Miranda Hermanos SpA
Diario Oficial
公司資料
股東(6)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 16.6716666666% | - |
Accionista | - | 16.6716666666% | - |
HERNÁN ALEJANDRO MIRANDA ÁLVAREZ Accionista | - | 16.6716666666% | - |
SERGIO RICARDO MIRANDA ÁLVAREZ Accionista | - | 16.6716666666% | - |
Accionista | - | 16.6716666666% | - |
Accionista | - | 16.6716666666% | - |
公報所載公司沿革
- 其他行為· 2024年11月29日
Junta general extraordinaria de accionistas acuerda modificar estatutos sobre transferencia de acciones y situación en caso de fallecimiento de un accionista.
HUGO DANILO MIRANDA MORENO · ISABEL GABRIELA ÁLVAREZ PÉREZ · HUGO ANTONIO MIRANDA ALVAREZ · SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ · HERNÁN ALEJANDRO MIRANDA ALVAREZ · ANA MARÍA MIRANDA ÁLVAREZ · ROBERTO MIRANDA ÁLVAREZ
摘要官方正文
Roberto Fernando Puga Pino, abogado, Notario público de Talagante, con domicilio en calle Arturo Prat número 764, comuna de Talagante, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, se otorgó, por Ramón Ángel Carrillo Araya, individualizado en el instrumento extractado, reducción a escritura pública del acta de la Junta General extraordinaria de accionistas de la sociedad por acciones denominada “MIRANDA HERMANOS SpA”, de 29 de noviembre de 2024, sociedad, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor a fojas 54 vuelta N° 49, del año 2016, cuyo contenido es el siguiente: Asistieron: HUGO DANILO MIRANDA MORENO, ISABEL GABRIELA ÁLVAREZ PÉREZ, HUGO ANTONIO MIRANDA ALVAREZ, SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ, HERNÁN ALEJANDRO MIRANDA ALVAREZ y ANA MARÍA MIRANDA ÁLVAREZ. Presidió la junta don HUGO DANILO MIRANDA MORENO y actúa como secretario, don SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ. TABLA: a) Dar a conocer a la junta, la existencia de transferencias de acciones por el retiro voluntario de Roberto Miranda Álvarez, quien transfirió la totalidad de sus acciones a los socios actuales, y en consecuencia de lo anterior, la nueva distribución del capital social, b) Modificar el estatuto social, en relación con las normas que regulan la transferencia de acciones, c) Modificar el estatuto social, en relación con las normas que regulan la situación del socio que fallece. ACUERDOS: UNO) Se da a conocer las transferencias contenidas en el libro de accionistas, las cuales dan cuenta de un cambio en la participación de los socios en el capital accionario, en el sentido que, en seguida se expone: Deja de pertenecer a la sociedad don Roberto Esteban Miranda Alvarez, RUT 12.165.145-2; a) Hugo Danilo Miranda Moreno, es titular de 29.153, equivalentes al 16,6716666666% del capital de la sociedad; b) Hugo Antonio Miranda Álvarez, es titular de 29.152 acciones, equivalentes al 16.6716666666% del capital de la sociedad; c) Hernán Alejandro Miranda Álvarez, es titular de 29.152 acciones, equivalentes al 16.6716666666% del capital de la sociedad; d) Sergio Ricardo Miranda Álvarez, es titular de 29.152 acciones, equivalentes al 16.6716666666% del capital de la sociedad; e) Ana María Miranda Álvarez, es titular de 29.152 acciones, equivalentes al 16.6716666666% del Capital de la sociedad, y f) Isabel Álvarez Pérez, es titular de 29.152 acciones, equivalentes al 16.6716666666% del capital de la sociedad. DOS) Transferencia de Acciones: Los accionistas declaran que la sociedad Miranda Hermanos SpA, se constituyó como una empresa familiar, siendo la voluntad de los accionistas, que la totalidad del capital se mantenga en propiedad de los actuales socios, y de sus herederos, es por ello que, en esta materia, se adoptan los siguientes acuerdos: i) Toda transferencia o cesión de acciones se celebrará por escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública firmada por el cedente y el cesionario. La Sociedad está obligada a inscribir sin más trámites los traspasos que se le presenten, siempre que éstos se ajusten a las formalidades y requisitos que establece la ley y los estatutos sociales para tales efectos; ii) Obligación de oferta preferente: A. Primera oferta preferente: Todo socio que manifieste su voluntad, en cuanto a vender o