Inversiones Ongi Etorri S.a.
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La inversión en toda clase de bienes incorporales muebles, incluyendo derechos e sociedades, asociaciones y comunidades, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros y, en general, cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio, su administración y explotación; la inversión en toda clase de bienes inmuebles, incluida su administración y explotación; la prestación por sí o por intermedio de terceros de todo tipo de servicios y asesorías administrativas, económicas, financieras, comerciales, computacionales, de administración, de proyectos y de ingeniería; y en general, cualquier otra actividad relacionada con el giro anteriormente descrito que acuerden los socios.
資本
總資本
$50.000.000
實繳資本
$50.000.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
María José Diharasarri Domínguez Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 60% | $30.000.000 |
Socio 18.xxx.xxx-7 | 18.xxx.xxx-7 | 20% | $10.000.000 |
Pedro José Valenzuela Diharasarri Socio 17.xxx.xxx-3 | 17.xxx.xxx-3 | 20% | $10.000.000 |
管理人(3)
María José Diharasarri Domínguez
Pedro José Valenzuela Diharasarri
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N° 3477, oficina diez, comuna de Las Condes, certifica que, por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública el ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS INVERSIONES ONGI ETORRI S.A., celebrada con fecha 27 de octubre del año 2025, la cual contó con su presencia, y con la unanimidad de los accionistas que representan la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad con derecho a voto, y en la cual se acordó por unanimidad de los accionistas, las materias que constan en escritura extractada, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: Uno) Se aprobó llevar a cabo la transformación de la Sociedad INVERSIONES ONGI ETORRI S.A. en una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá en primer lugar por sus respectivos estatutos que se aprueben en esta junta, en lo no previsto en ellos, por las disposiciones de la ley 3.918 sobre sociedades de responsabilidad limitada, por las normas del Código de Comercio que le sean aplicables, y en subsidio por las normas del Código Civil que le sean aplicables, y que así transformada, pasará a denominarse INVERSIONES ONGI ETORRI LIMITADA, que será la continuadora legal de “Inversiones Ongi Etorri S.A.” para todos los efectos a que haya lugar, ocupando la misma posición jurídica de esta, manteniendo su personalidad jurídica y continuando como titular de todo su activo y pasivo, deudora de todas sus obligaciones, impuestos, y acreedora de todos sus créditos, sin solución de continuidad. Dos) Se aprobó la reforma del estatuto social vigente con motivo de la transformación a sociedad de responsabilidad limitada. Tres) Se aprobaron los nuevos estatutos sociales por los que se regirá la sociedad transformada “INVERSIONES ONGI ETORRI LIMITADA”, respecto del cual, las siguientes menciones son materia de extracto: “Doña MARÍA JOSÉ DIHARASARRI DOMÍNGUEZ, chilena, divorciada, empresaria, cédula de identidad número 7.034.061-5, con domicilio para estos efectos en calle Puerta del Sol n°100, departamento 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Don PEDRO JOSÉ VALENZUELA DIHARASARRI, chileno, soltero, ingeniero civil estructural, cédula de identidad número 17.406.876-3, con domicilio para estos efectos en calle Puerta del Sol N° 100, departamento 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y Doña CAMILA VALENZUELA DIHARASARRI, chilena, soltera, ingeniera comercial, cédula de identidad número 18.021.717-7, con domicilio para estos efectos en calle Puerta del Sol N° 100, departamento 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por los presentes estatutos, las disposiciones contenidas en la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, y por las disposiciones del Código de Comercio que le fueren aplicables, y en subsidio por las disposiciones del Código Civil. NOMBRE: INVERSIONES ONGI ETORRI LIMITADA. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá abrir sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes incorporales muebles, incluyendo derechos e sociedades, asociaciones y comunidades, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros y, en general, cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio, su administración y explotación; b) la inversión en toda clase de bienes inmuebles, incluida su administración y explotación; c) La prestación por sí o por intermedio de terceros de todo tipo de servicios y asesorías administrativas, económicas, financieras, comerciales, computacionales, de administración, de proyectos y de ingeniería; y d) en general, cualquier otra actividad relacionada con el giro anteriormente descrito que acuerden los socios. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que a su vencimiento se prorrogará automáticamente y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de cincuenta millones de pesos, moneda de curso legal, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: /i/ doña MARÍA JOSÉ DIHARASARRI DOMÍNGUEZ, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de treinta millones de pesos, equivalentes al sesenta por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la Sociedad; /ii/ CAMILA VALENZUELA DIHARASARRI, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de diez millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la Sociedad; y /iii/ Don PEDRO JOSÉ VALENZUELA DIHARASARRI, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de diez millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la Sociedad. En consecuencia, el capital de cincuenta millones de pesos se encuentra íntegramente pagado. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individualmente a doña María José Diharasarri Domínguez, y en caso de ausencia o impedimento de la primera lo que no será necesario acreditar ante terceros, a doña Camila Valenzuela Diharasarri conjuntamente con don Pedro José Valenzuela Diharasarri. En caso de disolución o liquidación de alguna sociedad, o de fallecimiento de alguna persona natural la Sociedad no se disolverá y continuará vigente. Los socios limitan expresamente sus responsabilidades personales por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no interesan a terceros, no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 04 de diciembre de 2025. María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular.
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES ONGI ETORRI S.A.
CVE 2739286
