Agrícola Puangue Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto a) la explotación agrícola, ganadera, forestal y agropecuaria de toda clase de predios agrícolas, por cuenta propia o de terceros; b) la realización de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, forestales y agropecuarios; c) la comercialización, distribución, venta y exportación de todo tipo de productos y frutos de dichos predios y, en general, la realización de toda clase de negocios, actos y contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto; d) invertir en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo adquirirlos, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos; y e) realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.
資本
總資本
$10.000.000
實繳資本
$10.000.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1% | $100.000 |
Socio | - | 33% | $3.300.000 |
Socio | - | 33% | $3.300.000 |
María Elvira de Nuestra Señora de las Rosas Barros Guzmán Socio | - | 33% | $3.300.000 |
管理人(5)
摘要官方正文
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica que, por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2025, bajo repertorio N°34.318-2025, otorgada ante mí comparecen, doña MARÍA ELVIRA GUZMÁN NIETO, don SALVADOR BARROS GUZMÁN, don JOSÉ MANUEL BARROS GUZMÁN, y, doña MARÍA ELVIRA DE NUESTRA SEÑORA DE LAS ROSAS BARROS GUZMÁN, todos los anteriores domiciliados en Avenida El Bosque Norte 500, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: Nombre: “Agrícola Puangue Limitada”. Administración: La sociedad será administrada por un Directorio que se compondrá de cinco miembros. Los directores serán designados por los socios y durarán un período de cuatro años en sus funciones, al término del cual se renovarán totalmente, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. El Directorio estará integrado por María Elvira Guzmán Nieto, María Elvira Barros Guzmán, Salvador Barros Guzmán, José Manuel Barros Guzmán y Christian Dewers Sotomayor. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de diez millones de pesos, cantidad que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) doña María Elvira Guzmán Nieto aporta la suma de cien mil pesos, equivalentes a un uno por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; b) don Salvador Barros Guzmán aporta la suma de tres millones trecientos mil pesos, equivalentes a un treinta y tres por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; c) don José Manuel Barros Guzmán aporta la suma de tres millones trecientos mil pesos, equivalentes a un treinta y tres por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; y d) doña María Elvira de Nuestra Señora de las Rosas Barros Guzmán aporta la suma de tres millones trecientos mil pesos, equivalentes a un treinta y tres por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto a) la explotación agrícola, ganadera, forestal y agropecuaria de toda clase de predios agrícolas, por cuenta propia o de terceros; b) la realización de toda clase de negocios agrícolas, ganaderos, forestales y agropecuarios; c) la comercialización, distribución, venta y exportación de todo tipo de productos y frutos de dichos predios y, en general, la realización de toda clase de negocios, actos y contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto; d) invertir en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo adquirirlos, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos; y e) realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen. Duración: La duración de la Sociedad será de veinte años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2025.-
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
Agrícola Puangue Limitada
CVE 2733614
