Impresos Helvetia Limitada
Diario Oficial
公司資料
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 93.32% | - |
Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 3.34% | - |
CONSTANZA ANDREA STUVEN PIEDRA Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | 3.34% | - |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 設立· 1997年2月27日
Constitución de IMPRESOS HELVETIA LIMITADA
- 其他行為· 2004年12月7日
Modificación previa de la sociedad
- 其他行為· 2017年12月13日
Modificación previa de la sociedad
摘要官方正文
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA 4ta NOTARIA DE LOS ÁNGELES, y su territorio jurisdiccional, con oficio calle Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico; Que, por escritura pública, Rep. 4687/2018, ante mí, doña GLADIS ELENA MEYNET CRETTON, comerciante, C de I. 4.589.043/0, con domicilio calle Mendoza 462, casa 8, Los Ángeles, don WERNER ALBERTO STUVEN MEYNET, oficial de ejército en retiro, C de I. 7.386.248/5, con domicilio en calle Mendoza 462, Los Ángeles; don TOMAS IGNACIO STUVEN PIEDRA, C de I. 16.658.426/4, ingeniero civil mecánico, con domicilio en calle John Macnab 3460, Condominio Gales, casa 19, de San Pedro de la Paz, y doña CONSTANZA ANDREA STUVEN PIEDRA, C de I. 17.552.531/9, odontóloga, con domicilio en Edificio Obispo Salas 445, Dpto 1205, Concepción, modificaron sociedad “IMPRESOS HELVETIA LIMITADA”, RUT 78.981.010/9, constituida por escritura fecha 27/2/1997, ante el Notario Los Ángeles don Raúl Morales Adriasola, inscrita a fs. 88 vta. n° 62 Registro de Comercio Los Ángeles año 1997, modificada por escritura de fecha 7/12/2004 ante el Notario Los Ángeles, Selim Parra Fuentealba, inscrita a fs.667 n°426 Registro de Comercio Los Ángeles año 2004 y modificada por escritura fecha 13/12/2017 ante Notario de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, inscrita a fs. 1471 n° 677 Registro de Comercio año 2017 a cargo del CBR de Los Ángeles. Modificaciones consisten: Se retira de la sociedad doña GLADIS ELENA MEYNET CRETTON, quien cede y transfiere totalidad de sus derechos y participación social, en siguiente forma UNO)./ Doña GLADIS ELENA MEYNET CRETTON, cede y transfiere a don WERNER ALBERTO STUVEN MEYNET, quien compra y adquiere para sí, el 26,72 % del capital social, tomados del 33,4 % de los derechos y acciones, que le corresponden a la cedente en la sociedad “IMPRESOS HELVETIA LIMITADA” por suma total de $136.000.000. pagados en forma indicada en escritura extractada. DOS)./ Doña GLADIS ELENA MEYNET CRETTON, cede y transfiere a don TOMAS IGNACIO STUVEN PIEDRA, quien compra y adquiere para sí, el 3,34 % del capital social, tomados del 33,4% de los derechos y acciones, que le corresponden a la cedente en la sociedad “IMPRESOS HELVETIA LIMITADA” y su parte de interés correspondiente en ella./ El precio total cesión es la suma de $17.000.000., pagados en forma indicada en escritura extractada. TRES)./ Doña GLADIS ELENA MEYNET CRETTON, cede y transfiere a doña CONSTANZA ANDREA STUVEN PIEDRA, quien compra y adquiere para sí, el restante 3,34 % del capital social, tomados del 33,4 % de los derechos y acciones, que le corresponden a la cedente en la sociedad “IMPRESOS HELVETIA LIMITADA” y su parte de interés en ella./ Precio de esta cesión en la suma total de $17.000.000, pagados en forma indicada en escritura extractada. De forma indicada quedan como únicos y exclusivos socios, don WERNER ALBERTO STUVEN MEYNET, con un 93,32 %, de acciones y derechos en el haber social, don TOMAS IGNACIO STUVEN PIEDRA y doña CONSTANZA ANDREA STUVEN PIEDRA, con un 3,34 %, cada uno de ellos, de acciones y derechos en haber social, quienes proceden a modificar pacto social en siguiente forma: UNO): Se sustituye la cláusula tercera del pacto social, relativo a la administración y uso de la razón, en sentido que esta corresponderá indistintamente y separadamente, a uno cualquiera de los socios don WERNER ALBERTO STUVEN MEYNET y/o don TOMAS IGNACIO STUVEN PIEDRA, con amplias facultades especificadas en escritura extractada. DOS). Se reemplaza la cláusula séptima del pacto constitutivo, relativo al caso de fallecimiento de uno o más de los socios, en cuanto ésta continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos del fallecido, en forma y términos indicados en escritura extractada. TRES)./ Se sustituye la cláusula octava del pacto social, relativo a la distribución de las utilidades y perdidas, en cuanto estas se distribuirán y determinarán en la proporción de sus respectivos derechos en la sociedad. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Los Ángeles, a 16 de Octubre del año 2018.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
IMPRESOS HELVETIA LIMITADA
CVE 1497229
