有限責任公司88.929.800-6

Comercial Caucaso Limitada

MODIFICACIÓN — 2020年1月11日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2020-01-11查看 PDF(CVE 1710705)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
管理方式: La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, actuando conjunta o separadamente

資本

總資本

$5.000.000

實繳資本

$5.000.000

股東(2)

姓名持股比例

Rita Ximena Eva Parra

Socio

1%

Jorge Elías Mardini Orellana

Socio

99%

管理人(2)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1982年7月21日

    Constitución original de Comercial Caucaso Limitada.

  2. 其他行為· 1983年11月17日

    Primera modificación societaria publicada.

  3. 其他行為· 1988年7月11日

    Segunda modificación societaria publicada.

  4. 其他行為· 1993年4月21日

    Tercera modificación societaria publicada.

  5. 其他行為· 2011年12月14日

    Cuarta modificación societaria publicada.

  6. 其他行為· 2012年1月19日

    Quinta modificación societaria publicada.

  7. 權益轉讓

    Luis Waldo Sepúlveda Medina cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 90% a Jorge Elías Mardini Orellana.

    Luis Waldo Sepúlveda Medina · Jorge Elías Mardini Orellana

  8. 權益轉讓

    Félix Ricardo Elías Mardini Orellana cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 9% a Jorge Elías Mardini Orellana.

    Félix Ricardo Elías Mardini Orellana · Jorge Elías Mardini Orellana

  9. 股東加入

    Se incorpora Jorge Elías Mardini Orellana a la sociedad.

    Jorge Elías Mardini Orellana

  10. 股東退出

    Se retiran Luis Waldo Sepúlveda Medina y Félix Ricardo Elías Mardini Orellana de la sociedad.

    Luis Waldo Sepúlveda Medina · Félix Ricardo Elías Mardini Orellana

摘要官方正文

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público, Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con domicilio en calle Agustinas número 1161, entrepiso, Comuna y ciudad de Santiago, CERTIFICO: por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2019, ante el Notario Suplente Christian Alejandro Ortiz Cáceres, señores Luis Waldo Sepúlveda Medina, La Concepción número 165 Oficina 503, Comuna de Providencia; Félix Ricardo Elías Mardini Orellana, Avenida de los Viñedos número 7773, Comuna de Peñalolén; Rita Ximena Eva Parra, El Radal número 221, Depto. C-12, Comuna de Lo Barnechea; y Jorge Elías Mardini Orellana, El Radal número 221, Depto. C-12, Comuna de Lo Barnechea, modifican COMERCIAL CAUCASO LIMITADA, Rol único Tributario número 88.929.800-6, constituida por escritura pública de fecha 21 de Julio 1982, otorgada ante el Notario Público don Enrique Morgan Torres, cuyo extracto se inscribió a Fs. 12.606 número 7.097 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1982, y se publicó en el Diario Oficial de 31 de Julio de 1982, sociedad que ha tenido las siguientes modificaciones: a) Escritura pública 17 de Noviembre de 1983, otorgada ante el Notario Público don Eduardo Avello Arellano, cuyo extracto se inscribió a Fs. 20.285 número 11.223 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1983, y se publicó en el Diario Oficial de 31 de Diciembre de 1983; b) Escritura pública 11 de Julio de 1988, otorgada ante el Notario Público don Fernando Opazo Larraín, cuyo extracto se inscribió a Fs. 17.799 número 9.439 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1988, y se publicó en el Diario Oficial de 6 de Agosto de 1998; c) Escritura pública de fecha 21 de Abril de 1993, otorgada ante la Notario Público doña Nancy de la Fuente Hernández, cuyo extracto se inscribió a Fs. 12.345 Nª 10.196 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1993, y se publicó en el Diario Oficial de 19 de Junio de 1993; d) Escritura pública de fecha 14 de Diciembre de 2011, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto se inscribió a Fs. 77.229 número 56.631 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, y se publicó en el Diario Oficial de 29 de Diciembre de 2011; y e) Escritura pública de fecha 19 de Enero de 2012, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyo extracto se inscribió a Fs. 5.876 número 4.118 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, y se publicó en el Diario Oficial de 26 de Enero de 2012. Modificaciones consisten: 1) Don Luis Waldo Sepúlveda Medina vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en ella, equivalentes al 90 por ciento del capital social, a don Jorge Elías Mardini Orellana, precio de la cesión $900.000.-, pagados al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de esta cesión, se retira de la sociedad don Luis Waldo Sepúlveda Medina y se incorpora a ella don Jorge Elías Mardini Orellana. 2) Don Félix Ricardo Elías Mardini Orellana vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en ella, equivalentes al 9 por ciento del capital social, a don Jorge Elías Mardini Orellana, precio de la cesión $100.000.-, pagados al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de esta cesión, se retira de la sociedad don Félix Ricardo Elías Mardini Orellana y se incorpora a ella don Jorge Elías Mardini Orellana. 3) Rita Ximena Eva Parra y Jorge Elías Mardini Orellana, únicos y actuales socios de ella, acuerdan modificarla en siguientes sentidos: 3-1) Que los únicos y actuales socios de la sociedad son doña Rita Ximena Eva Parra y don Jorge Elías Mardini Orellana. 3-2) Reemplazar la cláusula cuarto del pacto social, relativa al capital social, por la siguiente: "CUARTO: DEL CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos que los socios han pagado y enterado en dinero efectivo ya recibido en la caja social en la cantidad y proporción siguiente: a) Don Jorge Elías Mardini Orellana, la suma de cuatro millones novecientos cincuenta mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social; y b) Doña Rita Ximena Eva Parra, la suma de cincuenta mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes." 3-3) La administración y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá a ambos socios indistintamente, doña Rita Ximena Eva Parra y don Jorge Elías Mardini Orellana, actuando conjunta o separadamente, con facultades indicadas escritura extractada, para cuyo efecto reemplazaron la cláusula Octavo del contrato social en ese sentido. En lo no modificado regirá pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 31 de Diciembre de 2019.

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  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIAL CAUCASO LIMITADA

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