Inversiones San Javier Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$1.346.623.754
實繳資本
$1.346.623.754
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER Socio | - | 8.68867% | $117.003.518 |
Socio | - | 30.43711% | $409.873.412 |
Socio | - | 30.43711% | $409.873.412 |
Socio | - | 30.43711% | $409.873.412 |
摘要官方正文
Juan Andrés Contreras Fredes, Notario Suplente de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 12 de febrero del año 2024, ante la titular, doña Marcela Andrea Medina Ricci, doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA y la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins N°443, local N°1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso en esta; celebraron “Retiro de Socios y Modificación de Estatutos INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 164 N°132 del Reg. de Com. del CBR de La Serena año 1988, y acordaron lo siguiente: I. Retiro de socios. Don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL y doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, con el consentimiento de los consocios, se retiran de la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, retiro que se extiende a la totalidad de sus respectivas participaciones en dicha sociedad. Los restantes socios aceptan en todas sus partes el retiro de don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL y doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, retiro que se hace efectivo a contar de la fecha de la escritura extractada. II. Disminución de capital. Como consecuencia del retiro total y de la devolución de los respectivos aportes, los actuales socios de la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA acuerdan disminuir el capital social de la suma de $1.404.454.187 a la suma de $1.346.623.754, quedando conformado por los actuales socios de la siguiente manera: a) Doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, con la suma de $117.003.518, equivalentes aproximadamente al 8,68867% del total de los derechos sociales; b) La sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, con la suma de $409.873.412, equivalentes aproximadamente al 30,43711% del total de los derechos sociales; c) La sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA, con la suma de $409.873.412, equivalentes aproximadamente al 30,43711% del total de los derechos sociales; y d) La sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA, con la suma de $409.873.412, equivalentes aproximadamente al 30,43711% del total de los derechos sociales. III. Modificación de estatutos. Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan modificar los artículos primero y sexto de los estatutos sociales, relativos a los socios y al capital social, respectivamente, reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO PRIMERO: Los únicos socios de la sociedad son doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA y la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA.” “ARTÍCULO SEXTO: El capital social asciende a la suma de $1.346.623.754, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, con la suma de $117.003.518, equivalentes aproximadamente al 8,68867% del total de los derechos sociales; b) la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, con la suma de $409.873.412, equivalentes aproximadamente al 30,43711% del total de los derechos sociales; c) la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA, con la suma de $409.873.412, equivalentes aproximadamente al 30,43711% del total de los derechos sociales; y d) la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA, con la suma de $409.873.412, equivalentes aproximadamente al 30,43711% del total de los derechos sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 26 de febrero de 2024. Juan Andrés Contreras Fredes.
公司資料
股東(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
MACARENA ANDREA MORALES FINDEL Socio | - | - | - |
PAULINA CATALINA MORALES FINDEL Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
管理人(1)
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER
摘要官方正文
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de diciembre del año 2023, ante mí, doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA y la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins N°443, Local N°1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso en esta, celebraron “Modificación de Estatutos INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 164 número 132 del Reg. de Com. del CBR La Serena año 1988, y acordaron lo siguiente: 1) Modificar los siguientes artículos de los estatutos sociales: el artículo primero, relativo a los socios; el artículo tercero, relativo a la duración; y el artículo noveno, relativo a la administración y al uso de la razón social; reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO PRIMERO: Los únicos socios de la sociedad son doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA y la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA.” “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá una duración de 80 años contados desde el día 18 de diciembre del año 2023, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 20 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 1 año de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga, debiendo además notificar por carta certificada a los demás socios.” “ARTÍCULO NOVENO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER no podrá ser removida de su cargo de administrador estatutario de la sociedad. ADMINISTRADORES DE REEMPLAZO: A) En caso de incapacidad o fallecimiento de doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social se ejercerá por doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las mismas facultades descritas en la escritura extractada. B) En caso de incapacidad o fallecimiento de doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social se ejercerá conjuntamente por las personas que se enumeran a continuación: i/ Por los hijos que tenga doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, a la fecha en que sobrevenga la causa de incapacidad o fallecimiento. En caso de existir hijos menores de edad, estos deberán actuar representados por quien ejerza la curaduría legal de los bienes de sus hijos, hasta la fecha en que uno cualquiera de ellos cumpla la mayoría de edad. Posteriormente, los demás hijos, en caso de que existan, se incorporarán a la administración a medida que cumplan la mayoría de edad; ii/ Por don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL. En caso de su incapacidad o fallecimiento, lo que no será necesario acreditar ante terceros, administrarán en su representación los hijos que este tenga a la fecha en que sobrevenga la causa de incapacidad o fallecimiento. En caso de existir hijos menores de edad, estos deberán actuar representados por quien ejerza la curaduría legal de los bienes de sus hijos, hasta la fecha en que uno cualquiera de ellos cumpla la mayoría de edad. Posteriormente, los demás hijos, en caso de que existan, se incorporarán a la administración a medida que cumplan la mayoría de edad; y iii/ Por doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL. En caso de su incapacidad o fallecimiento, lo que no será necesario acreditar ante terceros, administrarán en su representación los hijos que esta tenga a la fecha en que sobrevenga la causa de incapacidad o fallecimiento. En caso de existir hijos menores de edad, estos deberán actuar representados por quien ejerza la curaduría legal de los bienes de sus hijos, hasta la fecha en que uno cualquiera de ellos cumpla la mayoría de edad. Posteriormente, los demás hijos, en caso de que existan, se incorporarán a la administración a medida que cumplan la mayoría de edad. Los administradores de reemplazo señalados en los números i/, ii/ y iii/ de la letra B) de esta cláusula, ejercerán la administración de la sociedad y el uso de la razón social, actuando todos conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, y representarán a la sociedad con las mismas facultades indicadas precedentemente. LIMITACIÓN: Los administradores de reemplazo indicados en las letras A) y B) precedentes, no podrán delegar a terceros, ni ejercer las facultades que expresamente se señalan en la escritura extractada”. 2) Asimismo, los socios acordaron modificar el artículo octavo, el artículo décimo primero, el artículo décimo tercero, el artículo décimo cuarto y el artículo décimo séptimo, todos de materia no extractable. 3) Por último, los socios acordaron agregar un artículo décimo noveno a los estatutos sociales, materia no extractable. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 17 de enero de 2024. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
公司資料
資本
總資本
$1.404.454.187
實繳資本
$1.404.454.187
待繳資本
$0
股東(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER Socio | - | 8.33089% | $117.003.518 |
Socio | - | 1.37255% | $19.276.811 |
MACARENA ANDREA MORALES FINDEL Socio | - | 1.37255% | $19.276.811 |
PAULINA CATALINA MORALES FINDEL Socio | - | 1.37255% | $19.276.811 |
Socio | - | 29.18382% | $409.873.412 |
Socio | - | 29.18382% | $409.873.412 |
Socio | - | 29.18382% | $409.873.412 |
公報所載公司沿革
- 設立· 2010年1月1日
Constitución de INVERSIONES DOS ANTONIO S.A.
ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER · JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL · MACARENA ANDREA MORALES FINDEL · PAULINA CATALINA MORALES FINDEL
- 公司形式轉換· 2022年8月1日
Fusión por incorporación de INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULINA LIMITADA y INVERSIONES DOS ANTONIO S.A. en INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA.
INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA · INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULINA LIMITADA · INVERSIONES DOS ANTONIO S.A.
