有限責任公司87.948.900-8

Sociedad Agrícola Quilahue Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年1月2日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2026-01-02查看 PDF(CVE 2749331)

公司資料

Ltda
calle Mar del Plata 2111
管理方式: JOSÉ JUAN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL, quien podrá actuar con las más amplias facultades administrativas, y en conjunto con cinco cualesquiera de los socios para ciertos actos; y con uno cualesquiera de los socios para otras facultades

資本

總資本

$3.248.198

實繳資本

$3.248.198

待繳資本

$0

股東(6)

姓名持股比例

GONZALO IZQUIERDO MENENDEZ

Socio

3.xxx.xxx-5

16.6666666667%

SANTIAGO IZQUIERDO MENENDEZ

Socio

5.xxx.xxx-3

16.6666666667%

IGNACIO VICENTE IZQUIERDO MENENDEZ

Socio

5.xxx.xxx-5

16.6666666667%

GERMÁN OSCAR ARMANDO ILABACA SCHIAVETTI

Socio

7.xxx.xxx-2

16.6666666667%

INVERSIONES CABAÑA EL PEUMO LIMITADA

Socio

77.282.229-4

16.6666666667%

FERNANDO SALAS RICHAUD

Socio

4.xxx.xxx-9

16.6666666667%

管理人(1)

JOSÉ JUAN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL

17.xxx.xxx-5Administrador

公報所載公司沿革

  1. 其他行為

    Miembros de la sucesión de Jorge Gustavo Ernesto Palacios Garcés ceden la totalidad de sus derechos sociales a Inversiones Cabaña El Peumo Limitada.

    MARÍA MACARENA PALACIOS SOTOMAYOR · MARÍA CAROLINA PALACIOS SOTOMAYOR · MARÍA PAZ PALACIOS SOTOMAYOR · LUCÍA ADELINDA SOTOMAYOR ORCHARD · GUSTAVO PALACIOS SOTOMAYOR · INVERSIONES CABAÑA EL PEUMO LIMITADA