ceder el todo o parte de sus acciones en la sociedad, deberá, en primer término, ofertarlas a la sociedad, a un valor de venta preferente. La oferta de venta, se pondrá en conocimiento de la empresa, por medio de una comunicación escrita, y suscrita por el socio que pretende vender sus acciones, dirigida al gerente general de la sociedad, la cual deberá ser recibida, de manera personal por este, constando aquello, por medio de la firma del gerente, puesta en la oferta y en sus copias, en las cuales se hará constar la fecha de su recepción. A-1 Plazo de la oferta: Una vez recibida la oferta de venta o cesión de acciones, la sociedad tendrá un plazo de 30 días hábiles, para hacer efectiva la opción de compra de las acciones. La aceptación de la oferta de venta, se efectuará por medio de una comunicación escrita, y suscrita por el gerente general, dirigida al socio que pretende vender sus acciones, en la cual se deberá indicar el número de acciones que se acepta comprar, así como las condiciones de pago de las mismas. A-2 Precio de las acciones ofrecidas: Las acciones deberán ofrecerse a un precio preferente, el cual corresponderá, como máximo, hasta un 70 por ciento del valor que corresponda a cada acción. El valor de cada acción será el que establezca un certificado, otorgado por el contador de la empresa, quien deberá, en primer lugar, establecer el valor contable de la empresa, tomado en cuenta el valor de su patrimonio, y el estado de sus negocios, considerando como base el último balance del año tributario anterior a la fecha de la venta, para posteriormente, dividir el valor resultante, por el número de acciones en que se divide el capital de la sociedad. El socio que desee vender o ceder sus acciones, deberá, previo a la comunicación de su oferta, obtener el certificado antes referido, el cual deberá acompañar a su propuesta de venta. A-3 Aceptación o rechazo de la oferta: Una vez recibida la oferta, el gerente general de la sociedad, deberá citar a un Junta extraordinaria de accionistas, con la finalidad de acordar y votar la aceptación. En esta votación no podrá participar el accionista que ofrece vender sus acciones. La votación se realizará a mano alzada, y se dejará constancia en acta, de la forma en que cada socio vota. La aceptación de la oferta de venta, se adoptará por la mayoría de las acciones presentes en la junta. En todo caso el pago del precio de las acciones, deberá ser pagado con los dividendos que se encuentre disponibles para los socios no vendedores. B- Segunda oferta preferente: Si fuera rechazada la oferta de venta o cesión de acciones por la sociedad, el socio que cede o vende, deberá ofertarlas a los demás accionistas, al mismo valor de venta preferente ofrecido a la sociedad. La oferta de venta, efectuada a la sociedad referida en el párrafo Dos letra A precedente, se pondrá en conocimiento de los socios, mediante la entrega de la comunicación escrita presentada por el accionista que pretende vender, efectuada por el gerente general de la sociedad, a cada socio, de manera personal, constando aquello, por medio de la firma del socio correspondiente, puesta en la oferta y en sus copias, en las cuales se hará constar la fecha de su recepción. Sólo tendrán la posibilidad de participar en la oferta preferente de venta o cesión de acciones, aquellos accionistas que, en la junta extraordinaria de accionistas referida en la letra A -3, hayan votado de manera favorable la posible compra de las acciones ofrecidas. B-1 Plazo de la oferta: Una vez recibida la oferta de venta o cesión de acciones, los socios tendrán un plazo de 10 días hábiles, para hacer efectiva la opción de compra de las acciones. Los accionistas podrán adquirir el total de las acciones ofertadas, o una parte de ellas. La aceptación de la oferta de venta, se efectuará por medio de una comunicación escrita, y suscrita por el respectivo socio, dirigida al socio que pretende vender sus acciones, en la cual se deberá indicar el número de acciones que se acepta comprar, así como las condiciones de pago de las mismas. TRES) Clausulas relativas a situación en caso de