有限責任公司

Araya Y Henriquez Ingeniería Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年12月11日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2023-12-11查看 PDF(CVE 2419827)

公司資料

Ltda
Concepción, Biobío
期限: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por el mismo período de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación, de a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período inicial o de algunas de sus prórrogas, mediante escritura pública de declaración anotada al margen de los estatutos sociales en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo
管理方式: Corresponderá a ambas socias, Sandra Isabel Araya Tapia y Julieta Adriana Henríquez Caamaño, quienes actuando en forma separada e indistintamente, denominadas en adelante la “administradora” y/o las “administradoras”, tendrán las facultades y limitación, señaladas en la escritura.

公司目的

La sociedad tendrá por objeto exclusivamente: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en proyectos de ingeniería proveniente del ejercicio profesional de sus socios; b) Servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de ingeniero civil industrial; y c) La prestación de todo tipo de servicios de asesoría y consultoría del ejercicio profesional que se relacionen con la ingeniería en general.

資本

總資本

$2.000.000

實繳資本

$2.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

SANDRA ISABEL ARAYA TAPIA

Socio

12.xxx.xxx-7

50%

JULIETA ADRIANA HENRIQUEZ CAAMAÑO

Socio

14.xxx.xxx-5

50%

管理人(2)

SANDRA ISABEL ARAYA TAPIA

12.xxx.xxx-7Administrador

JULIETA ADRIANA HENRIQUEZ CAAMAÑO

14.xxx.xxx-5Administrador

摘要官方正文

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, domiciliado en Rengo 444 de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2023, otorgado ante mí, comparecieron; SANDRA ISABEL ARAYA TAPIA, chilena, casada, ingeniera civil industrial, cédula de identidad número trece millones doscientos treinta y cuatro mil ochocientos cinco guion siete, domiciliada en Camino El Venado mil trescientos veinticinco, Condominio Andino, casa tres, San Pedro de La Paz, y JULIETA ADRIANA HENRIQUEZ CAAMAÑO, chilena, casada, ingeniera civil industrial, cédula de identidad número catorce millones doscientos cuarenta y dos mil seiscientos guion cinco, domiciliada en Pedro Osores de Ulloa cuarenta y nueve, departamento cuatrocientos uno, Concepción; y constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social “ARAYA Y HENRIQUEZ INGENIERÍA LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “MÁS VALOR LIMITADA”. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivamente: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en proyectos de ingeniería proveniente del ejercicio profesional de sus socios; b) Servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de ingeniero civil industrial; y c) La prestación de todo tipo de servicios de asesoría y consultoría del ejercicio profesional que se relacionen con la ingeniería en general. Administración y uso Razón Social: Corresponderá a ambas socias, Sandra Isabel Araya Tapia y Julieta Adriana Henríquez Caamaño, quienes actuando en forma separada e indistintamente, denominadas en adelante la “administradora” y/o las “administradoras”, tendrán las facultades y limitación, señaladas en la escritura. Duración: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por el mismo período de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación, de a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período inicial o de algunas de sus prórrogas, mediante escritura pública de declaración anotada al margen de los estatutos sociales en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Capital: $2.000.000, que los socios aportan y enteran en la caja social del modo siguiente: a) Sandra Isabel Araya Tapia, ya individualizada, aportó la suma de $1.000.000, ingresados en el acto de constitución en su totalidad en la caja social, equivalentes a un 50% del interés social; y b) Julieta Adriana Henríquez Caamaño, ya individualizada, aportó la suma de $1.000.000, ingresados en el acto de constitución en su totalidad en la caja social, equivalentes a un 50% del interés social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, diciembre 07 de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ARAYA Y HENRIQUEZ INGENIERÍA LIMITADA

    CVE 2419827

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