Sociedad Transportes Frutansil Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$40.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 設立· 1995年9月26日
Se constituye la Sociedad Transportes Frutansil Limitada con capital de $40.000.000.
- 權益轉讓· 1996年2月28日
Luis Onofre Silva Parra cede la totalidad de sus derechos sociales a Menhanjen Aguilera Avalos, quedando Rosa Amelia Aguilera Ávalos con 40% y Menhanjen Aguilera Ávalos con 60%.
LUIS ONOFRE SILVA PARRA · MENHANJEN AGUILERA AVALOS · ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS
- 權益轉讓· 2003年9月22日
Menhanjen Aguilera Ávalos cede derechos a Rosa Amelia Aguilera Ávalos y a David Gastón Silva Parra, quedando con 90% Rosa Amelia y 10% David Gastón.
MENHANJEN AGUILERA ÁVALOS · ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS · DAVID GASTÓN SILVA PARRA
- 管理人變更· 2003年9月22日
La administración y uso de razón social queda a cargo de Rosa Amelia Aguilera Ávalos.
- 權益轉讓· 2023年4月13日
Rosa Amelia Aguilera Ávalos cede 40% de sus derechos a David Gastón Silva Parra, y luego David Gastón Silva Parra cede la totalidad de su haber social a Luis Onofre Silva Parra, quedando ambos como únicos socios con 50% cada uno.
ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS · DAVID GASTÓN SILVA PARRA · LUIS ONOFRE SILVA PARRA
- 管理人變更· 2023年4月13日
La administración y el uso de la razón social pasa a corresponder única y exclusivamente a Rosa Amelia Aguilera Ávalos y a Luis Onofre Silva Parra, conjunta o separadamente.
摘要官方正文
HERNÁN FUENTES ACEVEDO, Notario Curicó, Carmen 498, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 13 de Abril de 2023, doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS, domiciliada en Villa Primavera, Graham Bell Nº23, de la ciudad, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule; don DAVID GASTÓN SILVA PARRA, domiciliado en Villa Apumanque, Manso de Velasco Nº 1491, de la ciudad, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule, y don LUIS ONOFRE SILVA PARRA, domiciliado en camino a Zapallar s, de la ciudad, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule, acuerdan sanear y modificar el pacto social. Por escritura pública de fecha 26 de septiembre de 1995, suscrita ante el Notario de Santiago don Fernando Opazo Larraín, mediante el cual constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “SOCIEDAD TRANSPORTES FRUTANSIL LIMITADA", pudiendo usar también el nombre de fantasía de " TRANSPORTES FRUTANSIL LTDA." Rol Único Tributario Nº 78.771.540-0.- El capital de la sociedad es $40.000.000.- Que, por escritura pública de fecha 28 de febrero de 1996, ante el Notario de Santiago don Antonio Zuloaga Vargas, Suplente del Titular don José Musalem Saffie, doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS y don LUIS ONOFRE SILVA PARRA, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD TRANSPORTES FRUTANSIL LIMITADA”, con el objeto de que don LUIS ONOFRE SILVA PARRA, cediera la totalidad de sus derechos sociales, a don MENHANJEN AGUILERA AVALOS, para finalmente quedar doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS, con un 40% del capital social, y don MENHANJEN AGUILERA ÁVALOS, con un 60% del capital social. Finalmente, por escritura pública suscrita ante el Notario Público Titular de Curicó don Eduardo De Rodt Espinosa, con fecha 22 de septiembre de 2003, doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS y don MENHANJEN AGUILERA ÁVALOS acordaron modificar una vez más “SOCIEDAD TRANSPORTES FRUTANSIL LIMITADA”, en los siguientes puntos: 1) Cesiones: don Menhanjen Aguilera Ávalos vende el 100% de los derechos de que es dueño, correspondientes al 60% del total de los derechos de la sociedad, de la siguiente forma: a) A Rosa Amelia Aguilera Ávalos, vendió cedió y transfirió el 50% del capital social.- b) A David Gastón Silva Parra, vendió cedió y transfirió el 10% capital social, para finalmente quedar doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS, con un 90% del capital social, y don DAVID GASTON SILVA PARRA, con un 10% del capital social. 