fallecimiento de un accionista: Los accionistas declaran que la sociedad Miranda Hermanos SpA, se constituyó como una empresa familiar, siendo la voluntad de los accionistas, que la totalidad del capital se mantenga en propiedad de los actuales socios, y de sus herederos, es por ello que, en esta materia, se adoptan los siguientes acuerdos: i) En caso de que uno de los accionistas fallezca, sus acciones en la empresa se transmitirán a quienes aparezcan como sus herederos, de conformidad con la ley. Dichos herederos, estarán obligados a designar un mandatario en común, para efectos de representarlos ante la sociedad. Los socios podrán determinar, a través del medio idóneo que ellos voluntariamente escojan, la persona que represente a su sucesión en la sociedad; los herederos a través de su representante deberán definir su permanencia bajo las condiciones establecidas en las normas y estatutos de la sociedad o en su defecto vender su participación, en cuyo caso deberán y están obligados a negociar la venta de las acciones correspondientes. La negociación se refiere a las condiciones y formas de venta, siempre procurando una salida que no ponga en peligro la estabilidad económica y comercial de la sociedad. Los herederos menores de edad deberán permanecer en la sociedad y podrán recibir, si existieran, los dividendos correspondientes en alguna cuenta bancaria personal a sus nombres y que podrán disponer y hacer efectiva una vez cumplida su mayoría de edad. ii) Obligación de oferta preferente: A-. Primera oferta preferente: La sucesión del accionista difunto, o cualquiera de sus componentes, que manifieste su voluntad, en cuanto a vender o ceder el todo o parte de sus acciones en la sociedad, deberá, en primer término, ofertarlas a la sociedad, a un valor de venta preferente. La oferta de venta, se pondrá en conocimiento de la empresa, por medio de una comunicación escrita, y suscrita por la sucesión o por el heredero que pretende vender sus acciones, dirigida al gerente general de la sociedad, la cual deberá ser recibida, de manera personal por este, constando aquello, por medio de la firma del gerente, puesta en la oferta y en sus copias, en las cuales se hará constar la fecha de su recepción. A-1 Plazo de la oferta: Una vez recibida la oferta de venta o cesión de acciones, la sociedad tendrá un plazo de 10 días hábiles, para hacer efectiva la opción de compra de las acciones. La aceptación de la oferta de venta, se efectuará por medio de una comunicación escrita, y suscrita por el gerente general, dirigida a la sucesión o al heredero que pretende vender sus acciones, en la cual se deberá indicar el número de acciones que se acepta comprar, así como las condiciones de pago de las mismas. A-2 Precio de las acciones ofrecidas: Las acciones deberán ofrecerse a un precio preferente, el cual corresponderá, como máximo, hasta un 70 por ciento del valor que corresponda a cada acción. El valor de cada acción será el que establezca un certificado, otorgado por el contador de la empresa, quien deberá, en primer lugar, establecer el valor contable de la empresa, tomado en cuenta el valor de su patrimonio, y el estado de sus negocios, considerando como base el último balance del año tributario anterior a la fecha de la venta, para posteriormente, dividir el valor resultante, por el número de acciones en que se divide el capital de la sociedad. La sucesión o el heredero que desee vender o ceder sus acciones, deberá, previo a la comunicación de su oferta, obtener el certificado antes referido, el cual deberá acompañar a su propuesta de venta. A-3 Aceptación o rechazo de la oferta: Una vez recibida la oferta, el gerente general de la sociedad, deberá citar a un Junta extraordinaria de accionistas, con la finalidad de acordar y votar la aceptación de la misma. En esta votación no podrá participar la sucesión o el heredero que ofrece vender sus acciones. La votación se realizará a mano alzada, y se dejará constancia en acta, de la forma en que cada socio vota. La aceptación o rechazo de la oferta de venta, se adoptará por la mayoría de las acciones presentes en la junta. En todo caso el pago del precio de las acciones, deberá ser pagado con los dividendos que se encuentre disponibles para los socios no vendedores. B.