto en arcas sociales; y, b) Carlos Marcelo Riquelme Villagrán, suscribe en este acto cincuenta acciones, por un total de cincuenta mil pesos, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social, el cual se paga de contado y en dinero efectivo, ingresando dicho monto en arcas sociales; la administración de la sociedad corresponderá a don Gonzalo Serrano Romo y doña Carolina del Pilar Riquelme Villagrán, quienes actuando separada e indistintamente, representarán a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 05 de junio de 2017. M. V. Wielandt C. N. S.
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CVE 1226373
