有限責任公司

Agrícola Fundo La Providencia Limitada

CONSTITUCIÓN — 2020年3月11日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2020-03-11查看 PDF(CVE 1738127)

公司資料

Ltda
Melipilla, Región Metropolitana
期限: indefinida
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARIA MAGDALENA LIRA CORREA y don FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA, actuando personal e indistintamente, por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma. Se requerirá la actuación conjunta de todos los administradores para vender o hipotecar, constituir prendas, usufructos, servidumbres, fideicomisos y censos, sobre bienes raíces sociales y derechos de aprovechamiento de derechos de aguas, y para tomar créditos sobre cuatrocientas unidades de fomentos.

公司目的

La explotación de predios agrícolas por cuenta propia o ajena, de los cuales sea propietaria, usufructuaria, o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos, y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción, la realización de actividades agrícolas, agropecuarias o forestales; la elaboración, producción, manejo, transformación, plantación, compra y venta, importación, exportación, distribución y comercialización de productos agrícolas, agropecuarios, de la madera, de la fruta y de sus derivados, así como de semillas, insumos, abonos o fertilizantes, la prestación de servicios en cualquiera de dichas materias, asesorías profesionales anexas al giro, como al arrendamiento de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena, y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas. La sociedad podrá asociarse con terceros y realizar cualquier otra actividad que acuerden sus socios.

資本

總資本

$5.000.000

實繳資本

$5.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

MARIA MAGDALENA LIRA CORREA

Socio

70.010.683-3

50%

FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA

Socio

7.xxx.xxx-0

50%

管理人(2)

MARIA MAGDALENA LIRA CORREA

70.010.683-3Administrador

FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA

7.xxx.xxx-0Administrador

摘要官方正文

JUAN RAMON VENEGAS MORVAN, Notario Suplente de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, segundo piso, certifica: Que por escritura pública de 25 de Febrero de 2020, ante mí, Doña MARÍA MAGDALENA LIRA CORREA, quien declara ser chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula de identidad número siete millones diez mil seiscientos ochenta y tres guion tres; y Don FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA, quien declara ser chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Agrónomo, cédula de identidad número siete millones catorce mil quinientos cincuenta y uno guion cero, ambos domiciliados para estos efectos en Fundo La Providencia sin número comuna de Melipilla, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. PRIMERO: OBJETO SOCIAL. El objeto de la sociedad será la explotación de predios agrícolas por cuenta propia o ajena, de los cuales sea propietaria, usufructuaria, o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos, y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción, la realización de actividades agrícolas, agropecuarias o forestales; la elaboración, producción, manejo, transformación, plantación, compra y venta, importación, exportación, distribución y comercialización de productos agrícolas, agropecuarios, de la madera, de la fruta y de sus derivados, así como de semillas, insumos, abonos o fertilizantes, la prestación de servicios en cualquiera de dichas materias, asesorías profesionales anexas al giro, como al arrendamiento de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena, y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas”. La sociedad podrá asociarse con terceros y realizar cualquier otra actividad que acuerden sus socios. SEGUNDO: RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social de la sociedad será AGRÍCOLA FUNDO LA PROVIDENCIA LIMITADA, sin embargo la sociedad podrá usar para fines comerciales, incluso con Bancos e Instituciones financieras, de propaganda y publicidad el nombre de fantasía "Agrícola Fundo La Providencia Ltda”. TERCERO: DOMICILIO. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Melipilla, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. CUARTO: DURACIÓN. La duración de la sociedad será indefinida y comenzará a regir a contar desde esta fecha. QUINTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARIA MAGDALENA LIRA CORREA y don FELIPE ENRIQUE BASCUÑÁN NOGUERA, actuando personal e indistintamente, por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma. LIMITACIONES: Se requerirá la actuación conjunta de todos los administradores para vender o hipotecar, constituir prendas, usufructos, servidumbres, fideicomisos y censos, sobre bienes raíces sociales y/ derechos de aprovechamiento de derechos de aguas. Y para tomar créditos sobre cuatrocientas unidades de fomentos. SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos. Queda totalmente suscrito y pagado el capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2020. JRVM.-

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  1. CONSTITUCIÓN

    AGRÍCOLA FUNDO LA PROVIDENCIA LIMITADA

    CVE 1738127

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