- Segunda oferta preferente: Si fuera rechazada la oferta de venta o cesión de acciones por la sociedad, la sucesión o heredero deberá ofertarlas a los demás accionistas, al mismo valor de venta preferente ofrecido a la sociedad. La oferta de venta, efectuada a la sociedad referida en el párrafo Dos letra A precedente, se pondrá en conocimiento de los socios, mediante la entrega de la comunicación escrita presentada por la sucesión o heredero que pretende vender, efectuada por el gerente general de la sociedad, a cada socio, de manera personal, constando aquello, por medio de la firma del socio correspondiente, puesta en la oferta y en sus copias, en las cuales se hará constar la fecha de su recepción. Sólo tendrán la posibilidad de participar en la oferta preferente de venta o cesión de acciones, aquellos accionistas que, en la junta extraordinaria de accionistas referida en la letra A-3, hayan votado de manera favorable la posible compra de las acciones ofrecidas. B-1 Plazo de la oferta: Una vez recibida la oferta de venta o cesión de acciones, los socios tendrán un plazo de 10 días hábiles, para hacer efectiva la opción de compra de las acciones. Los accionistas podrán adquirir el total de las acciones ofertadas, o una parte de ellas. La aceptación de la oferta de venta, se efectuará por medio de una comunicación escrita, y suscrita por el respectivo socio, dirigida al socio que pretende vender sus acciones, en la cual se deberá indicar el número de acciones que se acepta comprar, así como las condiciones de pago de las mismas. Demás estipulaciones escritura extractada. Talagante, 12 de Diciembre de 2024.-
公司資料
管理人(5)
Hernán Alejandro Miranda Álvarez
Roberto Estaban Miranda Álvarez
Sergio Ricardo Miranda Álvarez
摘要官方正文
MARÍA EUGENIA LE-BERT ACHERITOGARAY, abogado, Notario Público titular de la ciudad de Talagante, con oficio en calle Bernardo O`Higgins Nº 1.360 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Enero de 2017, ante Botario Suplente Inelia Susa Stein Cuadra, SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ, redujo a escritura pública “Acta de primera sesión de directorio “Miranda Hermanos SpA.”, repertorio N° 214-2017, sociedad cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor a fojas 54 vuelta N° 49 del año 2016, efectuada con fecha 19 de enero de 2017, con la asistencia de los directores Hugo Danilo Miranda Moreno, Hugo Antonio Miranda Álvarez, Hernán Alejandro Miranda Álvarez, Roberto Estaban Miranda Álvarez y Sergio Ricardo Miranda Álvarez. Preside la sesión don Hugo Danilo Miranda Moreno y actúa como secretario don Hernán Alejandro Miranda Álvarez. I- Quórum. Se encuentra presente la unanimidad de los miembros del Directorio. II- Tabla: El presidente procede a leer la tabla de la sesión: III- Designación de presidente: Se designa presidente del directorio a Hugo Danilo Miranda Moreno. IV- Designación del Gerente General: Se designa gerente general a Sergio Ricardo Miranda Álvarez. V- Poderes: El Directorio, por unanimidad, y sin perjuicio de las facultades que corresponden al Gerente General por el sólo ministerio de la ley, acordó conferir al gerente general y al presidente del directorio, amplias facultades, según se detallan en la escritura extractada. VI- Directivas para el funcionamiento de la sociedad: El directorio instruyó al gerente general para efectuar una serie de trámites con la finalidad de actualizar los datos de la sociedad ante Instituciones bancarias. VII- Cumplimientos de acuerdos y reducción a escritura pública: Se acordó que todos los acuerdos aprobados se cumplan y lleven a cabo de inmediato, sin esperar previa aprobación de acta, facultando al portador para reducir a escritura pública. En lo relacionado con los poderes, este instrumento servirá de suficiente personería. Demás estipulaciones escritura extractada. Talagante, 11 de Junio de 2019.
公司資料
公報所載公司沿革
- 其他行為· 2017年1月27日
Se otorgó el acta de la primera sesión de directorio de MIRANDA HERMANOS SpA.
SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ
摘要官方正文
RAMON ANGEL CARRILLO ARAYA, abogado, Notario Público Suplente de la titular de Talagante, doña María Eugenia Le-Bert Acheritogaray, con oficio ubicado en calle Bernardo O`Higgins Nº 1.360 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, repertorio Nº 1258-2019 se otorgó, por don SERGIO RICARDO MIRANDA ALVAREZ, C.I. Nº 8.937.639-4, domiciliado en Veintiuno de Mayo Nº 4555 C-D, escritura de saneamiento de la reducción a escritura pública del acta de de la primera sesión de directorio de la sociedad denominada “MIRANDA HERMANOS SpA”, de fecha 27 de enero de 2017, repertorio 214-2017, otorgada en la Notaría de Talagante, de doña María Eugenia Le- Bert Acheritogaray, sociedad, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor a fojas 54 vuelta, N° 49, del año 2016. El vicio que se corrigió, en virtud de la escritura extractada, consiste en que el extracto de la reducción a escritura pública, antes referida, no fue inscrito dentro de plazo, en el Registro de Comercio, ni publicado oportunamente en el Diario Oficial, por lo cual, mediante la escritura de saneamiento, y de conformidad con la ley 19.499, que establece las normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, don Sergio Ricardo Miranda Álvarez, viene en sanear dicho vicio, el cual constituye un vicio meramente formal, en la forma establecida en el artículo 3º, en sus letras A) y B) de la ley antes señalada, dándose, por saneado dicho vicio, para inscribir y publicar dentro de plazo. Talagante, 24 de Mayo de 2019.
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será el ramo de farmacia y perfumería, en todas sus formas, pudiendo instalar, comprar, administrar, explorar, elaborar productos de Recetario Magistral y vender farmacias, boticas y perfumerías por cuenta propia y ajena y comercializar toda clase de medicamentos, perfumes y colonias, así como medicamentos y artículos de veterinaria, artículos de bebes, ortopedia, traumatología y recuperación, insumos para el adulto mayor, artículos deportivos, productos naturales, de belleza, homeopáticos, así como cualquier producto que tengan relación con la salud en general, y dulces y confites. La Sociedad podrá constituirse en agente representante y mandataria de laboratorios y demás productores, chilenos y extranjeros de los artículos de farmacia y perfumería, así como la importación de los productos e insumos antes señalados o que tengan relación con el rubro comentado.
資本
總資本
$17.490.400
實繳資本
$17.490.400
待繳資本
$0
股份
174,904
股東(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 71.09% | $12.424.700 |
Accionista | - | 4.83% | $844.700 |
Accionista | - | 4.83% | $844.200 |
Sergio Ricardo Miranda Alvarez Accionista | - | 4.83% | $844.200 |
Accionista | - | 4.83% | $844.200 |
Hernán Alejandro Miranda Alvarez Accionista | - | 4.83% | $844.200 |
Roberto Esteban Miranda Alvarez Accionista | - | 4.83% | $844.200 |
公報所載公司沿革
- 設立· 2010年1月1日
Constitución de MIRANDA HERMANOS S.A. inscrita en el Registro de Comercio de Peñaflor.
Hugo Danilo Miranda Moreno · Isabel Gabriela Alvarez Pérez · Hugo Antonio Miranda Alvarez · Sergio Ricardo Miranda Alvarez · Ana María Miranda Alvarez · Hernán Alejandro Miranda Alvarez · Roberto Esteban Miranda Alvarez
- 公司形式轉換· 2016年12月12日
La sociedad MIRANDA HERMANOS S.A. se transforma en sociedad por acciones bajo la razón social MIRANDA HERMANOS SpA.
