有限責任公司已解散78.920.860-3

Inmobiliaria E Inversiones Peñimapu Limitada

DISOLUCIÓN — 2019年1月9日

Diario Oficial

解散Diario Oficial · 2019-01-09查看 PDF(CVE 1525141)

公司資料

Ltda

資本

總資本

$32.000.000

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1996年8月16日

    Se constituye INMOBILIARIA E INVERSIONES PEÑIMAPU LIMITADA.

    MARÍA ADRIANA GONZÁLEZ AGUILERA · MARCIAL MANUEL GONZÁLEZ AGUILERA · GERARDO ANTONIO GONZÁLEZ AGUILERA · MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ AGUILERA · GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ AGUILERA · ALFONSO GONZÁLEZ AGUILERA · PATRICIO LUIS GONZÁLEZ AGUILERA · MARÍA CECILIA GONZÁLEZ AGUILERA

  2. 資本變更· 2006年3月14日

    Se aumenta el capital social de la sociedad.

  3. 其他行為· 2016年12月27日

    Se liquidó la sociedad antes de su disolución formal y luego se ratifica la liquidación.

    MARÍA ADRIANA GONZÁLEZ AGUILERA · MARCIAL MANUEL GONZÁLEZ AGUILERA · GERARDO ANTONIO GONZÁLEZ AGUILERA · MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ AGUILERA · GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ AGUILERA · ALFONSO GONZÁLEZ AGUILERA · PATRICIO LUIS GONZÁLEZ AGUILERA · MARÍA CECILIA GONZÁLEZ AGUILERA

摘要官方正文

LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público Titular de Pucón, con Oficio en calle General Urrutia Nº 283, Oficina 26 Segundo, piso, Certifico, por escritura de fecha 27 de diciembre de 2018 ante mí, los comparecientes: MARÍA ADRIANA GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 4.127.080-2, MARCIAL MANUEL GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 4.064.981-6, GERARDO ANTONIO GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 5.443.431-6, MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 6.096.790-3, GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 5.615.832-4, ALFONSO GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 6.176.259-0, por sí y en representación de PATRICIO LUIS GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 7.643.054-3 y MARÍA CECILIA GONZÁLEZ AGUILERA, RUN: 6.773.257-K, todos mayores de edad, exponen: PRIMERO: Por escritura pública de fecha dieciséis de agosto del año mil novecientos noventa y seis, repertorio número seiscientos trece, suscrita ante el Notario Público Titular de la comuna de Pucón, don Luis Enrique Espinoza Garrido, los comparecientes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social INMOBILIARIA E INVERSIONES PEÑIMAPU LIMITADA, RUT: 78.920.860-3 por el plazo, capital y demás condiciones que en dicha escritura se establecieron. El extracto respectivo se inscribió a fojas setenta y uno número treinta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año mil novecientos noventa y seis.- Modificada por escritura pública de fecha catorce de marzo del año dos mil seis, repertorio número quinientos cuarenta y dos – dos mil seis, suscrita ante el Notario Público Titular de la comuna de Villarrica de aquel entonces, don Daniel Valentín Mondaca Pedrero, en la cual los comparecientes convinieron aumentar el capital en la forma y condiciones que en dicha escritura se establecieron.- Inscribiéndose el extracto de modificación a fojas diecinueve número catorce del Registro de Comercio del mismo Conservador, correspondiente al año dos mil seis.- Capital social: 32.000.000 pesos. SEGUNDO: DISOLUCIÓN: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos siete del Código de Comercio y a lo dispuesto en el artículo dos mil ciento siete del Código del Civil, los comparecientes han convenido con el consentimiento unánime de los socios en disolver la sociedad.- Dejándose constancia que el día veintisiete de diciembre del año dos mil dieciséis se dieron por concluidas las operaciones sociales. TERCERO: LIQUIDACIÓN: Por escritura pública de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil dieciséis, repertorio número tres mil novecientos treinta y uno, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Pucón, don Luis Enrique Espinoza Garrido, los comparecientes procedieron a la liquidación de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES PEÑIMAPU LIMITADA procediéndose a la división de los objetos que componían el haber y en las condiciones estipuladas en dicha escritura, en circunstancia, que todavía no se había efectuado su disolución.- Es por ello, que los comparecientes con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dos mil ciento quince del Código Civil y con el fin de perfeccionar el consentimiento en la referida liquidación, y a fin de que posteriormente no surjan conflictos judiciales sobre nulidad de la liquidación u otros que pudieran derivar sobre mejor derecho, los comparecientes obrando de buena fe, declaran su conformidad y ratifican la escritura pública de liquidación de sociedad de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil dieciséis, repertorio número tres mil novecientos treinta y uno, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Pucón, don Luis Enrique Espinoza Garrido, al suscribir en tal sentido el presente instrumento.- CUARTO: En consecuencia, los comparecientes ratifican en todas sus partes los términos suscritos en la escritura original de liquidación, declarando tener perfecto conocimiento de las cláusulas contenidas en la escritura pública que se hace referencia en la cláusula tercera del presente instrumento, de su libre y espontánea voluntad, sin que medie dolo o presión de ninguna naturaleza, otorgando su conformidad y aceptación. Debiendo entenderse esta escritura como ratificatoria de la citada escritura de liquidación referida en la cláusula tercera de esta escritura e integrante de ella, para todo orden legal. Otorgándose recíprocamente el más amplio y total finiquito y cancelación al respecto, dando de esta forma término total y completo a la sociedad anteriormente individualizada.- Demás estipulaciones escritura extractada. Pucón, 27 de Diciembre del 2018.-LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDONOTARIO PUBLICO TITULARPUCON.

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