摘要官方正文
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Av. Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 01 de agosto de 2022, ante mí, doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIERA ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL y la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., todos domiciliados para estos efectos en calle O´Higgins N°443, local N°1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso por esta, en su calidad de socios de la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA (sociedad “absorbente”), inscrita a fojas 164 N°132 del Reg. de Com. del CBR La Serena año 1988; doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA y la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en calle O´Higgins N°443, local N°1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso por esta, en su calidad de socios de la sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULINA LIMITADA (sociedad “absorbida”), inscrita a fojas 76.377 N°50.355 del Reg. de Com. del CBR Santiago año 2013 y; doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL y doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, todos domiciliados para estos efectos en calle O´Higgins N°443, local N°1, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, de paso por esta, en su calidad de accionistas de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A. (sociedad “absorbida”), inscrita a fojas 874 vuelta N°542 del Reg. de Com. del CBR La Serena año 2010; celebraron “Fusión INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULINA LIMITADA Y OTRA”, y acordaron lo siguiente: I. Junta Extraordinaria de Accionistas INVERSIONES DOS ANTONIO S.A.: Con la misma fecha de escritura extractada, se celebró Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., en la cual, unanimidad de accionistas acordó aprobar la fusión de dicha sociedad en la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, disolviéndose la primera, sin necesidad de efectuar su liquidación. Con motivo de la fusión, se incorporó a la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA la totalidad del patrimonio y accionistas de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., ajustados por la inversión permanente de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A. en la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, debiendo entenderse que la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA es la sucesora y continuadora legal de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A. para todos los efectos legales. II. Fusión por incorporación. Se acordó la fusión de la sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULINA LIMITADA, y de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., en la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, con efecto y vigencia a partir de la fecha de escritura extractada. Como consecuencia de esta fusión, la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA absorbe a la sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS PAULINA LIMITADA, y a la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., disolviéndose estas últimas con efecto y vigencia a contar de dicha fecha, e incorporándose la totalidad del activo y pasivo, derechos y obligaciones, bienes materiales o inmateriales, créditos, débitos, de cualquier especie, sin que medie reserva ni excepción alguna, que hayan pertenecido, correspondido, favorecido u obligado a estas sociedades, pertenecen, corresponden, favorecen u obligan en lo sucesivo a la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, la que, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, se constituye en la sucesora y continuadora legal de las sociedades absorbidas. III. Aumento de capital sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA: Por efecto de la fusión acordada, se aumenta el capital de la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, de la suma de $5.403.655 a la suma de $1.404.454.187. IV.- Modificación de Estatutos sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA: Socios acuerdan modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social asciende a la suma de mil cuatrocientos cuatro millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ciento ochenta y siete pesos, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, con la suma de ciento diecisiete millones tres mil quinientos dieciocho pesos, equivalentes aproximadamente al ocho coma tres tres cero ocho nueve por ciento del total de los derechos sociales; b) don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, con la suma de diecinueve millones doscientos setenta y seis mil ochocientos once pesos, equivalentes aproximadamente al uno coma tres siete dos cinco cinco por ciento del total de los derechos sociales; c) doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, con la suma de diecinueve millones doscientos setenta y seis mil ochocientos once pesos, equivalentes aproximadamente al uno coma tres siete dos cinco cinco por ciento del total de los derechos sociales; d) doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, con la suma de diecinueve millones doscientos setenta y seis mil ochocientos once pesos, equivalentes aproximadamente al uno coma tres siete dos cinco cinco por ciento del total de los derechos sociales; e) la sociedad INVERSIONES CATALINA LIMITADA, con la suma de cuatrocientos nueve millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos doce pesos, equivalentes aproximadamente al veintinueve coma uno ocho tres ocho dos por ciento del total de los derechos sociales; f) la sociedad INVERSIONES OLIVIA LIMITADA, con la suma de cuatrocientos nueve millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos doce pesos, equivalentes aproximadamente al veintinueve coma uno ocho tres ocho dos por ciento del total de los derechos sociales; y g) la sociedad INVERSIONES ROCKO LIMITADA, con la suma de cuatrocientos nueve millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos doce pesos, equivalentes aproximadamente al veintinueve coma uno ocho tres ocho dos por ciento del total de los derechos sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 21 de septiembre 2022. M. Medina R. Notario Público.
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