Hugo Danilo Miranda Moreno · Isabel Gabriela Alvarez Pérez · Hugo Antonio Miranda Alvarez · Sergio Ricardo Miranda Alvarez · Ana María Miranda Alvarez · Hernán Alejandro Miranda Alvarez · Roberto Esteban Miranda Alvarez
摘要官方正文
MARÍA EUGENIA LE-BERT ACHERITOGARAY, Notario Titular de Talagante, con oficio en Bernardo O’Higgins Nº 1360, Certifico: Por Junta Extraordinaria de Accionistas de 12 de diciembre de 2016, reducida a escritura pública con igual fecha, ante mí, Hugo Danilo Miranda Moreno; Isabel Gabriela Alvarez Pérez; Hugo Antonio Miranda Alvarez; Sergio Ricardo Miranda Alvarez; Ana María Miranda Alvarez; Hernán Alejandro Miranda Alvarez y Roberto Esteban Miranda Alvarez, como únicos accionistas de MIRANDA HERMANOS S.A., inscrita a fs. 5 vuelta Nº 8 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor, año 2010, todos domiciliados en calle Veintiuno de Mayo Nº 4555 C- D, comuna de Peñaflor, acordaron transformar la sociedad en una Sociedad por Acciones. Razón Social: “MIRANDA HERMANOS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será el ramo de farmacia y perfumería, en todas sus formas, pudiendo instalar, comprar, administrar, explorar, elaborar productos de Recetario Magistral y vender farmacias, boticas y perfumerías por cuenta propia y ajena y comercializar toda clase de medicamentos, perfumes y colonias, así como medicamentos y artículos de veterinaria, artículos de bebes, ortopedia, traumatología y recuperación, insumos para el adulto mayor, artículos deportivos, productos naturales, de belleza, homeopáticos, así como cualquier producto que tengan relación con la salud en general, y dulces y confites. La Sociedad podrá constituirse en agente representante y mandataria de laboratorios y demás productores, chilenos y extranjeros de los artículos de farmacia y perfumería, así como la importación de los productos e insumos antes señalados o que tengan relación con el rubro comentado. Domicilio: será la ciudad y comuna de Peñaflor, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otras regiones del país e incluso del extranjero. Duración: Indefinida. Administración: Directorio compuesto por cinco directores, elegidos por la Junta de Accionistas. Capital: $17.490.400.- dividido en 174.904 acciones, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que los socios suscribieron y aportaron previamente de la siguiente forma: a) Hugo Danilo Miranda Moreno, suscribió y pagó 124.247 acciones, pagando con anterioridad la suma de $12.424.700; b) Isabel Gabriela Alvarez Pérez, suscribió y pagó 8.447 acciones, pagando con anterioridad la suma de $844.700; c) Hugo Antonio Miranda Alvarez, suscribió y pagó 8.442 acciones, pagando con anterioridad la suma de $844.200; d) Sergio Ricardo Miranda Alvarez, suscribió y pagó 8.442 acciones, pagando con anterioridad la suma de $844.200; e) Ana María Miranda Alvarez, suscribió y pagó 8.442 acciones, pagando con anterioridad la suma de $844.200; f) Hernán Alejandro Miranda Alvarez, suscribió y pagó 8.442 acciones, pagando con anterioridad la suma de $844.200; y g) Roberto Esteban Miranda Alvarez, suscribió y pagó 8.442 acciones, pagando con anterioridad la suma de $844.200. Otras estipulaciones en escritura extractada. Talagante, 12 de Diciembre de 2016.
公司資料
管理人(5)
摘要官方正文
MARIA EUGENIA LE-BERT ACHERITOGARAY, Notario Titular Talagante, Bernardo O’Higgins 1360, certifica: Con fecha 08 agosto 2016, se redujo a escritura pública, ante Notario suplente Margarita Isabel Contreras Muñoz, acta de junta general extraordinaria de accionistas de 19 de Julio de 2016, de Sociedad ” MIRANDA HERMANOS S.A. ”, encontrándose presente 100% acciones emitidas. Se elige nuevo directorio, resultando elegidos en calidad de directores titulares, los siguientes: Hugo Miranda Moreno, Hugo Miranda Álvarez, Sergio Miranda Álvarez, Hernán Miranda Álvarez y Roberto Miranda Álvarez. Gerente General sociedad Sergio Miranda Álvarez, amplias atribuciones. Demás estipulaciones escritura de reducción extractada. Talagante, 23 de Septiembre de 2016.
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MIRANDA HERMANOS SpA
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