有限責任公司78.419.300-4

Inversiones Ossa Valenzuela Limitada

MODIFICACIÓN — 2023年2月24日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2023-02-24查看 PDF(CVE 2278143)

公司資料

Ltda
Darío Urzúa N°1957
期限: 50 años
管理方式: En caso de ausencia o impedimento de don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT, la administración corresponderá a doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA, quien deberá actuar en forma conjunta con uno cualquiera de los socios doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA o don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA.

資本

總資本

$480.000.000

實繳資本

$240.000.000

待繳資本

$240.000.000

股東(4)

姓名持股比例

FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT

Socio

25%

MARÍA PIA VALENZUELA VERA

Socio

25%

MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA

Socio

25%

FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA

Socio

25%

管理人(1)

摘要官方正文

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago. Certifico: Que, ante mi notario suplente don Raimundo Wood Espinoza, por escritura pública con fecha 28 de diciembre de 2022 y bajo el Repertorio N°12.994/2022, comparecieron don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT y doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA, ambos domiciliados en Darío Urzúa N°1957, Providencia, Región Metropolitana, doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA, domiciliada en Avenida Américo Vespucio Norte N°2.830, departamento 102, Vitacura, Región Metropolitana, y don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA, domiciliado en Juan XXIII N°6.135, departamento 1701 C, Vitacura, Región Metropolitana; y modificaron la sociedad INVERSIONES OSSA VALENZUELA LIMITADA (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: 1) Aumentar el capital de la Sociedad, de $1.000.000 a $480.000.000, con un aumento efectivo y real de 479.000.000.- 2) Ingresan como nuevos socios doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA y don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA. 3) Se reemplaza el Artículo Cuarto de los estatutos, relativo al Capital de la Sociedad, por el siguiente: “El capital social es la suma de $480.000.000, que los socios aportan, pagan y enteran en la forma que se indica a continuación: a) Don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados y enterados en la Sociedad; b) Doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados y enterados en la Sociedad; c) Doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, suma que se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades sociales lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el día 28 de diciembre de 2022; y d) Don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, suma que se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades sociales lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el día 28 de diciembre de 2022.”. 4) Modificar el régimen de administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que, en caso de ausencia o impedimento de don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT en su calidad de administrador de la Sociedad, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA, quien deberá actuar en forma conjunta con uno cualquiera de los socios doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA, o don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA. 5) Modificar el Artículo Séptimo de los estatutos, relativo a la duración de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “La Sociedad tendrá una duración de 50 años, contados desde el día 28 de diciembre de 2022, plazo que se renovará automáticamente por periodos sucesivos e iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare por escrito a los demás socios su intención de no perseverar en la Sociedad. Esta declaración deberá constar en escritura pública, inscribirse en el Registro de Comercio que corresponda y anotarse al margen de la inscripción social con a lo menos noventa días de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 22 de febrero de 2023.

變更Diario Oficial · 2023-02-23查看 PDF(CVE 2276827)

公司資料

Ltda
Av. Bernardo Larraín Cotapos Nº 11.768, casa A
期限: 50 años, contados desde el día 28 de diciembre de 2022, con renovación automática por periodos sucesivos e iguales de 5 años
管理方式: En caso de ausencia o impedimento de don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT, la administración y uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA, quien deberá actuar en forma conjunta con uno cualquiera de los socios doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA o don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA.

資本

總資本

$480.000.000

實繳資本

$240.000.000

待繳資本

$240.000.000

股東(4)

姓名持股比例

FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT

Socio

25%

MARÍA PIA VALENZUELA VERA

Socio

25%

MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA

Socio

25%

FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA

Socio

25%

管理人(2)

摘要官方正文

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago. Certifico: Que, ante mi notario suplente don Raimundo Wood Espinoza, por escritura pública con fecha 28 de diciembre de 2022 y bajo el Repertorio N°12.994/2022, comparecieron don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT, y doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA, ambos domiciliados en domiciliado en Av. Bernardo Larraín Cotapos Nº 11.768, casa A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; únicos y actuales socios de INVERSIONES OSSA VALENZUELA LIMITADA (la “Sociedad”), y acordaron lo siguiente: 1) Aumentar el capital de la Sociedad, de $1.000.000 a $480.000.000, con un aumento efectivo y real de 479.000.000.- 2) Ingresan como nuevos socios doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA y don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA. 3) Se reemplaza el Artículo Cuarto de los estatutos, relativo al Capital de la Sociedad, por el siguiente: “El capital social es la suma de $480.000.000, que los socios aportan, pagan y enteran en la forma que se indica a continuación: a) Don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados y enterados en la Sociedad; b) Doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, los que se encuentran íntegramente pagados y enterados en la Sociedad; c) Doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, suma que se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades sociales lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el día 28 de diciembre de 2022; y d) Don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA aporta la cantidad de $120.000.000, equivalentes al 25% de la totalidad de los derechos sociales, suma que se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes a medida que las necesidades sociales lo requieran, y, en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde el día 28 de diciembre de 2022.”. 4) Modificar el régimen de administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que, en caso de ausencia o impedimento de don FRANCISCO IGNACIO OSSA FOURT en su calidad de administrador de la Sociedad, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a doña MARÍA PIA VALENZUELA VERA, quien deberá actuar en forma conjunta con uno cualquiera de los socios doña MARÍA PÍA OSSA VALENZUELA, o don FRANCISCO IGNACIO OSSA VALENZUELA. 5) Modificar el Artículo Séptimo de los estatutos, relativo a la duración de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “La Sociedad tendrá una duración de 50 años, contados desde el día 28 de diciembre de 2022, plazo que se renovará automáticamente por periodos sucesivos e iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare por escrito a los demás socios su intención de no perseverar en la Sociedad. Esta declaración deberá constar en escritura pública, inscribirse en el Registro de Comercio que corresponda y anotarse al margen de la inscripción social con a lo menos noventa días de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2023.

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