Dra. Maria Helena Perry Y Compañía Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$500.000
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
管理人(2)
摘要官方正文
OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMON GARCÍA CARRASCO, domiciliada en Rengo 444 de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2024, otorgada ante el Titular de este Oficio, comparecieron; MARIA HELENA PERRY ESPINOZA, médico cirujano, domiciliada en Lincoyán número 54, departamento 903, Concepción; JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY, ingeniero de ejecución informático, domiciliado en Avenida Andalué 2161, departamento 14, San Pedro de la Paz, y SEBASTIAN RODRIGO VEGA PERRY, estudiante, domicilio en Avenida Chacabuco 882, departamento 1305, Concepción, y modificaron la sociedad DRA. MARIA HELENA PERRY Y COMPAÑÍA LIMITADA, cuyo extracto se inscribió a fojas 1.761 vuelta Nº 1.400 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, del año 1994. R.U.T. 78.580.930-0. Capital: $500.000, en el siguiente sentido: A) SEBASTIAN RODRIGO VEGA PERRY vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalente al 25% de la sociedad, a don JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $5.039.070, pagados en 6 cuotas iguales y sucesivas los primeros 5 días de cada mes. Pagó en el acto de la modificación social, y en dinero efectivo la primera cuota de $839.845. B) Se modifica la administración y uso de la razón social, que corresponderá a los socios doña MARIA HELENA PERRY ESPINOZA y don JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY separada e indistintamente. Escritura modificatoria es parte integrante de la escritura constitutiva. Demás cláusulas no modificadas se mantienen vigentes. Demás antecedentes, constan en escritura extractada. Concepción, septiembre 24 de 2024.
公司資料
公司目的
a) prestar servicios médicos de todo tipo, asesoría, enseñanza y capacitación en salud. b) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros y cualquier otro tipo de valores o de efectos de comercio. c) efectuar servicios informáticos, de audio, sonido e iluminación, por cuenta propia o ajena a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas. d) prestar cualquier clase de servicios de mantención, reparación y asesoría informática y en sonido; y e) importar, exportar, comprar, vender, distribuir y comercializar toda clase de artículos e insumos de computadoras, softwares, repuestos, equipos, suministros de audio y sonidos nuevos o usado.
資本
總資本
$500.000
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
LIDIO CRISOLOGO RAMIREZ RIVERA Socio | - | - | - |
管理人(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 1994年1月1日
Se inscribió el extracto original de la sociedad en 1994.
- 權益轉讓· 2018年3月27日
LIDIO CRISOLOGO RAMIREZ RIVERA cede parte de sus derechos sociales a SEBASTIAN RODRIGO VEGA PERRY y a JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY; MARIO EDUARDO VEGA PERRY y SERGIO ANDRES VEGA PERRY ceden la totalidad de sus derechos a JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY.
LIDIO CRISOLOGO RAMIREZ RIVERA · SEBASTIAN RODRIGO VEGA PERRY · JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY · MARIO EDUARDO VEGA PERRY · SERGIO ANDRES VEGA PERRY
- 管理人變更· 2018年3月27日
La administración y uso de la razón social queda únicamente a cargo de MARIA HELENA PERRY ESPINOZA.
- 名稱變更· 2018年3月27日
No hay cambio de nombre; se mantiene la razón social original.
摘要官方正文
RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público de Concepción, domiciliado en Rengo 444 de la ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de marzo de 2018, ante mí, comparecieron; MARIA HELENA PERRY ESPINOZA, médico cirujano, por si y en representación, de SERGIO ANDRES VEGA PERRY, diseñador industrial, MARIO EDUARDO VEGA PERRY, ingeniero civil mecánico, LIDIO CRISOLOGO RAMIREZ RIVERA, jubilado, JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY, ingeniero de ejecución informático, y SEBASTIAN RODRIGO VEGA PERRY, estudiante, todos con domicilio en Obispo Alday 224, Lonco Alto, Chiguayante; modificaron sociedad DRA. MARIA HELENA PERRY Y COMPAÑÍA LIMITADA, cuyo extracto se inscribió a fojas 1.761 vuelta Nº 1.400 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, del año 1.994. RUT 78.580.930-0. Capital $500.000 siguiente sentido: UNO.- A) LIDIO CRISOLOGO RAMIREZ RIVERA, vende, cede y transfiere el 71,4% de sus derechos sociales, cuota, interés o porcentaje de que era titular, a SEBASTIAN RODRIGO VEGA PERRY quien los acepta y adquiere para si, el precio es la suma de ciento veinticuatro mil novecientos cincuenta pesos, pagados en este acto, en dinero efectivo; y B) LIDIO CRISOLOGO RAMIREZ RIVERA, vende, cede y transfiere el 28,6% de sus derechos sociales, cuota, interés o porcentaje de que era titular, a JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY quien los acepta y adquiere para si, el precio es la suma de cincuenta mil cincuenta pesos, pagados en este acto, en dinero efectivo; DOS.- MARIO EDUARDO VEGA PERRY, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, cuota, interés o porcentaje de que era titular, equivalente al 5% de la sociedad, a JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY quien los acepta y adquiere para si, el precio es la suma de veinticinco mil pesos, pagados en este acto, en dinero efectivo; TRES.- SERGIO ANDRES VEGA PERRY, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don JAVIER ESTEBAN VEGA PERRY quien los acepta y adquiere para si, el precio es la suma de veinticinco mil pesos, pagados en este acto, en dinero efectivo. Se modifica la administración y uso de la razón social corresponderá únicamente al socio MARIA HELENA PERRY ESPINOZA. Se reemplaza la Cláusula TERCERA de los estatutos, sobre el Objeto social, por la siguiente “Tercero; el objeto de la sociedad será: a) prestar servicios médicos de todo tipo, asesoría, enseñanza y capacitación en salud. b) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros y cualquier otro tipo de valores o de efectos de comercio. c) efectuar servicios informáticos, de audio, sonido e iluminación, por cuenta propia o ajena a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas. d) prestar cualquier clase de servicios de mantención, reparación y asesoría informática y en sonido; y e) importar, exportar, comprar, vender, distribuir y comercializar toda clase de artículos e insumos de computadoras, softwares, repuestos, equipos, suministros de audio y sonidos nuevos o usado. Escritura modificatoria es parte integrante escritura constitutiva. Demás cláusulas no modificadas se mantienen vigentes. Concepción, mayo 10 de 2018.
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