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARIA DE LOS ANGELES UBILLA, Abogada, Notario Suplente de don EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34° Notaría de Santiago, con calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de noviembre del año 2025, ante mí, 1) GONZALO IZQUIERDO MENENDEZ, C.N.I Nº3.567.484-5, domiciliado en calle Mar del Plata 2111, Providencia; 2) SANTIAGO IZQUIERDO MENENDEZ, C.N.I Nº5.742.959-3, domiciliado en calle Mar del Plata 2111, Providencia; 3) IGNACIO VICENTE IZQUIERDO MENENDEZ, C.N.I Nº5.741.891-5, domiciliado en calle Mar del Plata 2111, Providencia; 4) GERMAN OSCAR ARMANDO ILABACA SCHIAVETTI, C.N.I Nº7.004.620-2, domiciliado en Candelaria Goyenechea 4599, D.507, Vitacura; 5) GUSTAVO PALACIOS SOTOMAYOR, C.N.I Nº9.976.497-K, domiciliado en Avenida Golf Lomas de La Dehesa, 8998, Lo Barnechea, por sí y como mandatario de: i) JOSÉ MANUEL BÓRQUEZ YUNGE, C.N.I. Nº 7.026.419-6, en calidad de administrador de la sociedad conyugal con MARÍA MACARENA PALACIOS SOTOMAYOR, C.N.I Nº8.454.923-1, ambos domiciliados en calle Juan Agustín Alcalde 2265, Vitacura; ii) JOSÉ IGNACIO REYES REYES, C.N.I Nº6.974.600-4, en calidad de administrador de la sociedad conyugal con MARÍA CAROLINA PALACIOS SOTOMAYOR, C.N.I Nº 8.454.922-3, ambos domiciliados en camino Padre Hurtado 5758, parcela 34, Alto Jahuel, Buin; iii) MARÍA PAZ PALACIOS SOTOMAYOR, C.N.I Nº8.454.924-K, domiciliada en calle Lo Arcaya 2077, Vitacura; y, iv) LUCÍA ADELINDA SOTOMAYOR ORCHARD, C.N.I Nº4.465.788-0, domiciliada en Avenida Kennedy 6899, D.131, Las Condes; todos los anteriores como miembros de la sucesión de JORGE GUSTAVO ERNESTO PALACIOS GARCÉS, C.N.I Nº3.803.178-3; 6) FERNANDO SALAS RICHAUD, C.N.I Nº4.138.177-9, domiciliado en calle San Damián 115, D102, Las Condes; y, 7) INVERSIONES CABAÑA EL PEUMO LIMITADA, RUT Nº77.282.229-4, representada por ALFONSO HERNÁN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL, C.N.I Nº15.367.349-7 y por JOSÉ JUAN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL, C.N.I Nº17.402.003-5, todos domiciliados en calle Mar del Plata 2111, Providencia; comparecieron a efectuar cesión de derechos y modificación de sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD AGRÍCOLA QUILAHUE LIMITADA” RUT Nº 87.948.900-8, inscrita a fojas 17.532 Nº 8.890 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1980, en el siguiente sentido: 1.- Cesión de derechos: MARÍA MACARENA PALACIOS SOTOMAYOR, MARÍA CAROLINA PALACIOS SOTOMAYOR, MARÍA PAZ PALACIOS SOTOMAYOR y LUCÍA ADELINDA SOTOMAYOR ORCHARD, representadas por GUSTAVO PALACIOS SOTOMAYOR, y este último también por sí, todos en su calidad de únicos integrantes de la Sucesión de JORGE GUSTAVO ERNESTO PALACIOS GARCES, venden, ceden y transfieren a INVERSIONES CABAÑA EL PEUMO LIMITADA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, los que equivalen a un sexto del total de los derechos y haber social. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, quedan como actuales y únicos socios de la sociedad: GONZALO IZQUIERDO MENENDEZ, SANTIAGO IZQUIERDO MENENDEZ, IGNACIO VICENTE IZQUIERDO MENENDEZ, GERMÁN OSCAR ARMANDO ILABACA, INVERSIONES CABAÑA EL PEUMO LIMITADA y FERNANDO SALAS RICHAUD. 2.- Modificaciones: 1) Modificar la cláusula Tercera de los estatutos sociales, relativa al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El capital social es la suma de $3.248.198 íntegramente aportado y pagado a la Sociedad por los socios con anterioridad a este acto, y que pertenece a los socios en las cantidades, forma y proporciones que se indican a continuación: Uno) GONZALO IZQUIERDO MENENDEZ, con una sexta parte del capital y haber social. Dos) SANTIAGO DE JESÚS IZQUIERDO MENENDEZ, con una sexta parte del capital y haber social. Tres) IGNACIO VICENTE IZQUIERDO MENENDEZ, con una sexta parte del capital y haber social. Cuatro) GERMÁN OSCAR ARMANDO ILABACA SCHIAVETTI, con una sexta parte del capital y haber social; Cinco) INVERSIONES CABAÑA EL PEUMO LIMITADA, con una sexta parte del capital y haber social; y Seis) FERNANDO SALAS RICHAUD, con una sexta parte del capital y haber social; y, 2) Modificar la cláusula Sexta sobre la administración social, en el sentido de señalar que la administración y el uso de la razón social corresponderá a JOSÉ JUAN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL, quien podrá actuar con las más amplias facultades administrativas que sean necesarias para el desempeño de su cometido. Sin perjuicio de lo anterior, don JOSÉ JUAN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL, actuando en conjunto con cinco cualesquiera de los socios, podrá: Comprar, vender, ceder, permutar, adquirir o enajenar a cualquier título toda clase de bienes raíces o inmuebles, pudiendo al efecto fijar precios, forma de pago y convenir plazos, condiciones y todo tipo de modalidades y estipulaciones. Finalmente, don JOSÉ JUAN IZQUIERDO IRARRÁZAVAL actuando en conjunto con uno cualesquiera de los socios, podrá actuar con todas y cada una de las facultades que se señalan en la cláusula sexta de la escritura que se extracta, las que se tienen por reproducidas. En lo no modificado mantiene su vigencia el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 Noviembre 2025.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRÍCOLA QUILAHUE LIMITADA

    CVE 2749331

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