有限責任公司

Aicounts Servicios Profesionales Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年1月9日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2025-01-09查看 PDF(CVE 2594584)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años desde la escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, tres meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Además, deberá dirigir una carta certificada, con la misma anticipación, a los consocios, comunicándoles que procedió a dar el aviso de término.
管理方式: La representación, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá a don PABLO ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ y a don WILFREDO JOSE ARAUJO MEJIA, quienes, por regla general, podrán actuar individual e indistintamente en la representación de la Sociedad, con las más amplias facultades de administración, con expresa limitación de las facultades en los numerales /ii/; /iii/; /viii/; /ix/; /xix/; /xx/; y, /xxxi/ establecidas en la escritura extractada, respecto de las cuales los administradores deberán actuar conjuntamente.

公司目的

a) Exclusivamente, la prestación de servicios profesionales de asesoría contable y tributaria, incluyendo todo tipo de consultoría de naturaleza contable y tributaria, ya sea en Chile o en el extranjero; b) Exclusivamente, la prestación de servicios relacionados con el apoyo en la gestión financiera integral, la planificación estratégica y toda consultoría y asesoría vinculada a la gestión de negocios de distinta índole, ya sea en Chile o en el extranjero; c) Dictar y organizar charlas, cursos y seminarios en relación al giro, contratar y prestar toda clase de servicios complementarios a los fines de la Sociedad, c) La realización de inversiones ocasionales, de corto plazo, efectuadas con el único fin de preservar flujos de caja y evitar su desvalorización en toda clase de acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos de inversión, participar, administrarlos y percibir sus frutos; y d) Las demás actividades ocasionales que acuerden los socios y que exclusivamente se establezcan en función de servir a las actividades señaladas en las letras a) y b) anteriores.

資本

總資本

$500.000

實繳資本

$500.000

股東(2)

姓名持股比例

PABLO ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ

Socio

75%

WILFREDO JOSE ARAUJO MEJIA

Socio

25%

管理人(2)

摘要官方正文

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público Titular de la 48º Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.076, Of. 601, Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 3 de enero de 2025, bajo el Repertorio 55, ante mi suplente, don Marcelo Andrés Donoso Araya, don PABLO ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, domiciliado en Los Alfareros 21.624, Condominio Los Atacameños, Colina, Región Metropolitana y don WILFREDO JOSE ARAUJO MEJIA, domiciliado en Fernandez Albano 192, La Cisterna, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan: Razón social: “AICOUNTS SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo, el nombre de fantasía “AICOUNTS LTDA.”. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. Objeto: a) Exclusivamente, la prestación de servicios profesionales de asesoría contable y tributaria, incluyendo todo tipo de consultoría de naturaleza contable y tributaria, ya sea en Chile o en el extranjero; b) Exclusivamente, la prestación de servicios relacionados con el apoyo en la gestión financiera integral, la planificación estratégica y toda consultoría y asesoría vinculada a la gestión de negocios de distinta índole, ya sea en Chile o en el extranjero; c) Dictar y organizar charlas, cursos y seminarios en relación al giro, contratar y prestar toda clase de servicios complementarios a los fines de la Sociedad, c) La realización de inversiones ocasionales, de corto plazo, efectuadas con el único fin de preservar flujos de caja y evitar su desvalorización en toda clase de acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos de inversión, participar, administrarlos y percibir sus frutos; y d) Las demás actividades ocasionales que acuerden los socios y que exclusivamente se establezcan en función de servir a las actividades señaladas en las letras a) y b) anteriores. Administración: La representación, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá a don PABLO ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ y a don WILFREDO JOSE ARAUJO MEJIA, quienes, por regla general, podrán actuar individual e indistintamente en la representación de la Sociedad, con las más amplias facultades de administración, con expresa limitación de las facultades en los numerales /ii/; /iii/; /viii/; /ix/; /xix/; /xx/; y, /xxxi/ establecidas en la escritura extractada, respecto de las cuales los administradores deberán actuar conjuntamente. Capital: El capital social es la suma única y total de $500.000.-, que los socios aportaron y pagaron en el acto de constitución de la siguiente forma: /i/ don PABLO ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, con la suma de $375.000.-, equivalente al 75% del capital social, enterado y pagado en el mismo acto, al contado y en dinero efectivo; y, /ii/ don WILFREDO JOSE ARAUJO MEJIA, con la suma de $125.000.-, equivalente al 25% del capital social, enterado y pagado en el mismo acto, al contado y en dinero efectivo. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años desde la escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, tres meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Además, deberá dirigir una carta certificada, con la misma anticipación, a los consocios, comunicándoles que procedió a dar el aviso de término. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 6 de enero de 2025.

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    AICOUNTS SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA

    CVE 2594584

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