2) Domicilio: Se modificó el domicilio de la sociedad, el cual corresponde a la Comuna Curicó, sin perjuicio sucursales resto país y extranjero.- C) Administración: Se modificó la Administración y uso razón social, correspondiendo ésta a doña Rosa Amelia Aguilera Avalas, mismas facultades constitución social.- Un extracto de la referida modificación se inscribió a fojas 424 vuelta Nº 327 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Curicó, en el año 2003. II) SANEAMIENTO: En virtud de lo señalado en la Ley Nº 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, los comparecientes de acuerdo a lo establecido en la letra a) del artículo 3º de la Ley Nº 19.499, vienen en sanear la falta de inscripción oportuna de la escritura de modificación social de “SOCIEDAD TRANSPORTES FRUTANSIL LIMITADA” celebrada con fecha 22 de septiembre del año 2003, ante el Notario Público Titular de Curicó don Eduardo De Rodt, debiendo tener presente este instrumento, con el objeto exclusivo de salvar el mencionado vicio de nulidad formal. Realizando en caso de proceder la respectiva nota marginal en la inscripción de constitución social de Fojas 23.713 Número 19.149 del Registro de Comercio del año 1995 del Conservador de Santiago. CUARTO : MODIFICACIÓN: En este acto: I) doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS, quien de acuerdo al pacto social es dueña del NOVENTA POR CIENTO (90%) de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo el CUARENTA POR CIENTO (40%) del total del haber social de que es dueña a don DAVID GASTÓN SILVA PARRA, quien compra y adquiere para sí. II) Así, en virtud de la operación antes realizada, don DAVID GASTÓN SILVA PARRA, quien de acuerdo al pacto social es dueño del diez por ciento (10%) de los derechos sociales y más el cuarenta por ciento (40%) adquirido por la cesión del numeral I) de la presente clausula siendo así su haber social total el porcentaje de CINCUENTA POR CIENTO (50%), viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo, el su total del haber social de que es dueño a don LUIS ONOFRE SILVA PARRA quien compra y adquiere para sí. QUINTO: El precio total para cada una de las cesiones son los siguientes: I) para la cesión cláusula cuarto numerando I es la suma de DIECISÉIS MILLONES DE PESOS ($16.000.000.-), valor que don DAVID GASTÓN SILVA PARRA, paga a doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS, en la forma que señala el contrato.-II) Para la cesión de la cláusula cuarto numerando II es la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000.-), valor que don LUIS ONOFRE SILVA PARRA, paga a don DAVID GASTÓN SILVA PARRA, en la forma que señala el contrato.- SEXTO: En virtud de todo lo obrado quedan como únicos socios de la sociedad “SOCIEDAD TRANSPORTES FRUTANSIL LIMITADA”: doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS, con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la participación social, y don LUIS ONOFRE SILVA PARRA con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la participación social que se reflejan tanto en el capital social, en el reparto de utilidades y en la concurrencia a las eventuales pérdidas sociales. Queda en consecuencia limitada la responsabilidad de cada cual al monto de los respectivos aportes. SÉPTIMO: En virtud de la cesión antes indicada, los actuales socios vienen en modificar el pacto social, en el siguiente sentido: La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a doña ROSA AMELIA AGUILERA ÁVALOS y a don LUIS ONOFRE SILVA PARRA, quienes actuando conjuntamente o separadamente, ante cualquier hecho, podrán obligar a la sociedad en todos los actos y negocios jurídicos que celebre por ella, con tan solo anteponer la razón social a su firma. Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº1291/2023”.- Curicó, 13 de Abril de 2023.-
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- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD TRANSPORTES FRUTANSIL LIMITADA
CVE 2302150
