有限責任公司78.242.950-7

Buses Claudio Ramos Flores Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2016年8月24日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2016-08-24查看 PDF(CVE 1103040)

公司資料

Ltda
Iquique, Tarapacá
管理方式: Administración conjunta o separada por NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES y PAOLA ISABEL RAMOS FLORES

資本

總資本

$120.300.000

股東(4)

姓名持股比例

NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES

Socio

25%

RITA EMILIA RAMOS FLORES

Socio

25%

JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES

Socio

25%

PAOLA ISABEL RAMOS FLORES

Socio

25%

管理人(2)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1992年6月5日

    Constitución original de la sociedad BUSES CLAUDIO RAMOS FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA, conocida también como BUSES RAMOS CHOLELE LTDA., hoy actualizada como BUSES RAMOS FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA.

    MANUEL SCHEPELER RAVEAU

  2. 權益轉讓

    ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE cede partes de sus derechos sociales a NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES, RITA EMILIA RAMOS FLORES, JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES y PAOLA ISABEL RAMOS FLORES.

    ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE · NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES · RITA EMILIA RAMOS FLORES · JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES · PAOLA ISABEL RAMOS FLORES

  3. 股東退出

    Sale de la sociedad ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE y quedan como socias las cuatro cesionarias.

    ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE · NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES · RITA EMILIA RAMOS FLORES · JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES · PAOLA ISABEL RAMOS FLORES

  4. 管理人變更

    La administración, representación y uso de la razón social queda a cargo de NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES y PAOLA ISABEL RAMOS FLORES.

    NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES · PAOLA ISABEL RAMOS FLORES

  5. 資本變更

    Se fija el capital social en $120.300.000, quedando cada socia con derechos equivalentes a $30.075.000.

    NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES · RITA EMILIA RAMOS FLORES · JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES · PAOLA ISABEL RAMOS FLORES

  6. 名稱變更

    La sociedad pasa a denominarse BUSES RAMOS FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA y mantiene como nombre fantasía BUSES RAMOS CHOLELE LTDA.

    BUSES CLAUDIO RAMOS FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA

摘要官方正文

MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Abogado, Notario Público Titular Iquique, A. Pinto Nº555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE, Juan Martínez Nº1854, Iquique; NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES, Avenida Proyectada Nº2120, depto. 201, Edificio Araucaria, Iquique; RITA EMILIA RAMOS FLORES, Héroes de la Concepción Nº2464, depto. 1402, piso 14, Iquique; JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES, Pasaje Playa Quintero Nº3327, Iquique; y PAOLA ISABEL RAMOS FLORES, Juan Martínez Nº1854, Iquique; modifican sociedad “BUSES CLAUDIO RAMOS FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, conocida también con nombre fantasía “BUSES RAMOS CHOLELE LTDA.”, actual “BUSES RAMOS FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rut Nº78.242.950-7, constituida por escritura pública fecha 05 junio de 1992, otorgada ante Notario Público Iquique, Manuel Schepeler Raveau, inscrita Registro de Comercio local a fojas 400 Nº353 año 1992, de acuerdo al siguiente tenor: ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE, vende cede y transfiere un 25% de sus derechos sociales, que representan efectivamente el 5% del total del capital social a NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES, quien compra, acepta y adquiere para sí, dicho porcentaje; ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE, vende cede y transfiere un 25%, de sus derechos sociales, que representan efectivamente el 5% del total del capital social a RITA EMILIA RAMOS FLORES, quien compra, acepta y adquiere para sí, dicho porcentaje; ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE, vende cede y transfiere un 25% de sus derechos sociales, que representan efectivamente el 5% del total del capital social a JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES, quien compra, acepta y adquiere para sí, dicho porcentaje; ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE, vende cede y transfiere un 25% de sus derechos sociales, que representan efectivamente el 5% del total del capital social a PAOLA ISABEL RAMOS FLORES, quien compra, acepta y adquiere para sí, dicho porcentaje. Como consecuencia modificaciones sociales aludidas precedentemente, sale de la sociedad y se retira de ella, dejando de ser socio, ALFONSO CLAUDIO RAMOS CHOLELE, quedando la sociedad constituida por NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES; RITA EMILIA RAMOS FLORES; JEANNETTE OLGA RAMOS FLORES y PAOLA ISABEL RAMOS FLORES, siendo cada una de las socias, dueña del 25% del total derechos sociales, equivalentes a $30.075.000, por lo que entre todas ellas detentan el 100% total de los derechos sociales, siendo el total del capital social, la suma de $120.300.000. Nuevas socias acuerdan modificar clausula cuarta pacto social, sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a las socias NADIA HERMENEGILDA RAMOS FLORES y a PAOLA ISABEL RAMOS FLORES quienes actuando ya sea en forma conjunta o separada, procediendo indistinta e independientemente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran, con amplias facultades señaladas en el pacto social, con las siguiente limitación. Las socias, administradoras designadas, obrando ya en forma conjunta o separada, procediendo indistinta e independientemente no podrán sin embargo, autocontratar, comprar, vender, ni adquirir a ningún título, bienes raíces sociales, vehículos motorizados, o derechos sociales sin la autorización previa expresa de todos los socios, la que deberá constar por escrito, en el mismo instrumento. Del mismo modo, no podrán aperturar créditos ni contratar préstamos de ninguna índole ante ninguna institución financiera, bancaria o de igual naturaleza, como tampoco aperturar cuentas corrientes, sin la autorización previa expresa de todos los socios, la que deberá constar por escrito, en el mismo instrumento. Socias acuerdan modificar la clausula Decima del pacto social, en caso de que alguna de las socias desee retirarse o vender toda o parte de su participación en los derechos sociales, deberá obligatoriamente ofrecer, vender, ceder y transferir, su porcentaje, exclusivamente a las socias restantes. Socias acuerdan a su vez modificar la clausula novena del pacto social en caso de muerte o incapacidad sobreviniente de alguna de las socias, la sociedad continuara vigente, debiendo los herederos de la o las socias fallecidas, hacerse representar ante la misma por un procurador común, en cuyo caso la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a las socias restantes, quienes podrán obrar, procediendo ya en forma conjunta, o separada, indistinta e independientemente y anteponiendo su firma la representaran, con las más amplias facultades, con la limitación señalada en la clausula séptima del presente instrumento. En todo lo no expresamente modificado, por el presente instrumento, continuaran vigente las estipulaciones pacto social original, lo que los socios declaran conocer y aceptar. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 26 de Julio 2016.-

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  1. MODIFICACIÓN

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