有限責任公司79.539.410-9

Pesquera, Turistica E Industrial Quitralco Limitada

MODIFICACIÓN — 2023年12月4日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2023-12-04查看 PDF(CVE 2416763)

公司資料

Ltda
Camino Chinquihue kilómetro 7
期限: quince años, a contar del veinte de octubre de 2023, renovable automática y sucesivamente por plazos iguales de quince años cada uno

資本

總資本

$51.000.000

實繳資本

$51.000.000

待繳資本

$0

股東(5)

姓名持股比例

CONSTANTINO ANESTIS KOCHIFAS COÑUECAR

Socio

8.xxx.xxx-7

4.41%

ANA MARÍA KOCHIFAS COÑUECAR

Socio

7.xxx.xxx-9

2.45%

WATFA EKATERIÑE KOCHIFAS COÑUECAR

Socio

8.xxx.xxx-k

0.69%

TRANSPORTES MARÍTIMOS KOCHIFAS S.A.

Socio

77.873.840-6

0.69%

SOCIEDAD DE INVERSIONES Y NAVIERA MAR Y TIERRA LIMITADA

Socio

76.042.513-3

91.76%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1984年10月17日

    Constitución de PESQUERA, TURISTICA E INDUSTRIAL QUITRALCO LIMITADA.

  2. 權益轉讓· 2023年7月26日

    Norma Isabel Kochifas Coñuecar vende, cede y transfiere el total de sus derechos equivalentes a 0,69% a Transportes Marítimos Kochifas S.A.

    NORMA ISABEL KOCHIFAS COÑUECAR · TRANSPORTES MARÍTIMOS KOCHIFAS S.A.

摘要官方正文

FELIPE SAN MARTIN SCHRODER, Notario de Puerto Montt, Urmeneta 478, certifica: Que por escritura pública de 31 de octubre de 2023, ante mí, /Uno/ CONSTANTINO ANESTIS KOCHIFAS COÑUECAR, oficial de la Marina Mercante Nacional, Rut. N° 8.580.842-7; por sí y en representación, de /Dos/ ANA MARÍA KOCHIFAS COÑUECAR¸ empresaria, Rut. N° 7.967.469-9; /Tres/ WATFA EKATERIÑE KOCHIFAS COÑUECAR, empleada, Rut. N° 8.639.264-K; /Cuatro/ SOCIEDAD DE INVERSIONES Y NAVIERA MAR Y TIERRA LIMITADA, giro de su denominación, Rut N° 76.042.513-3; y /Cinco/ TRANSPORTES MARÍTIMOS KOCHIFAS S.A., giro de su denominación, Rut N° 77.873.840-6; todos los anteriores domiciliados en Camino Chinquihue kilómetro 7, Puerto Montt; modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada "PESQUERA, TURISTICA E INDUSTRIAL QUITRALCO LIMITADA", rut 79.539.410-9, constituida por escritura pública 17 octubre 1984, Notario Puerto Montt, Heriberto Barrientos Bahamonde; inscrita a fojas 8 vuelta, número 8, Registro de Comercio 1984, del Conservador de Bienes Raíces Puerto Aysén. MODIFICACIONES: Por escritura pública anterior, fecha 26 julio 2023, Notaria Puerto Montt, Felipe San Martín Schroder, doña NORMA ISABEL KOCHIFAS COÑUECAR vendió, cedió y transfirió total de sus derechos en la sociedad ascendentes a un 0,69% capital y propiedad sociedad, a TRANSPORTES MARÍTIMOS KOCHIFAS S.A. en escritura extractada se acordó: modificación cláusula quinta estatutos y quedan como únicos socios: “QUINTO: El capital social es la suma de cincuenta y un millones de pesos, que se ha aportado y enterado con anterioridad por los socios, siendo sus participaciones: i) don Constantino Anestis Kochifas Coñuecar, realizó un aporte equivalente a 4,41% de los derechos sociales, ii) doña Ana María Kochifas Coñuecar, realizó un aporte equivalente a 2,45% de los derechos sociales, iii) doña Watfa Ekateriñe Kochifas Coñuecar, realizó un aporte equivalente a 0,69% de los derechos sociales, iv) Transportes Marítimos Kochifas S.A., realizó un aporte equivalente a 0,69% de los derechos sociales; y v) Sociedad de Inversiones Mar y Tierra Limitada, realizó un aporte equivalente al 91,76% restante de los derechos sociales.”. Asimismo, modificaron cláusula: “NOVENA: El plazo de duración de la sociedad será de quince años, a contar del veinte de octubre de 2023, plazo que se renovará automática y sucesivamente por plazos iguales de quince años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad en orden a que la sociedad no se renueve más allá del plazo de vigencia, mediante: a) una escritura pública de la cual se deberá tomar nota al margen de la inscripción de la sociedad en el respectivo Registro de Comercio en que esté inscrita, con a lo menos un año de antelación a la fecha prevista inicialmente para su término o bien a la fecha de vencimiento de la prórroga automática que estuviere en curso, si este fuere el caso y b) notificación notarial del aviso expedida en la misma fecha de la escritura antes indicada dando cuenta de la misma enviada a cada uno de los socios.- Sin el cumplimiento de estos dos requisitos copulativos, el aviso no tendrá validez legal alguna. Finalmente, las partes acuerdan que el socio que no desee renovar el plazo de vigencia de la sociedad, deberá transferir sus derechos a los restantes socios, a prorrata de sus respectivas participaciones, en caso que éstos últimos manifestaren, por escrito y dentro de los treinta días siguientes de notificados de la decisión de no renovar, su voluntad de adquirir tales derechos o participación societaria, en prorrata y al valor comercial que ellos tengan, previo descuento de un veinte por ciento en dicho monto.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 31 octubre 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    PESQUERA, TURISTICA E INDUSTRIAL QUITRALCO LIMITADA

    CVE 2416763

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