Agrícola Cipreses Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El desarrollo de actividades agrícolas en términos amplios, en especial la siembra, cultivo y manejo de productos agrícolas, ya sean propios o ajenos, particularmente de fruta, la producción, elaboración, transformación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, importación y exportación de insumos agrícolas, la asesoría en términos amplios, la prestación de servicios, la administración de predios agrícolas, la representación, agencias, consignación, promoción de productos agrícolas, propios o ajenos, el desarrollo de actividades relacionadas con el uso de maquinaria agrícola o de movimiento de tierra en términos amplios; la compraventa, arrendamiento, explotación y en general la ejecución de toda clase de negocios, actos o contratos sobre predios agrícolas, forestales, agroindustriales, bienes muebles o inmuebles, maquinarias o de cualquier otra clase o destino, ya sea por cuenta propia o ajena, así como toda otra actividad comercial, industrial y productiva; y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar; todo ello por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. En la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea del interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades cualquiera sea naturaleza; y, en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que se acuerde y determine por los socios.
資本
總資本
$8.000.000
實繳資本
$3.000.000
待繳資本
$5.000.000
股東(6)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
SILVIA VERÓNICA BOKE FRIEDERICHS Socio 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | - | $2.000.000 |
ROLANDO OMAR FRANCO LEDESMA Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | - | $2.000.000 |
CARLA FRANCO BOKE Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | - | $1.000.000 |
CATALINA FRANCO BOKE Socio 17.xxx.xxx-3 | 17.xxx.xxx-3 | - | $1.000.000 |
FELIPE FRANCO BOKE Socio 18.xxx.xxx-4 | 18.xxx.xxx-4 | - | $1.000.000 |
MATÍAS FRANCO BOKE Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | - | $1.000.000 |
管理人(1)
ROLANDO OMAR FRANCO LEDESMA
SII 代表(1)
ROLANDO OMAR FRANCO LEDESMA
摘要官方正文
ELIANA MARTÍNEZ CÁRDENAS, abogada, Notario Público, Suplente de la Titular Sra. ESMIRNA VIDAL MORAGA, con jurisdicción en la agrupación de Comunas de Temuco, Vilcún, Cunco, Melipeuco, Freire y Padre Las Casas, con oficio en la ciudad de Temuco, calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 20 de enero de 2023, Repertorio N°834-23, ante la Notario Titular doña ESMIRNA VIDAL MORAGA, los comparecientes: doña SILVIA VERÓNICA BOKE FRIEDERICHS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil novecientos veintidós guión tres, domiciliada en Parcela Cuatro, Los Cipreses, comuna de Lautaro, Región de La Araucanía, de paso por esta; ROLANDO OMAR FRANCO LEDESMA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos doce mil seiscientos veinticuatro guion tres, domiciliado para estos efectos en San Martín setecientos cuarenta y cinco, oficina quinientos uno, ciudad y comuna de Temuco, Región de La Araucanía; FELIPE FRANCO BOKE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, técnico agrícola, cédula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos noventa y dos mil seiscientos treinta y cinco guión cuatro, domiciliado en Parcela Cuatro, Los Cipreses, comuna de Lautaro, Región de La Araucanía; MATÍAS FRANCO BOKE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número dieciocho millones novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y seis guion ocho, domiciliado para estos efectos en San Martín setecientos cuarenta y cinco, oficina quinientos uno, ciudad y comuna de Temuco, Región de La Araucanía; CARLA FRANCO BOKE, chilena, casada con separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres guión cinco, domiciliada en Diego Thompson cero dos mil quinientos sesenta y cinco, Temuco, Región Metropolitana, de paso por esta; y CATALINA FRANCO BOKE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochenta y cuatro mil setecientos treinta y nueve guión tres, domiciliada en Reina Victoria seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco, La Reina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: AGRÍCOLA CIPRESES LIMITADA. Administración de la sociedad y uso de la razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social le corresponderá a ROLANDO OMAR FRANCO LEDESMA, quien anteponiendo la razón social a sus firma, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades. Capital social: La suma de $8.000.000, que los socios aportan, pagan y pagarán de la siguiente forma UNO) SILVIA VERÓNICA BOKE FRIEDERICHS, aporta, paga y pagará la suma total de DOS MILLONES DE PESOS, de los cuales ingresan en este acto a la caja social, quinientos mil pesos, obligándose a ingresar el saldo en un plazo de tres años; DOS) ROLANDO OMAR FRANCO LEDESMA, aporta, paga y pagará la suma total de DOS MILLONES DE PESOS, de los cuales ingresan en este acto a la caja social, quinientos mil pesos, obligándose a ingresar el saldo en un plazo de tres años; y, TRES) CARLA FRANCO BOKE, aporta y paga la suma total de UN MILLÓN DE PESOS, de los cuales ingresan en este acto a la caja social, quinientos mil pesos, obligándose a ingresar el saldo, en un plazo de tres años. CUATRO) CATALINA FRANCO BOKE, aporta, paga y pagará la suma total de UN MILLÓN DE PESOS, de los cuales ingresan en este acto a la caja social, quinientos mil pesos, obligándose a ingresar el saldo en un plazo de tres años; CINCO) FELIPE FRANCO BOKE, aporta, paga y pagará la suma total de UN MILLÓN DE PESOS, de los cuales ingresan en este acto a la caja social, quinientos mil pesos, obligándose a ingresar el saldo en un plazo de tres años; y, SEIS) MATÍAS FRANCO BOKE, aporta y paga la suma total de UN MILLÓN DE PESOS, de los cuales ingresan en este acto a la caja social, quinientos mil pesos, obligándose a ingresar el saldo, en un plazo de tres años. Objeto social: El desarrollo de actividades agrícolas en términos amplios, en especial la siembra, cultivo y manejo de productos agrícolas, ya sean propios o ajenos, particularmente de fruta, la producción, elaboración, transformación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, importación y exportación de insumos agrícolas, la asesoría en términos amplios, la prestación de servicios, la administración de predios agrícolas, la representación, agencias, consignación, promoción de productos agrícolas, propios o ajenos, el desarrollo de actividades relacionadas con el uso de maquinaria agrícola o de movimiento de tierra en términos amplios; la compraventa, arrendamiento, explotación y en general la ejecución de toda clase de negocios, actos o contratos sobre predios agrícolas, forestales, agroindustriales, bienes muebles o inmuebles, maquinarias o de cualquier otra clase o destino, ya sea por cuenta propia o ajena, así como toda otra actividad comercial, industrial y productiva; y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar; todo ello por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. En la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea del interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades cualquiera sea naturaleza; y, en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que se acuerde y determine por los socios. Duración de la sociedad: Empezará a regir a contar de la fecha de la escritura de constitución y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 31 de enero de 2023.-
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- CONSTITUCIÓN
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