Amer Tech Corporation Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La comercialización, importación, exportación, compra venta, procesamiento, aprovisionamiento y suministro, por cuenta propia o ajena, importaciones, venta al mayor o al detalle, por cuenta propia o de terceros, de toda especie de bienes nacionales, extranjeros o nacionalizados, sea en regímenes generales como especiales. La inversión de toda clase de bienes corporales o incorporales, mobiliarios e inmobiliarios, especialmente respecto de acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, efectos públicos e instrumentos comerciales, bancarios y financieros, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar, explotar, arrendar o administrar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o de cualquier forma en empresas, sociedades o asociaciones de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover o administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades, percibir, invertir o reinvertir los frutos y rentas de sus inversiones; arrendar activos y bienes muebles o inmuebles de su propiedad o de terceros, prestar asesorías administrativas, económicas, comerciales financieras y técnicas; Asumir representaciones, agencias y comisiones, así como mandatos de todas clases; operar en el sistema de leasing de cualquier tipo, financiar a terceros en la realización de negocios; realizar inversiones y negociaciones inmobiliarias, por cuenta propia o de terceros. Desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley 341, de 1977 y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres, y el desempeño de toda clase de actividades comerciales relacionadas que los socios acuerden realizar para el empleo e inversión de sus fondos y bienes disponibles ya sea tengan o no relación directa con las actividades descritas anteriormente; La realización de estudios y proyectos de arquitectura, ingeniería, loteos, demolición y construcción de bienes inmuebles, en sentido amplio; La construcción, edificación, restauración, realización y ejecución de proyectos inmobiliarios, realización de obras mayores y menores, venta de mezcla asfáltica, pavimentación de aceras, calzadas y obras sanitarias en general; Construcción, edificación, restauración de obras públicas y viales en sentido amplio; Compra venta y arriendo, por cuenta propia o de terceros, de vehículos y maquinarias en sentido amplio; La prestación de todo tipo de servicios de cualquier naturaleza; Servicios de transporte, movimiento de tierra, reparación y mantención, compra y venta, importación y exportación de repuestos, nuevo y usados, partes y accesorios; Toda clase de actividades que los socios acuerden realizar para el empleo e inversión de sus fondos y bienes disponibles; y en general cualquier otra actividad ya sea tengan o no relación directa con las actividades descritas anteriormente
資本
總資本
$6.000.000
實繳資本
$6.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 50% | $3.000.000 |
Socio | - | 50% | $3.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
ABNER POZA MATUS, Notario Público, Serrano N° 191, Iquique; Certifico: Por escritura hoy ante mí: MAHMOUD KI AMRO, chileno, soltero, comerciante, C.I. N° 14.726.625-1, y YASSER KHALIL AMRO AMER, boliviano, soltero, comerciante, Pasaporte N° 3369744, expedido en La Paz, Bolivia, ambos domiciliados San Martín 255, Oficina 34, Iquique, exponen: Por este acto, los comparecientes vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada de acuerdo a las prescripciones de la Ley 3918, de 14 de Marzo de 1923 y sus modificaciones, teniendo presente al efecto lo dispuesto en los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, disposiciones que regirán en el silencio de lo que no se estipulare expresamente en este contrato: I) La razón social será AMER TECH CORPORATION LIMITADA. Sin perjuicio de lo anterior podrá actuar ante terceros comprendiéndose en ellos todo organismo público o privado, municipalidades, Servicio de Impuestos internos y bancos e instituciones financieras bajo el nombre de fantasía de TECH STORE LTDA. o simplemente ATC LTDA.; II): El objeto de la sociedad consistirá en: A) La comercialización, importación, exportación, compra venta, procesamiento, aprovisionamiento y suministro, por cuenta propia o ajena, importaciones, venta al mayor o al detalle, por cuenta propia o de terceros, de toda especie de bienes nacionales, extranjeros o nacionalizados, sea en regímenes generales como especiales. B) La inversión de toda clase de bienes corporales o incorporales, mobiliarios e inmobiliarios, especialmente respecto de acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, efectos públicos e instrumentos comerciales, bancarios y financieros, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar, explotar, arrendar o administrar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o de cualquier forma en empresas, sociedades o asociaciones de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover o administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades, percibir, invertir o reinvertir los frutos y rentas de sus inversiones; arrendar activos y bienes muebles o inmuebles de su propiedad o de terceros, prestar asesorías administrativas, económicas, comerciales financieras y técnicas; C) Asumir representaciones, agencias y comisiones, así como mandatos de todas clases; operar en el sistema de leasing de cualquier tipo, financiar a terceros en la realización de negocios; realizar inversiones y negociaciones inmobiliarias, por cuenta propia o de terceros. D) Desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley 341, de 1977 y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres, y el desempeño de toda clase de actividades comerciales relacionadas que los socios acuerden realizar para el empleo e inversión de sus fondos y bienes disponibles ya sea tengan o no relación directa con las actividades descritas anteriormente. E) La realización de estudios y proyectos de arquitectura, ingeniería, loteos, demolición y construcción de bienes inmuebles, en sentido amplio; F) La construcción, edificación, restauración, realización y ejecución de proyectos inmobiliarios, realización de obras mayores y menores, venta de mezcla asfáltica, pavimentación de aceras, calzadas y obras sanitarias en general. G) Construcción, edificación, restauración de obras públicas y viales en sentido amplio. H) Compra venta y arriendo, por cuenta propia o de terceros, de vehículos y maquinarias en sentido amplio. I) La prestación de todo tipo de servicios de cualquier naturaleza. J) Servicios de transporte, movimiento de tierra, reparación y mantención, compra y venta, importación y exportación de repuestos, nuevo y usados, partes y accesorios; k) Toda clase de actividades que los socios acuerden realizar para el empleo e inversión de sus fondos y bienes disponibles; y en general cualquier otra actividad ya sea tengan o no relación directa con las actividades descritas anteriormente; III) La administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad, corresponderá a MAHMOUD KI AMRO, quién actuando en su representación, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumerarán, no siendo necesario acreditar, ante a terceros, si ellos corresponden o no al giro social; quien por lo demás tendrá todas y cada una de las facultades que se enumeran en la cláusula Quinta del pacto constitutivo; IV) El capital de la sociedad será la suma de $6.000.000.- que se suscriben y aportan de la siguiente manera: I:- MAHMOUD KI AMRO, la suma de $3.000.000, que equivalen al 50% del capital social, enterándolos en este acto, en dinero efectivo, los cuales ingresan a caja social. II.- YASSER KHALIL AMOR AMER, la suma de $3.000.000, que equivalen al 50% del capital social, enterándolos en este acto, en dinero efectivo, los cuales ingresan a caja social. De esta forma se encuentra incorporado el 100% del capital social, otorgando los socios, respecto al aporte del otro socio, su más total y completa conformidad; V) El domicilio de la sociedad será la ciudad de Iquique, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, depósitos directos, designar comisionistas o abrir oficinas en cualquier otro punto del país o extranjero; VI) La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de esta escritura y tendrá una duración de 5 años, plazo renovable automáticamente por iguales períodos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de retiro de la sociedad al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos de noventa días previos al término del período en curso, determinación que deberá notificarse en forma judicial personal, personal por avisos o en la forma especial del Artículo 44 del Código de Procedimiento Civil si procediere a los otros socios; VII) Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de los aportes efectuados por cada uno de ellos. Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 14 Enero 2020.
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