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P. Y S. Hotelera S.a., En Liquidación

DISOLUCIÓN — 2018年7月14日

Diario Oficial

解散Diario Oficial · 2018-07-14查看 PDF(CVE 1430442)

公司資料

S.A.
管理方式: Comisión Liquidadora

公報所載公司沿革

  1. 公司形式轉換· 2018年6月11日

    La junta general extraordinaria de accionistas acuerda la terminación de la sociedad y su disolución, y la designación de una comisión liquidadora.

    Macarena Cornejo Cornejo · Hugo Escanilla Cornejo · Eric Peñaloza Cornejo

摘要官方正文

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 979, oficina 501, Certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de junio de 2018, Repertorio N° 10.768-2018, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Sesión Extraordinaria Junta General de Accionistas de “P y S Hotelera S.A.”, celebrada en Santiago 11 de junio de 2018 en la que se acordó: 1. Aprobar la terminación de la Sociedad y su disolución a partir de esta fecha; 2. Aprobar agregar al final del nombre de la sociedad las palabras "en liquidación" por lo que el nombre de la sociedad será a partir de esta fecha y para todos los efectos legales "“P. Y S. HOTELERA S.A., EN LIQUIDACIÓN"; 3. Aprobar mantener vigente el estatuto social para la sociedad en liquidación, sólo en lo que fuere estrictamente pertinente al cumplimiento de su actual objeto o fin, esto es su debida liquidación; 4. Aprobar la designación de una Comisión Liquidadora de la Sociedad, la cual estará compuesta por Macarena Cornejo Cornejo, Hugo Escanilla Cornejo y Eric Peñaloza Cornejo, quienes serán remunerados por sus funciones y procederán a la liquidación de la Sociedad. La Comisión Liquidadora representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con las facultades y atribuciones necesarias que tiendan directamente a efectuar la liquidación de la Sociedad. Es decir, la Comisión Liquidadora, actuando en la forma que se indica a continuación, podrá celebrar todos los actos y contratos que sean congruentes y se enmarquen en el proceso de liquidación de la Sociedad. La Comisión tendrá todas y cada una de las facultades con que contaba el Directorio de la Sociedad, las que podrán ser ejercidas por cualquiera de los miembros de la Comisión Liquidadora, antes mencionados, y en el ejercicio de dichas facultades deberá tender siempre hacia el proceso de liquidación de la Sociedad, lo que en todo caso no será necesario acreditar ante terceros. Dentro del seno de la Comisión, se nombrará un presidente quién hará las veces de gerente de la Sociedad durante el proceso de liquidación. El monto de la remuneración de la Comisión Liquidadora se fija en 20 UF (veinte Unidades de Fomento) líquidas mensuales para el Presidente de la Comisión y en 10 UF (diez Unidades de Fomento) líquidas mensuales para cada uno de los demás integrantes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2018.

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