Agrícola Payú Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La explotación agrícola, frutícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros, prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos, económicos relacionados con el agro, la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios y ajenos; y en general, la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, frutícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, que acuerden o determinen los socios.
資本
總資本
$30.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 76.712.926-2 | 76.712.926-2 | 50% | $15.000.000 |
Christian Rodrigo Peñaloza Meneses Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 50% | $15.000.000 |
管理人(2)
Christian Rodrigo Peñaloza Meneses
摘要官方正文
JORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino número 60, Pje. Marcel, certifico que por escritura pública de hoy ante mí, INVERSIONES PUDONG LIMITADA RUT: 76.712.926-2, representada legalmente por don RODRIGO ARMANDO CASTRO GALAZ, Cédula Nacional de Identidad 11.880.335-1, ambos domiciliados en Avenida Litoral 186, comuna de Santo Domingo, de paso en ésta ciudad; y don CHRISTIAN RODRIGO PEÑALOZA MENESES, Cédula Nacional de Identidad 14.536.632-1, domiciliado en San José de Apalta Parcela 30, comuna de Santa Cruz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto de sus respectivos aportes: Razón Social: El nombre de la sociedad será “AGRÍCOLA PAYÚ LIMITADA". Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santa Cruz, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años, plazo renovable tácita y sucesivamente por iguales períodos. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes designarán un mandatario común para actuar ante la sociedad. Objeto Social: La explotación agrícola, frutícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros, prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos, económicos relacionados con el agro, la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios y ajenos; y en general, la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, frutícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, que acuerden o determinen los socios. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000, aportando cada uno de los socios $15.000.000. Administración: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a don Rodrigo Armando Castro Galaz y a don Christian Rodrigo Peñaloza Meneses, ya individualizados, quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la compañía, con facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santa Cruz, a 08 de Noviembre de 2024.
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- CONSTITUCIÓN
AGRÍCOLA PAYÚ LIMITADA
CVE 2571764
