Agrícola La Compañía Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá como objeto /i/ la explotación por cuenta propia o ajena de predios rústicos, agrícolas, forestales o ganaderos, pudiendo para estos efectos arrendar, administrar, tomar en mediería, adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles; comercializar productos agrícolas, forestales y ganaderos; y, en general, realizar toda actividad conexa con las anteriores; /ii/ la inversión de toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, efectos de comercio; /iii/ la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines, y /iv/ en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.
資本
總資本
$1.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $300.000 |
Bernardita Antonia Amenábar Donoso Socio | - | 70% | $700.000 |
管理人(2)
Bernardita Antonia Amenábar Donoso
摘要官方正文
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública otorgado ante mí con fecha 28 de marzo de 2023, repertorio N° 5.114-2023, don Juan Ignacio Lagos Soza y doña Bernardita Antonia Amenábar Donoso, todos domiciliados para estos efectos en calle Alcántara 900, departamento 80, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas menciones extractables son las siguientes: Razón Social: Agrícola La Compañía Limitada, sin perjuicio de que podrá actuar con el nombre de fantasía Agrícola La Compañía Ltda. Objeto: La sociedad tendrá como objeto /i/ la explotación por cuenta propia o ajena de predios rústicos, agrícolas, forestales o ganaderos, pudiendo para estos efectos arrendar, administrar, tomar en mediería, adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles; comercializar productos agrícolas, forestales y ganaderos; y, en general, realizar toda actividad conexa con las anteriores; /ii/ la inversión de toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, efectos de comercio; /iii/ la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines, y /iv/ en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en cualquier punto del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de un año, a contar de esta fecha, que será renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 60 días corridos antes del fin del respectivo período. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: /i/ Don Juan Ignacio Lagos Soza aporta $300.000, que equivalen al 30% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo, y /ii/ doña Bernardita Antonia Amenábar Donoso aporta $700.000, que equivalen al 70% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo. Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por cualquiera de los señores Juan Ignacio Lagos Soza o Bernardita Antonia Amenábar Donoso. Las demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada. Doy fe.- Santiago, 17 de abril de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.
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- CONSTITUCIÓN
Agrícola La Compañía Limitada
CVE 2302144
